sábado, 25 de julio de 2015

Municipalidad Provincial de Chincha


ORDENANZA N°  026 -2015-MPCH
Chincha Alta, 23 de Julio de 2015
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
Visto; El Informe N°. 0629-2015-GM/MPCH, de fecha 16 de Junio de 2015,  del Gerente de Servicios Comunales, mediante el cual presenta el proyecto de Ordenanza que aprueba el “Plan Integral de Gestión Ambiental de los Residuos Sólidos de la Provincia de Chincha – PIGARS”.
Considerando:
Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por el Artículo Único de la Ley 30305, señala que las municipalidades provinciales y distritales  son órganos de gobierno local, tienen  autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, conforme a lo dispuesto por art. 195° de la Constitución Política del Perú, los gobiernos locales promueven el desarrollo, la economía local y la prestación de servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo.
Que, el artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades señala que, las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa.
Que, la Ley N°27972, ley Orgánica de Municipalidad, establece en su articulo 80° que, en materia de saneamiento, salubridad y salud, es función especifica exclusiva de la municipalidad distrital el proveer del servicio de limpieza publica determinando las áreas de acumulación de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicios; asimismo, regular y controlar el aseo, higiene y salubridad de los establecimientos comerciales, industriales, viviendas, escuelas, piscinas, playas y otros lugares públicos locales.
Que, el numeral 1) del Art. 10° de la Ley General de Residuos Sólidos, Ley N°27314, señala que las municipalidades distritales son responsables por la prestación de los servicios de recolección y transporte de los residuos sólidos y de la limpieza de sus vías, espacios y monumentos públicos en su jurisdicción; los residuos sólidos en su totalidad deberán ser conducidos a la planta de tratamiento o lugar de disposición final autorizado por la Municipalidad Provincial, estando obligados los municipios distritales al pago de los derechos correspondientes.
Que, la Municipalidad Provincial de Chincha, plantean lineamientos en el Plan Integral de gestión Ambiental de los Residuos Sólidos (PIGARS), que tiene por finalidad fomentar el bienestar de los vecinos de la Provincia de Chincha asegurando el saneamiento ambiental a través de un servicio eficiente de limpieza pública a los usuarios, como parte de la Meta 5 del Plan de Incentivos y Modernización Municipal 2015.
Estando a lo expuesto, a lo aprobado por unanimidad en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 22 de Julio de 2015, con la dispensa de la lectura y aprobación del acta y en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 9° numeral 8) y 40° de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; ha aprobado la siguiente:
ORDENANZA:
ARTICULO 1°.- APROBAR; el “PLAN INTEGRAL DE GESTION AMBIENTAL DE LOS RESIDUOS SÓLIDOS DE LA PROVINCIA DE CHINCHA – PIGARS”, el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza.
ARTICULO 2°.-  FACULTAR al Alcalde Provincial para que vía Decreto de Alcaldía, efectuara las modificaciones y/o adecuaciones que corresponda para el mejor cumplimiento del Plan aprobado en el artículo precedente, obligatorio del presente documento de gestión para la ejecución y cumplimiento de las actividades contenidas en el presente plan.
ARTICULO 3°.-  ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Oficina de Planificación y Presupuesto y la Gerencia de Servicios Comunales, velar por el estricto cumplimiento del Plan Integral de Gestión Ambiental de los Residuos Sólidos, a fin de alcanzar los objetivos formulados.
ARTICULO 4°.-  ENCARGAR a la Secretaria General la publicación en el Diario Oficial la presente ordenanza la misma que entrara en vigencia a partir del día siguiente de su publicación y el Anexo será publicado en el Portal de la Municipalidad Provincial de Chincha www.municipalidadchincha.gob.pe

Registre, publíquese, cúmplase y archívese
Ing. CÉSAR ANTONIO CARRANZA FALLA

ALCALDE

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