ACUERDO DE
CONCEJO No. 012-2016-MPCH.
Chincha Alta, 11 de Febrero de 2016
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE CHINCHA
Visto; en Sesión
Ordinaria de Concejo de fecha 10 de Febrero de 2016, elInforme No.
0218-2016-GSC/MPCH, de fecha 08 de Febrero de 2016, presentado por el Gerente
de Servicios Comunales, adjuntando el Plan de “Fumigación de Emergencia por
Virus Dengue y Zika de la Municipalidad Provincial de Chincha 2016”.
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194° de la
Constitución Política del Perú, modificado por el Artículo
Único de la Ley 30305, señala que las
municipalidades provinciales y distritales
son
órganos de gobierno local, tienen autonomía política, económica y
administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, de acuerdo a la Ley 27972 Ley
Orgánica de Municipalidades, en su Artículo 80° Saneamiento, Salubridad
y Salud; señala que Las municipalidades, en materia de saneamiento,
salubridad y salud, ejercen las siguientes funciones: Numeral 2, Funciones
Específicas Compartidas de las Municipalidades Provinciales, inciso 2.6
Realizar campañas de medicina preventiva, primeros auxilios, educación
sanitaria y profilaxis local. Numeral 4
Funciones compartidas de las Municipalidades Distritales, inciso 4.3. Difundir
programas de saneamiento ambiental en coordinación con las municipalidades
provinciales y los organismos regionales y nacionales pertinentes.
Que, con
Resolución Ministerial No. 044-2016-MINSA, de fecha 27 de Enero de 2016, Aprobó el Documento Técnico “Plan
Nacional de Preparación y Respuesta frente a la enfermedad por virus Zika –
Perú 2016.
Que,
el Plan de “Fumigación de Emergencia por Virus Dengue y Zika de la Municipalidad
Provincial de Chincha 2016”, cuenta con
Datos Informativos, Antecedentes, Descripción del Problema, Justificación,
Finalidad, Objetivos, Ámbito del Proyecto, Base Legal, Ejecución del Servicio,
Cronograma de la Zona de Intervención, requerimiento y Presupuesto por la suma
de s/. 74,588.43 soles.
Que,
en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 10 de Febrero de 2016, se hizo las observaciones
de que se debería de incluir al siguiente Plan las especificaciones y
sugerencias dictaminadas por el Sector Salud, considerando que los colegios se
encuentran en áreas urbanas, mercados, cementerios, donde hay productos que se
usan con restricciones por los efectos residuales y cuyo trabajo se debe realizar en
coordinación con los sectores de Educación, Salud, Gobernación; porque la Municipalidad sola es imposible que
asuma la responsabilidad, no solamente en el tema operativo, sino en
comunicación; esto es una acción
conjunta por las crisis declarada a Nivel Nacional, donde la Municipalidad va
dar la parte logística de acuerdo a lo presupuestado.
Asimismo
se debe de priorizar los lugares donde hay estanques que utilizan el agua para
el consumo humanos, así como zonas que
son más vulnerables; debiéndose también
haber un Plan de Prevención, capacitación como cuidar los recipientes de agua,
porque la reproducción del zancudo no en aguas sucias, sino en aguas limpias.
Estando
a lo dispuesto en el artículo 41° de la Ley Orgánica de Municipalidades No.
27972, el Concejo Provincial de Chincha, en Sesión Ordinaria de concejo de
fecha 10 de Febrero de 2016 aprobó por mayoria, con la dispensa del trámite y aprobación del
Acta.
ACUERDA:
ARTICULO PRIMERO.- Aprobar el
Plan de “Fumigación de Emergencia por Virus Dengue y Zika de la Municipalidad
Provincial de Chincha 2016”, el mismo
que cuenta con Datos Informativos, Antecedentes, Descripción del Problema,
Justificación, Finalidad, Objetivos, Ámbito del Proyecto, Base Legal, Ejecución
del Servicio, Cronograma de la Zona de Intervención, requerimiento y
Presupuesto por la suma de s/. 74,588.43 soles; documentación que forma parte
del presente Acuerdo, elaborado por la Oficina de Saneamiento Ambiental y la
Gerencia de Servicios Comunales de la Entidad.
ARTICULO SEGUNDO.- Encargar el cumplimiento del presente acuerdo
a la Gerencia de Servicios Comunales de la entidad, para fines de lograr prevenir
la epidemia en nuestra ciudad del virus del Zika, debiendo tener presente las
sugerencias dictadas por el sector salud, e informando al Concejo Municipal un vez concluida con la ejecución
del Plan referido, bajo responsabilidad.
ARTÍCULO TERCERO.- La Gerencia de Planificación y Presupuesto se
encarga de afectar dicho gasto en la partida de corresponda en el Presupuesto
Institucional de Apertura 2016
ARTÍCULO CUARTO.- Hacer de
conocimiento la presente a las Autoridades
de la Provincia de Chincha consideradas como involucradas y a las
Unidades Orgánicas de la Entidad para los fines pertinentes.
ARTICULO QUINTO.- Encargar a
la Secretaria General la publicación del presente acuerdo con las formalidades de Ley en el
Diario de la Localidad y en la Página Web de la Institución.
Regístrese,
comuníquese y publíquese.
Ing.
César Antonio Carranza Falla
Alcalde
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