ORDENANZA N° 026 -2015-MPCH
Chincha
Alta, 23 de Julio de 2015
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
Visto; El Informe N°. 0629-2015-GM/MPCH, de fecha 16 de
Junio de 2015, del Gerente de Servicios
Comunales, mediante el cual presenta el proyecto de Ordenanza que aprueba el
“Plan Integral de Gestión Ambiental de los Residuos Sólidos de la Provincia de
Chincha – PIGARS”.
Considerando:
Que, el
Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por el Artículo
Único de la Ley 30305, señala que las municipalidades provinciales y
distritales son órganos de gobierno
local, tienen autonomía política,
económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que,
conforme a lo dispuesto por art. 195° de la Constitución Política del Perú, los
gobiernos locales promueven el desarrollo, la economía local y la prestación de
servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes
nacionales y regionales de desarrollo.
Que,
el artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades señala que, las ordenanzas
de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia,
son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura
normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización
interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos
y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa.
Que,
la Ley N°27972, ley Orgánica de Municipalidad, establece en su articulo 80°
que, en materia de saneamiento, salubridad y salud, es función especifica
exclusiva de la municipalidad distrital el proveer del servicio de limpieza
publica determinando las áreas de acumulación de desechos, rellenos sanitarios
y el aprovechamiento industrial de desperdicios; asimismo, regular y controlar
el aseo, higiene y salubridad de los establecimientos comerciales,
industriales, viviendas, escuelas, piscinas, playas y otros lugares públicos
locales.
Que,
el numeral 1) del Art. 10° de la Ley General de Residuos Sólidos, Ley N°27314,
señala que las municipalidades distritales son responsables por la prestación
de los servicios de recolección y transporte de los residuos sólidos y de la
limpieza de sus vías, espacios y monumentos públicos en su jurisdicción; los residuos
sólidos en su totalidad deberán ser conducidos a la planta de tratamiento o lugar
de disposición final autorizado por la Municipalidad Provincial, estando obligados
los municipios distritales al pago de los derechos correspondientes.
Que,
la Municipalidad Provincial de Chincha, plantean lineamientos en el Plan Integral
de gestión Ambiental de los Residuos Sólidos (PIGARS), que tiene por finalidad
fomentar el bienestar de los vecinos de la Provincia de Chincha asegurando el saneamiento
ambiental a través de un servicio eficiente de limpieza pública a los usuarios,
como parte de la Meta 5 del Plan de Incentivos y Modernización Municipal 2015.
Estando
a lo expuesto, a lo aprobado por unanimidad en Sesión Ordinaria de Concejo de
fecha 22 de Julio de 2015, con la dispensa de la lectura y aprobación del acta
y en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 9° numeral 8) y
40° de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; ha aprobado la siguiente:
ORDENANZA:
ARTICULO 1°.- APROBAR;
el “PLAN INTEGRAL DE GESTION AMBIENTAL DE LOS RESIDUOS SÓLIDOS DE LA PROVINCIA
DE CHINCHA – PIGARS”, el mismo que como anexo forma parte integrante de la
presente Ordenanza.
ARTICULO 2°.- FACULTAR al Alcalde Provincial para que vía Decreto de Alcaldía,
efectuara las modificaciones y/o adecuaciones que corresponda para el mejor
cumplimiento del Plan aprobado en el artículo precedente, obligatorio del
presente documento de gestión para la ejecución y cumplimiento de las
actividades contenidas en el presente plan.
ARTICULO 3°.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Oficina de Planificación y
Presupuesto y la Gerencia de Servicios Comunales, velar por el estricto cumplimiento
del Plan Integral de Gestión Ambiental de los Residuos Sólidos, a fin de
alcanzar los objetivos formulados.
ARTICULO 4°.- ENCARGAR
a la Secretaria General la publicación en el Diario Oficial la presente
ordenanza la misma que entrara en vigencia a partir del día siguiente de su
publicación y el Anexo será publicado en el Portal de la Municipalidad Provincial
de Chincha www.municipalidadchincha.gob.pe
Registre,
publíquese, cúmplase y archívese
Ing. CÉSAR
ANTONIO CARRANZA FALLA
ALCALDE
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