NOTIFICARÁ
A ORGANIZACIÓN POLÍTICA PARA EL DESCARGO
La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) inició
el proceso sancionador a la alianza electoral Alianza para el Progreso del Perú
por actos realizados por su candidato presidencial, César Acuña Peralta, al
existir indicios sobre una presunta vulneración del artículo 42° de la Ley de
Organizaciones Políticas.
La decisión se adopta luego de un proceso de indagación
sobre el ofrecimiento de dinero formulado por el candidato presidencial a
ciudadanos durante la campaña electoral, que han sido registrados en imágenes
por medios de comunicación y cuya entrega ha sido reconocida públicamente por
el citado candidato presidencial.
El artículo 42° de la mencionada ley, señala que “las organizaciones
políticas, en el marco de un proceso electoral, están prohibidas de efectuar la
entrega, promesa u ofrecimiento de dinero, regalos, dádivas u otros obsequios
de naturaleza económica, de manera directa o a través de terceros, salvo
aquellos que constituyan propaganda electoral”.
Además, precisa que “esta conducta se entiende como grave
y será sancionada con una multa de 100 UIT que será impuesta por la Oficina
Nacional de Procesos Electorales (ONPE) en un plazo no mayor de 30
días”.
Conforme a la indagación realizada, se ha tomado conocimiento
sobre la realización de dos actividades de campaña electoral desarrolladas por
la alianza electoral Alianza para el Progreso del Perú, en las cuales se habría
presentado dos hechos de similar conducta con lo que se estaría contraviniendo
con lo establecido en la ley, según la Resolución 050-2016-J/ONPE
Iniciado el proceso sancionador, la ONPE comunicará esta
decisión a la citada organización política para que en el plazo máximo de 10
días, formule sus descargos, luego de lo cual se adoptará una decisión.
En una reunión sostenida con directivos de medios de comunicación,
el titular del organismo electoral, Mariano Cucho Espinoza, fue consultado
sobre la vigencia de la Ley N° 30414, publicada el 17 de enero de 2016 y que
modifica la Ley de Partidos Políticos, hoy Ley de Organizaciones Políticas.
Al respecto, señaló que de acuerdo a la Constitución,
toda ley es vigente desde el día siguiente de su publicación en el Diario
Oficial El Peruano, por lo tanto, debe ser cumplida.
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