Decreto de
Alcaldía N° 001 -2015-A/MPCH
Chincha Alta; 02 de Julio del 2015
EL
ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley Nº 30305, Ley de Reforma de los artículos191º, 194º y 203º de la Constitución Política del Perú sobre denominación y no reelección inmediata de autoridades delos Gobiernos Regionales y de los Alcaldes, establece quelas Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia (...);
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley Nº 30305, Ley de Reforma de los artículos191º, 194º y 203º de la Constitución Política del Perú sobre denominación y no reelección inmediata de autoridades delos Gobiernos Regionales y de los Alcaldes, establece quelas Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia (...);
Que, el artículo 42º de la Ley Orgánica
de Municipalidades Nº 27972 señala que: "Los Decretos de Alcaldía
establecen normas reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas, sancionan
los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal
y resuelven o regulan asuntos de orden general y de intereses para el
vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal";
Que, el 28 de Julio del 2015 se celebra
el Centésimo Nonagésimo Cuarto (194º) Aniversario de la Proclamación de la
Independencia del Perú; proclamada por Don José de San Martin y Matorras, por
lo que corresponde promover que la ciudadanía reafirme su identidad con la
gesta emancipadora y su mensaje de libertad y de afirmación como actora de su
propio destino; por lo que es deber del Gobierno Local realzar los acontecimientos
cívicos, incentivando la participación del vecindario y afirmando el respeto a
los símbolos patrios;
Que, ante estos importantes
acontecimientos, se requiere de la participación conjunta de los vecinos, instituciones
privadas, clubs, Iglesias y establecimientos comerciales de nuestra
jurisdicción, a fin de expresar nuestro espíritu cívico patrio, mediante el
Embanderamiento General del Distrito de Chincha Alta;
Estando a lo expuesto y en uso de las
facultades conferidas por el artículo 20º literal 6) de la Ley Orgánica de
Municipalidades Nº 27972;
DECRETA:
Artículo Primero.- DISPONER
el Embanderamiento General de los predios de la jurisdicción del Distrito de
Chincha Alta, del 15 de julio al31 de
julio del presente año, con ocasión de conmemorarse el Centésimo Nonagésimo
Cuarto (194º) Aniversario dela Proclamación de la Independencia del Perú, incluyéndose
en esta disposición a todos los predios, sean privados o públicos, de vivienda
o comercio.
Artículo
Segundo.- DISPONER que los predios del distrito deberán estar debidamente
presentados, con la limpieza adecuada y el pintado correspondiente, para la
prevención del ornato de la ciudad.
Artículo Tercero.- DISPONER
la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial de
circulación local y norma que entrará en vigencia al día siguiente de su
publicación.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR
a la Oficina de Imagen Institucional, Gerencia de Rentas, Gerencia de Servicios
Sociales la implementación, difusión y ejecución del presente Decreto de
Alcaldía.
Regístrese,
comuníquese, publíquese y cúmplase
Ing. César Antonio Carranza Falla
Alcalde
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