sábado, 25 de julio de 2015

Municipalidad Provincial de Chincha


DECRETO DE ALCALDIA N° 02-2015-A/MPCH
Chincha Alta,   22 de Julio  del 2015
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
Visto; El Informe N°. 0719-2015-GSC, presentado por la Gerencia de Servicios Comunales de la Municipalidad Provincial de Chincha; mediante el cual solicita se apruebe “el Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de los Residuos Sólidos Domiciliarios Generados en la Jurisdicción del Distrito de Chincha Alta”, como parte del proceso del Programa de Incentivos y Modernización Municipal 2015.
Considerando:
Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por el Artículo Único de la Ley 30305, señala que las municipalidades provinciales y distritales  son órganos de gobierno local, tienen  autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, conforme a lo dispuesto por art. 195° de la Constitución Política del Perú, los gobiernos locales promueven el desarrollo, la economía local y la prestación de servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo;
Que, la Ley N°27972, ley Orgánica de Municipalidad, establece en su artículo 80° que, en materia de saneamiento, salubridad y salud, es función específica exclusiva de la municipalidad provincial o distrital el proveer del servicio de limpieza pública determinando las áreas de acumulación de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicios;
Que, la Ley General de Residuos Sólidos, Ley N°27314, publicada el 21 de Julio de 2000, se han establecido los derechos, obligaciones, atribuciones y responsabilidades de la sociedad, para asegurar una gestión y manejo de los residuos sólidos, sanitaria y ambientalmente adecuada, con sujeción a los principios de minimización, prevención de riesgos ambientales y protección de la salud y el bienestar de la persona humana.
Que, el Decreto N°033-2015-EF, se aprueban los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Programa de Modernización Municipal del año fiscal 2015, siendo una de las principales metas la Implementación de un Programa de Segregación en la fuente como parte del Proceso de Recolección de Residuos Sólidos Domiciliarios;
Que, la Resolución N°1386-2015-GM/MPCH de fecha 30 de Abril del 2015,  aprobó en el Art. 1°: Aprobar el Proyecto denominado Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos” a ejecutarse en el Cercado de Chincha Alta, en cumplimiento de la Ley N° 29332 que crea el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal, concordante con el Decreto Supremo N°0033-2015-EF, cuya suma asciende S/ 178,143.20 nuevos soles.
Que, en el marco de este contexto, la Gerencia de Servicios Comunales, tiene como prioridad cumplir con el objetivo, para lo cual remite para su aprobación el Programa de Modernización Municipal año 2015, por lo que es necesario hacerse de conocimiento al  Ministerio del Ambiente, el Decreto de Alcaldía que apruebe el Programa de Segregación en la fuente de Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Domiciliarios en el Distrito de Chincha Alta, Provincia de Chincha.
SE DECRETA:
ARTICULO 1°.- APROBAR la ejecución del Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos del Distrito de Chincha Alta, el mismo que como anexo forma parte integrante del presente dispositivo.
ARTICULO 2°.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicios Comunales, la implementación y desarrollo del programa aprobado en el articulo precedente; así como, la coordinación operativa del recojo de residuos generados en la ejecución del citado programa.
ARTICULO 3°.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación del presente Decreto en el Diario encargado de las publicaciones judiciales de la jurisdicción o en otro medio que asegure de manera indubitable su publicación y su integro en el Portal Institucional de la Municipalidad Provincial de Chincha; haciéndose de conocimiento a las unidades orgánicas de la entidad para los fines pertinentes.
ARTICULO 4°.-El presente Decreto de Alcaldía entrara en vigencia, a partir del día siguiente de su publicación.

REGISTRESE, COMUNIQUESE, CUMPLASE Y ARCHIVESE
Ing. CÉSAR ANTONIO CARRANZA FALLA

ALCALDE

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