16/02/2016 03:46 p. m
Resolución
N°. 093-2016-JNE se refiere a la improcedencia
de la modificación en el estatuto partidario,
el color del símbolo y otros
JNE HACE PRECISIÓN A RESOLUCIÓN
SOBRE PARTIDO POLÍTICO TODOS POR EL
PERÚ
Conforme a la Resolución N.° 093-2016-JNE, el Pleno del
Jurado Nacional de Elecciones, por mayoría (3 votos contra 2), confirmó las Resoluciones
de la Dirección Nacional de Registro de Organizaciones Políticas, que
declararon improcedentes las solicitudes de modificación de la partida
electrónica de esta agrupación política.
La apelación presentada por el partido político es contra la denegatoria
de la modificación del estatuto partidario, de los integrantes del Tribunal
Nacional Electoral y el Comité Ejecutivo Nacional, así como del color del
símbolo partidario. Por ello, la resolución del Pleno del Jurado Nacional de
Elecciones únicamente se pronuncia sobre estos temas.
Cabe precisar que esta resolución no se refiere a
la inscripción de la fórmula presidencial o lista de candidatos al Congreso de
la República o al Parlamento Andino del partido político Todos por el
Perú.
La fórmula de Presidente y Vicepresidentes de la República del partido
político Todos por el Perú se encuentra en trámite ante el Jurado Electoral
Especial de Lima Centro 1. Por otra parte, las listas de candidatos al Congreso
de la República y al Parlamento Andino de dicha agrupación política se
encuentran en calificación ante los Jurados Electorales Especiales instalados
en todo el territorio nacional.
Los Jurados Electorales Especiales son los órganos competentes, en
primera instancia, para calificar, y, si cumplen los requisitos, admitir y publicar
las listas de candidatos a la Presidencia y Vicepresidencias de la República,
Congreso de la República y Parlamento Andino.
En caso de que se deniegue la inscripción de un candidato o lista, las
organizaciones políticas pueden apelar dicha decisión ante el Pleno del Jurado
Nacional de Elecciones, quien resuelve en última y definitiva instancia.
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