ACUERDO DE
CONCEJO No. 051-2015-MPCH.
Chincha Alta, 30 de Junio de 2015
EL
CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL
DE CHINCHA
Visto; en Sesión
Ordinaria de Concejo de fecha 13 de mayo
de 2015, el Oficio No. 180-2015-UGELCH-IEPJPB/D, de fecha 13 de mayo de
2015, mediante el cual solicita la donación de un motor para el taller de
mecánica automotriz y el Oficio No. 115-2015-GORE-DRE-ICA-UGEL-IEP-JFK/D, de
fecha 20 de abril de 2015, sobre donación de maquinarias en desuso (vehículos,
motores y otros) para los talleres de la Especialidad de Mecanica Automotriz y
otros.
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado
por el Artículo Único de la Ley 30305, señala que las municipalidades
provinciales y distritales son órganos
de gobierno local, tienen autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, el Artículo 41°, de la Ley
Orgánica de Municipalidades N° 27972, establece que "Los acuerdos son
decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos específicos de interés
público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno
para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional".
Que, de conformidad con la Ley N° 27972, Ley Orgánica de
Municipalidades, es oportuno tener en consideración lo establecido en el numeral
29 del artículo 9° de que entre otras atribuciones del Concejo Municipal,
establece lo siguiente: Corresponde al concejo municipal:(...) "Aprobar
el régimen de administración de los bienes y rentas, así como el régimen de
administración de los servicios públicos locales".
Que, por otro
lado, el artículo 59° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades,
señala taxativamente lo siguiente: "Los bienes municipales pueden ser
transferidos, concesionados en uso o en explotación, arrendados o modificados
su estado de posesión o propiedad mediante cualquier otra modalidad, por
acuerdo del concejo municipal".
Que, el
artículo 64° de la Ley antes indicada señala que las municipalidades, por
excepción, puede DONAR, o permutar bienes de su propiedad a los Poderes del Estado
o a otros organismos del Sector Público.
Que, con
informe No. 156-MQ-2015-MPCH, de fecha 30 de abril de 2015, el encargado de maquinarias, remite las
características de un motor y un auto que se encuentra en desuso para otorgar
la baja y disponer de ello de acuerdo a lo conveniente.
Que, con
Informe Legal No. 1015-2015-GAJ/MPCH, de fecha 13 de mayo de 2015, el Gerente
de Asesoría Jurídica considerando las
normas legales invocadas opina por la factibilidad de donar los motores,
maquinarias y otros en desuso, debiéndose formalizar la baja de los bienes
patrimoniales de la Entidad, el cual debe ser materializado previo Acuerdo de
Concejo.
Que, en Sesión
Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 13 de mayo de 2015, se aprobó donar lo
solicitado por el Colegio José Pardo y Barreda y el Colegio Jhon F. Kennedy y
de manera adicional dar de baja a los bienes patrimoniales que se encuentran en
la Municipalidad Provincial de Chincha en desuso.
Estando a lo expuesto, a lo aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria de Concejo Municipal
de fecha 13 de mayo de 2015, y a las facultades conferidas por la Ley Orgánica
de Municipalidades No. 27972;
ACUERDA:
ARTICULO PRIMERO.- Aprobar otorgar en donación
los bienes patrimoniales en desuso requeridos por los Colegio José Pardo y
Barreda y el Colegio Jhon F. Kennedy, para los fines de que sean utilizados en los talleres de
mecánica de ambos colegios.
ARTICULO SEGUNDO.- Encargar a la Gerencia Municipal y al Gerente
de Servicios Comunales encaminar la baja de los bienes patrimoniales que se
encuentran en desuso.
ARTÍCULO TERCERO.- Hacer de conocimiento la
presente a las unidades orgánicas de la entidad para su cumplimiento.
Regístrese, comuníquese y
publíquese
Ing. CÉSAR
ANTONIO CARRANZA FALLA
ALCALDE
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