lunes, 10 de agosto de 2015

Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo


ACUERDO DE CONCEJO Nº 018-2015-MDPN
Pueblo Nuevo, 24 de Junio de 2015
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO NUEVO
VISTO:
Los  Informes  N° 112-2015-OATR/MDPN de la Oficina de Administración Tributaria  y  Rentas,  el  Informe Legal  Administrativo  N° 163-2015–ALAE/MDPN  y  el Informe N° 0089-2015-OPP-C/MDPN promovido  por  el  Encargado  de la Oficina de Planificación y Presupuesto  y; 
CONSIDERANDO:
Qué, el numeral 32 del Artículo 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece como una de las atribuciones del Concejo Municipal el “Aprobar el cuadro de Asignación de personal y las bases de las pruebas para la selección de personal y para los concursos de provisión de puestos de trabajo”.
Qué el numeral 7.1 del Artículo 7° de la Ley N° 26979 – Ley del Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado con Decreto Supremo N° 018-2008-JUS señala que “La designación del  Ejecutor   Coactivo  se efectuará mediante concurso público de méritos”;
Qué, el Artículo 5° de la Ley Marco del Empleo Público, Ley N° 28175, establece que el acceso al empleo público se realiza mediante concurso público y abierto, por grupo ocupacional, en base a los méritos y capacidad de las personas, en un régimen de igualdad de oportunidades;
Qué, la Ordenanza N° 012-A/MDPN-2011, aprobó la estructura orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), el mismo que fue dado el 27 de julio del 2011.
Qué, el Artículo 63° de la mencionada ordenanza señala: “La Unidad de Ejecutoria Coactiva es un órgano de apoyo de Municipalidad en el ámbito de su competencia, dependiente jerárquicamente de la Subgerencia de Rentas. La Unidad de Ejecutoria Coactiva se encuentra a cargo de un Empleado Abogado denominado Ejecutor Coactivo de acuerdo a ley, cumple sus funciones con el apoyo de sus auxiliares coactivos, no es considerado cargo  de confianza. El Ejecutor  Coactivo tiene la categoría de Jefe de Unidad y depende funcional y  Administrativamente del Subgerente de Rentas”;
Qué, asimismo en la citada Ordenanza, se aprueba el Cuadro para la Asignación de Personal (CAP) de la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo, siendo éste un documento técnico normativo de gestión institucional que contiene los cargos necesarios que la institución prevé como necesarios para el normal funcionamiento de la municipalidad;
Qué, en la Unidad de Ejecutoría Coactiva existe vacante la plaza de 01 Ejecutor Coactivo, el mismo que se encuentra debidamente presupuestado, siendo necesario realizar el concurso público de mérito conforme con la normativa legal vigente;
Qué mediante informe N° 112-2015-OATR/MDPN  la Oficina de Administración Tributaria y Rentas requiere el contrato de un (01) Ejecutor Coactivo para las labores que corresponden según facultades conferidas en el Código Tributario D.S. N° 133-2013-EF en sus Artículos 114° al 123° y sus procedimientos y La Ley de Ejecución Coactiva; asimismo de la ejecución de aplicación de las sanciones contempladas en el RAS de nuestra entidad.
Qué, mediante Informe N° 0089-2015-OPP-C/MDPN  de  la Oficina de Planificación y Presupuesto comunica que teniendo en consideración lo informado por el  Área  de  Rentas, se otorga la disponibilidad presupuestal por el importe solicitado.
Qué, mediante  Informe Legal  Administrativo N°  163-2015-ALAE/MDPN    la Oficina de Asesoría Legal concluye que la propuesta de Bases del Concurso Público de Méritos para la selección de un (01) Ejecutor Coactivo se encuentra acorde a la normatividad vigente; por lo que es procedente aprobar el Acuerdo de Concejo pertinente con el fin de proseguir el trámite correspondiente para tal fin.
Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 9° y 41° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, con el voto total del pleno del Concejo Municipal,
ACUERDA:
Artículo Primero.- APROBARlas Bases del Concurso Público de Méritos para la selección de un (01) Ejecutor Coactivo, que será el funcionario a cargo de la Unidad de Ejecutoria Coactiva, las mismas que forman parte integrante del presente Acuerdo de Concejo.
Artículo Segundo.- FACULTAR al Despacho de Alcaldía para que mediante Resolución de Alcaldía designe al Comité que deberá llevar a cabo el Concurso Público de Méritos para la selección de un (01) Ejecutor Coactivo, así como establecer el cronograma del citado Concurso Público de Méritos.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Diario La Verdad del Pueblo, así como en el Portal del Ministerio de Trabajo y a la Secretaría de Imagen Institucional la publicación del presente acuerdo y las Bases del Concurso Público de Méritos para la selección de un (01) Ejecutor Coactivo en el Portal de Transparencia de la municipalidad.
Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cúmplase.
Hugo Jesús Buendía Guerrero
 Alcalde


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