martes, 23 de febrero de 2016

Municipalidad Provincial de Chincha


ACUERDO No.  0014-2016-MPCH
Chincha Alta, 17 de Febrero del 2016.
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
Visto; el Informe  No. 138-2015-SGA/MPCH, de fecha 10 de Febrero de 2016,  presentado por el Sub Gerente de Abastecimiento y Patrimonio de la Municipalidad Provincial de Chincha, sobre imposibilidad de llevar a cabo proceso de contratación directa y el proveído de la Gerencia Municipal de la Entidad.
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por el Artículo Único de la Ley 30305, señala que las municipalidades provinciales y distritales  son órganos de gobierno local, tienen  autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, de acuerdo a lo establecido por el numeral 26 del Artículo 9° de la Ley N° 27972- Ley Orgánica de Municipalidades, corresponde al Concejo Municipal, Numeral 8° Aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efectos los acuerdos”, constituye este el sustento legal de propósito invocado, en cuanto atañe al Concejo quien inicialmente emitiera la autorización.
Que, el Artículo 41° de la Ley N° 27972, dispone que los acuerdos son decisiones que toma el concejo referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno de practicar determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional.
Que, con informe No. 138-2016-SGA/MPCH, de fecha 10 de febrero de 2016, el Sub Gerente de Abastecimiento comunica que el  Procedimiento de Contratación Directa con la Empresa Electro Dunas se halla imposibilitado de llevarse a cabo "por la falta de inscripción de la  Empresa ante el Registro Nacional de Proveedores y que por tal motivo es imposible inscribir el procedimiento de Contratación Directa.
Que, Que, con Acuerdo N° 089-2015-MPCH de fecha  24 de Diciembre de 2015, se aprobó la Exoneración del proceso de Selección bajo la causal por proveedor único que no admiten sustituto, previstas en el literal e) del Artículo 20° del Decreto Ley  1017, para la contratación de los servicios de: SERVICIO DE REUBICACION DE POSTES PARA LA OBRA MEJORAMIENTO DE PISTAS Y VEREDAS DE LA CALLE PEDRO MORENO TRAMO OVALO GROCIO PRADO - CALLE VICTORIA Y LA AV. ABELARDO ALVA MAURTUA TRAMO OVALO GROCIO PRADO - CALLE FLORIDA DEL DISTRITO DE CHINCHA ALTA, PROVINCIA DE CHINCHA – ICA, por el Valor Referencial de S/. 339,002.90 NUEVOS SOLES; y SERVICIO DE REUBICACION DE POSTES PARA LA OBRA MEJORAMIENTO DE PISTAS Y VEREDAS EN LA AV. LUIS MASSARO EX PILPA EN EL DISTRITO DE CHINCHA ALTA, PROVINCIA DE CHINCHA – ICA,  por el valor referencial de 161,483.64 nuevos … y con el Acuerdo de Concejo N° 0001-2016-MPCH,  de fecha 14 de Enero de 2016, se adecuo  el Acuerdo de Concejo No. 089-2015-MPCH a la Ley 30225 Ley de Contrataciones del Estado.
Que, con Informe de No. 373-2016-GAJ/MPCH de fecha 10 de Febrero de 2016, la Gerencia de Asesoría Jurídica de la Municipalidad Provincial de Chincha, ante la situación antes expuesta, deben dejarse sin efecto dichos Acuerdos de Concejo, por la imposibilidad de llevar a cabo dicho proceso exonerado, conforme a lo expuesto por la Sub-Gerencia de Abastecimiento, oficina responsable a quien se le encargara del procedimiento debido, conforme a ley, y siendo uno de los requisitos para participar en cualquier proceso de selección con entidades públicas el estar inscrito en el Registro Nacional de Proveedores, deben dejarse sin efecto los Acuerdos No. 089-2015-MPCH y 001-2016-MPCH.
Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas por los artículos 39° y 41° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley 27972, los regidores del Concejo Municipal con el voto por UNANIMIDAD efectuado en la Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 10 de Febrero de 2016, con la dispensa de lectura y aprobación de acta; se aprueba el siguiente Acuerdo.
ACUERDO:
ARTICULO PRIMERO.-  DEJAR sin efecto los Acuerdos de Concejos Nos. 089-2015-MPCH de fecha 24 de Diciembre de 2015 y el Acuerdo No. 001-2016-MPCH, de fecha 14 de Enero de 2016, por las consideraciones expuestas.
ARTICULO SEGUNDO.-  Encargar  a la Secretaria General de la entidad, hacer de conocimiento el presente Acuerdo de Concejo a las Unidades Orgánicas de la Entidad para los fines pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
Ing. César Antonio Carranza Falla
Alcalde

  


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