ORDENANZA N°.
031 - 2015 – MPCH
Chincha Alta, 27 de Agosto de 2015.
POR
CUANTO:
EL
CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA;
VISTO;
en
Sesión Ordinaria del Concejo Municipal de fecha 27 de Agosto del 2015, el informe
No.344-GR-GM/MPCH, de la Gerente de Rentas, de la Municipalidad Provincial de
Chincha, sobre Ampliación de los
términos de la Ordenanza Municipal No. 020-2015, que aprueba el Programa de
Actualización Tributaria y Prorroga Municipal, para la presentación de la
Declaración Jurada Pago del III Trimestre del Impuesto Predial, Vehicular y
Arbitrios Municipales, de la Municipalidad Provincial de Chincha, para el
Ejercicio Fiscal 2015; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194 de la Constitución
Política del Estado, modificado por el Artículo Único de la Ley N° 30305,
señala que las Municipalidades tienen
autonomía, política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia; en coherencia con el Artículo II del Título Preliminar de la
aludida Ley Nº 27972, de acuerdo con el cual la autonomía que la Constitución
Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de
ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al
ordenamiento jurídico.
Que, dentro del marco legal estatuido
en el artículo N°195 de la constitución Política del Perú, concordante con el
Inciso 9) del artículo 40° de la Ley N°27272, Ley Orgánica de Municipalidades,
atribuye al Consejo Municipal que mediante Ordenanza Municipal puedan crear,
modificar, suprimir o exonerar los arbitrios, tasas, licencias, derechos,
contribuciones dentro de lo establecido por Ley.
Que, con Ordenanza No.
020-2015-MPCH, del 29 de mayo de 2015, se aprobó la
ACTUALIZACIÓN TRIBUTARIA Y PRORROGA MUNICIPAL, para la presentación de la
Declaración Jurada y Pago del II Trimestre del Impuesto Predial e Impuesto
Vehicular de la Municipalidad Provincial de Chincha, para el Ejercicio Fiscal
2015.
Que, con informes de vistos, la Gerente
de Rentas, propone que la Municipalidad Provincial de Chincha apruebe la
prorroga o Ampliación de la Ordenanza Municipal No. 020-2015-MPCH, para que
todos los ciudadanos que se encuentran no inscritos como contribuyentes o aun
presenten deudas pendientes de pago por no haberse acogido al presente beneficio,
ya sea por desconocimiento, tiempo, medios económicos o temor a la formalidad,
puedan regularizar y cumplir con sus obligaciones tributarias; proponiendo se
amplié el referido beneficio por el termino de 30 días hábiles; tiempo estimado
para cubrir los objetivos esperados y así poder seguir recuperando la cartera
pesada e incrementar los ingresos tributarios de la Municipalizad Provincial de
Chincha para el presente Ejercicio Fiscal 2015.
Que, con informe No.
1645-2015-GAJ/MPCH, de fecha 25 de
agosto de 2015, el Asesor Jurídico de la entidad, opina que se considere factible la aprobación de la Ampliación de la fecha,
de 30 días hábiles más, referido al Programa de ACTUALIZACIÓN TRIBUTARIA Y PRORROGA
MUNICIPAL, para la presentación de la Declaración Jurada y Pago del II Trimestre
del Impuesto Predial e Impuesto Vehicular de la Municipalidad Provincial de
Chincha, para el Ejercicio Fiscal 2015, otorgado con Ordenanza No.
020-2015-MPCH.
Que, de conformidad a las facultades conferidas
por la última parte del Artículo 14° y 34° del Decreto Legislativo 776 Ley de
Tributación Municipal, el Artículo 14° del D.S. N°156-2004-EF, el inciso 8 del
artículo 9° y los artículos 39 y 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades –
Ley N°27972 y conforme a lo aprobado por unanimidad de los miembros asistentes
en Sesión Ordinaria del Concejo Municipal de fecha 26 de agosto de 2015, con la
dispensa de la lectura y aprobación del acta, se aprueba la siguiente:
ORDENANZA
MUNICIPAL
ARTÍCULO
PRIMERO.- Aprobar la AMPLIACION DE LOS
ALCANCES OTORGADOS CON ORDENANZA No. 20-2015-MPCH, PARA EL PROGRAMA DE ACTUALIZACIÓN
TRIBUTARIA Y PRORROGA MUNICIPAL, para la presentación de la Declaración Jurada
y Pago del III Trimestre del Impuesto Predial e Impuesto Vehicular de la Municipalidad
Provincial de Chincha, para el Ejercicio Fiscal 2015, por el termino de tiempo
de 60 días hábiles, que se contaran a partir de la publicación de la presente
ordenanza.
ARTICULO
SEGUNDO.-
Hacer de conocimiento la presente a la Gerencia de Rentas y a las Unidades
Orgánicas de la Municipalidad que tengan relación con la presente ordenanza
para su cumplimiento.
ARTICULO
TERCERO.-
Encargar a la Secretaria General publicar la presente Ordenanza en el
Diario Oficial de la localidad, en la
página Web de la Municipalidad.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Ing. CÉSAR ANTONIO CARRANZA FALLA
Alcalde
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