ORDENANZA N° 006-2015-MDCH
Chavín, 24 de Agosto del 2015.
EL ALCALDE
DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHAVÍN.
VISTO:
En
sesión Ordinaria de Concejo Municipal Nº 014 de fecha 20 de Agosto del 2015, el
informe Nº 001-2015/MDCH-CRA y OM de la comisión encargada del proceso de Reestructuración
Administrativa y Orgánica de la Municipalidad Distrital de Chavín designada
mediante Resolución de Alcaldía Nº 041-2015-MDCH e integrada por el Gerente
Municipal, Asesor Jurídico, Gerente de Planificación y Presupuesto; y, Gerente
Administrativo sobre los proyectos de los nuevos instrumentos de Gestión como
son: La
nueva Estructura Orgánica de Municipalidad Distrital de Chavín, el Reglamento
de Organización y Funciones (ROF), el
Manual de Organización y Funciones (MOF) y el Cuadro de Asignación del Personal Provisional (CAP);
y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de
Gestión del Estado, se declara el Estado Peruano en proceso de modernización en
sus diferentes Instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos
con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado
democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano, estableciendo principios,
acciones, mecanismos y herramientas para llevar a cabo el mismo;
Que, el Decreto Supremo N° 004-2013-PCM, aprobó la Política
Nacional de Modernización de la Gestión Pública, que es el principal
instrumento orientador de la modernización de la gestión pública en el Perú,
que establecerá la visión, los principios y lineamientos para una actuación coherente
y eficaz del sector público, al servicio de los ciudadanos y el desarrollo del
país. Dicha norma, refuerza los objetivos y acciones que deben cumplir las
entidades públicas y fortalece las políticas de obligatorio cumplimiento
aprobadas mediante Decreto Supremo N° 027-2007-PCM, que define y establece las
Políticas Nacionales, las que se encuentran orientadas a la adopción de un
enfoque de gestión basado en procesos;
Que, asimismo, el artículo 9o numeral 8) de la Ley
Orgánica de Municipalidades antes mencionada, establece que corresponde al
Concejo Municipal "Aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los
acuerdos";
Que, mediante
Acuerdo de sesión Ordinario de Concejo Municipal Nº 01-2015/MDCH de fecha 05 de
Enero del 2015, se DECLARA en
Reestructuración Administrativa y Orgánica la Municipalidad distrital de
Chavín, debiéndose iniciar prioritariamente con la nueva estructura Orgánica,
el Reglamento
de Organización y Funciones (ROF), el
Manual de Organización y Funciones (MOF) y el Cuadro de Asignación del Personal Provisional (CAP);
y,
Que, mediante el Informe Nº 001-2015/MDCH-CRAYOM de
fecha 18 de Agosto del 2015, la Comisión encargada del proceso de Reestructuración
Administrativa y Orgánica de la Municipalidad remite
los proyectos de instrumentos de gestión como son:
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
(MOF)CUADRO DE ASIGNACIÓN DEL PERSONAL PROVICIONAL (CAP)informando haber sido revisado y evaluado los mencionado
instrumentos de gestión los mismo que han sido elaborados considerando los
lineamentos de una estructura orgánica de acuerdo a las normas legales vigentes
y a las necesidades de la municipalidad Distrital de chavín, expresando su
total conformidad, solicitando a la vez se ponga a consideración del pleno del
concejo para su aprobación y emisión de la Ordenanza Municipal Correspondiente.
Estando a las consideraciones expuestas, y de conformidad con el Artículo
9o numeral 8) de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
el Concejo Municipal, luego del debate correspondiente y con dispensa del
trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó por UNANIMIDAD la
siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA LA NUEVA ESTRUCTURA
ORGÁNICA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHAVÍN
ARTÍCULO
PRIMERO.- APROBAR la nueva Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de
Chavín, así como los Instrumentos de gestión como: Reglamento
De Organización Y Funciones (Rof) Manual De Organización Y Funciones (Mof) Y
Cuadro De Asignación Del Personal Provisional (Cap), en los términos
del texto adjunto, que en Anexo I, forman parte integral de la presente
Ordenanza.
ARTÍCULO SEGUNDO.-
PUBLICAR el texto aprobatorio de la presente Ordenanza
en el Diario Oficial de la Provincia, y encargar a la Secretaria General la difusión
del integro de los documentos de gestión aprobado.
ARTICULO TERCERO.-
DEROGAR toda Ordenanza Municipal y
resoluciones Municipales que se oponga a la presente Disposición.
ARTICULO CUARTO.-
ENCARGAR
el cumplimiento de la presente Ordenanza
a la gerencia Municipal Administrativa, Secretaria general y de más
Órganos de la Municipalidad.
POR TANTO:
REGÍSTRESE,
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE CÚMPLASE.
Prof. Raúl Solano De
la Cruz
ALCALDE
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