ACUERDO DE
CONCEJO No. 044-2015-A/MPCH
Chincha Alta, 05 de Junio de 2015
EL
CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL
DE CHINCHA
Visto;la Resolución
No. 1546-2015-GM/MPCH, de fecha 11 de mayo de 2015, sobre deuda de S/.
19,027.oo nuevos soles, dado por concepto de arrendamiento de local municipal
ubicado en calle Caquetá No. 115-B, del distrito de Chincha Alta, Provincia de
Chincha, Departamento de Ica.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado
por la Ley N° 27680, Ley de Reforma Constitucional y la Ley N° 27972 Ley
Orgánica de Municipalidades, señalan que las municipalidades, son órganos de gobierno
local que emanan de la voluntad popular, con personería jurídica de derecho
público y autonomía económica, política y administrativa en los asuntos de su
competencia.
Que, el artículo 9° numeral 23 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de
Municipalidades, establece que corresponde al Concejo Municipal "
Autorizar al Procurador Público Municipal, para que en defensa de los intereses
y derechos de la municipalidad y bajo responsabilidad, inicie o impulse
procesos judiciales contra los funcionarios, servidores o terceros respecto de
los cuales el órgano de control interno haya encontrado responsabilidad civil o
penal, así como en los demás procesos judiciales interpuestos contra el
gobierno local o sus representantes.
Que, de acuerdo al Decreto Legislativo N° 1068, los Procuradores
Públicos Municipales ejercen la Defensa Jurídica del Estado de acuerdo a la
Constitución, al citado Decreto Legislativo, su Ley Orgánica y su Reglamento
Decreto Supremo N° 017- 2008 — JUS.
Que, se
aprecia de la Resolución No. 1546-2015-GM/MPCH, de fecha 11 de mayo de 2015,
que se declaró improcedente la propuesta formulada por doña Esperanza Saravia
Marcos, respecto al bien de propiedad municipal, ubicada en la calle Caquetá
No. 115-B, de esta ciudad; estableciéndose como deuda por concepto de arrendamiento
a favor de la Municipalidad Provincial de Chincha, la suma de S/. 19,027.00
nuevos soles; la misma que en su artículo tercero se dispone que la Oficina de
Recaudación y Control encargada de los alquileres generales de predios municipales,
faccione los recibos de arrendamiento impagos para que se derive a la
Procuraduría Municipal e inicie las acciones legales sobre proceso de desalojo
por falta de pago y la acción de cobranza por la deuda impaga, conforme lo
establece el Código Civil y el Código Procesal Civil.
Que, el Concejo Municipal, en uso de las facultades conferidas por los
artículos 39° y 41° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley 27972 , Los
regidores del Concejo Municipal con el voto por UNANIMIDAD efectuado en la Sesión
Ordinaria de fecha 27 de mayo de 2015, con la dispensa de lectura y aprobación
de actas.
ACUERDA
ARTICULO PRIMERO.- AUTORIZAR al Procurador Público de la Municipalidad Provincial de
Chincha, ABOG. PEDRO RODOLFO HUAROTE ALDAY, para que inicie las acciones
legales sobre proceso de desalojo por falta de pago y la acción de cobranza por
la deuda impaga de S/. 19,027.00 nuevos soles, conforme lo establece el Código
Civil y el Código Procesal Civil, a doña Esperanza Saravia Marcos, respecto al
bien de propiedad municipal, ubicada en la calle Caquetá No. 115-B, de esta ciudad.
ARTICULO SEGUNDO.- Encargar al Procurador Publico
Municipal de la Municipalidad Provincial de Chincha el cumplimiento del presente Acuerdo, informando al Pleno del
Concejo Municipal, las acciones legales que corresponden, en defensa de los
derechos e intereses de la Municipalidad Provincial de Chincha, realizadas en cumplimiento del presente
Acuerdo de Concejo.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
Ing. CÉSAR
ANTONIO CARRANZA FALLA
ALCALDE
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