DECRETO DE ALCALDIA N° 02-2015-A/MPCH
Chincha
Alta, 22 de Julio del 2015
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
Visto; El Informe N°. 0719-2015-GSC, presentado por la
Gerencia de Servicios Comunales de la Municipalidad Provincial de Chincha;
mediante el cual solicita se apruebe “el Programa de Segregación en la Fuente y
Recolección Selectiva de los Residuos Sólidos Domiciliarios Generados en la
Jurisdicción del Distrito de Chincha Alta”, como parte del proceso del Programa
de Incentivos y Modernización Municipal 2015.
Considerando:
Que,
el Artículo 194° de la Constitución Política del
Perú, modificado por el Artículo Único de la Ley 30305, señala que las municipalidades
provinciales y distritales son órganos
de gobierno local, tienen autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que,
conforme a lo dispuesto por art. 195° de la Constitución Política del Perú, los
gobiernos locales promueven el desarrollo, la economía local y la prestación de
servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes
nacionales y regionales de desarrollo;
Que,
la Ley N°27972, ley Orgánica de Municipalidad, establece en su artículo 80°
que, en materia de saneamiento, salubridad y salud, es función específica
exclusiva de la municipalidad provincial o distrital el proveer del servicio de
limpieza pública determinando las áreas de acumulación de desechos, rellenos
sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicios;
Que,
la Ley General de Residuos Sólidos, Ley N°27314, publicada el 21 de Julio de
2000, se han establecido los derechos, obligaciones, atribuciones y responsabilidades
de la sociedad, para asegurar una gestión y manejo de los residuos sólidos,
sanitaria y ambientalmente adecuada, con sujeción a los principios de
minimización, prevención de riesgos ambientales y protección de la salud y el
bienestar de la persona humana.
Que,
el Decreto N°033-2015-EF, se aprueban los procedimientos para el cumplimiento
de metas y la asignación de los recursos del Programa de Modernización
Municipal del año fiscal 2015, siendo una de las principales metas la Implementación
de un Programa de Segregación en la fuente como parte del Proceso de Recolección
de Residuos Sólidos Domiciliarios;
Que,
la Resolución N°1386-2015-GM/MPCH de fecha 30 de Abril del 2015, aprobó en el Art. 1°: Aprobar el Proyecto
denominado Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos
Sólidos” a ejecutarse en el Cercado de Chincha Alta, en cumplimiento de la Ley
N° 29332 que crea el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal,
concordante con el Decreto Supremo N°0033-2015-EF, cuya suma asciende S/
178,143.20 nuevos soles.
Que,
en el marco de este contexto, la Gerencia de Servicios Comunales, tiene como
prioridad cumplir con el objetivo, para lo cual remite para su aprobación el Programa
de Modernización Municipal año 2015, por lo que es necesario hacerse de conocimiento
al Ministerio del Ambiente, el Decreto
de Alcaldía que apruebe el Programa de Segregación en la fuente de Recolección
Selectiva de Residuos Sólidos Domiciliarios en el Distrito de Chincha Alta, Provincia
de Chincha.
SE DECRETA:
ARTICULO 1°.- APROBAR
la ejecución del Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva
de Residuos Sólidos del Distrito de Chincha Alta, el mismo que como anexo forma
parte integrante del presente dispositivo.
ARTICULO 2°.- ENCARGAR
a la Gerencia de Servicios Comunales, la implementación y desarrollo del
programa aprobado en el articulo precedente; así como, la coordinación operativa
del recojo de residuos generados en la ejecución del citado programa.
ARTICULO 3°.- ENCARGAR
a la Secretaria General la publicación del presente Decreto en el Diario
encargado de las publicaciones judiciales de la jurisdicción o en otro medio
que asegure de manera indubitable su publicación y su integro en el Portal
Institucional de la Municipalidad Provincial de Chincha; haciéndose de conocimiento
a las unidades orgánicas de la entidad para los fines pertinentes.
ARTICULO 4°.-El
presente Decreto de Alcaldía entrara en vigencia, a partir del día siguiente de
su publicación.
REGISTRESE, COMUNIQUESE, CUMPLASE Y ARCHIVESE
Ing. CÉSAR
ANTONIO CARRANZA FALLA
ALCALDE
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