sábado, 18 de julio de 2015

Municipalidad Provincial de Chincha


ACUERDO DE CONCEJO No. 051-2015-MPCH.
Chincha Alta, 30 de Junio  de 2015
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DE CHINCHA
Visto; en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 13 de mayo  de 2015, el Oficio No. 180-2015-UGELCH-IEPJPB/D, de fecha 13 de mayo de 2015, mediante el cual solicita la donación de un motor para el taller de mecánica automotriz y el Oficio No. 115-2015-GORE-DRE-ICA-UGEL-IEP-JFK/D, de fecha 20 de abril de 2015, sobre donación de maquinarias en desuso (vehículos, motores y otros) para los talleres de la Especialidad de Mecanica Automotriz y otros.
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por el Artículo Único de la Ley 30305, señala que las municipalidades provinciales y distritales  son órganos de gobierno local, tienen  autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, el Artículo 41°, de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, establece que "Los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional".
Que, de conformidad con la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, es oportuno tener en consideración lo establecido en el numeral 29 del artículo 9° de que entre otras atribuciones del Concejo Municipal, establece lo siguiente: Corresponde al concejo municipal:(...) "Aprobar el régimen de administración de los bienes y rentas, así como el régimen de administración de los servicios públicos locales".
Que, por otro lado, el artículo 59° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala taxativamente lo siguiente: "Los bienes municipales pueden ser transferidos, concesionados en uso o en explotación, arrendados o modificados su estado de posesión o propiedad mediante cualquier otra modalidad, por acuerdo del concejo municipal".
Que, el artículo 64° de la Ley antes indicada señala que las municipalidades, por excepción, puede DONAR, o permutar bienes de su propiedad a los Poderes del Estado o a otros organismos del Sector Público.
Que, con informe No. 156-MQ-2015-MPCH, de fecha 30 de abril de  2015, el encargado de maquinarias, remite las características de un motor y un auto que se encuentra en desuso para otorgar la baja y disponer de ello de acuerdo a lo conveniente.
Que, con Informe Legal No. 1015-2015-GAJ/MPCH, de fecha 13 de mayo de 2015, el Gerente de Asesoría Jurídica  considerando las normas legales invocadas opina por la factibilidad de donar los motores, maquinarias y otros en desuso, debiéndose formalizar la baja de los bienes patrimoniales de la Entidad, el cual debe ser materializado previo Acuerdo de Concejo.
Que, en Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 13 de mayo de 2015, se aprobó donar lo solicitado por el Colegio José Pardo y Barreda y el Colegio Jhon F. Kennedy y de manera adicional dar de baja a los bienes patrimoniales que se encuentran en la Municipalidad Provincial de Chincha en desuso.
Estando a lo expuesto,  a lo aprobado por unanimidad  en la Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 13 de mayo de 2015, y a las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades No. 27972;
ACUERDA:
ARTICULO PRIMERO.- Aprobar otorgar en donación los bienes patrimoniales en desuso requeridos por los Colegio José Pardo y Barreda y el Colegio Jhon F. Kennedy, para los fines  de que sean utilizados en los talleres de mecánica de ambos colegios.
ARTICULO SEGUNDO.-  Encargar a la Gerencia Municipal y al Gerente de Servicios Comunales encaminar la baja de los bienes patrimoniales que se encuentran en desuso.
ARTÍCULO TERCERO.- Hacer de conocimiento la presente a las unidades orgánicas de la entidad para su cumplimiento.
Regístrese, comuníquese y publíquese
Ing. CÉSAR ANTONIO CARRANZA FALLA

ALCALDE

0 comentarios:

Publicar un comentario

Con la tecnología de Blogger.