ACUERDO DE
CONCEJO No. 029-2015-MPCH.
Chincha Alta, 20 de Abril de 2015
EL
CONCEJO MUNICIPAL DE LA
MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DE CHINCHA
Visto; las
comunicaciones Rgto. No. 4642-2015,
4676-2015, 4690-2015, presentado por la Alcaldesa del Distrito de Alto Laran,
Alcalde del distrito de San Juan de Yanac, y Alcalde del distrito de San Pedro
de Huacarpana, respectivamente, mediante el cual solicitan donación de
herramientas como Lampas, Palas, Picos, Barretas u otros para fines de realizar
trabajos en terrenos agrícolas por crecida de ríos debido a lluvias torrenciales.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado
por el Artículo Único de la Ley 30305, señala que las municipalidades provinciales
y distritales son órganos de gobierno
local, tienen autonomía política,
económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, el artículo 9° numeral 26
de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que corresponde
al Concejo Municipal “Aprobar la celebración
de convenios de cooperación nacional e internacional y convenios interinstitucionales”
Que, el artículo 41°
de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, señala que
"Los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidos a asuntos
específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad
del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una
conducta o norma institucional.
Que, de
conformidad con la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, es oportuno
tener en consideración lo establecido en el numeral 29 del artículo 9° de que
entre otras atribuciones del Concejo Municipal, establece lo siguiente: Corresponde
al concejo municipal: (...) "Aprobar el régimen de administración de los
bienes y rentas, así como el régimen de administración de los servicios
públicos locales".
Que, por
otro lado, el artículo 59° de la Ley N' 27972, Ley Orgánica de Municipalidades,
señala taxativamente lo siguiente: "Los bienes municipales pueden ser
transferidos, concesionados en uso o en explotación, arrendados o modificados
su estado de posesión o propiedad mediante cualquier otra modalidad, por
acuerdo del concejo municipal".
Que, con
fecha 08 de Abril del 2015, la Municipalidad Distrital de Alto Larán a través
del Oficio citado en la referencia,
solicita donación de herramientas agrícolas con la finalidad indicada en dicho
documento.
Que, con fecha 07 de Abril del 2015 a través
de la Carta 107-2015-A/MDSPH el Alcalde de la Municipalidad Distrital de San
Juan de Yánac reitera su solicitud inicial a través del Oficio N°
093-2015/AMDSJH/CH por lo cual se daba a conocer daños materiales a terrenos de
cultivo, locales públicos y canales de irrigación del Valle y otros de su jurisdicción
a consecuencia de las torrenciales lluvias y la crecida del río Huañupiza y por
tal razón solicita dotación de herramientas y materiales.
Que, a
través del Oficio N° 068-2015-MDSPH-CH-I/A de fecha 06 de Abril del 2015 el
Alcalde de la Municipalidad Distrital de San Pedro de Huacarpana solicita
donación de herramientas de trabajo, conforme a lo indicado para para trabajos
agrícolas afectados por el fenómeno natural dada la presencia de lluvias
torrencial en el ámbito distrital.
Que, por
Informe N° 019-2015-OCPIMPCH de fecha 08 de Abril del 2015, el responsable de
la Unidad de Patrimonio de la Sub-Gerencia de Abastecimiento, comunica que en
relación al inventario de los bienes que se encuentran en el sótano del almacén
y que fueron donados en el año 2007, los mismos se encuentran como patrimonio
de la Entidad de acuerdo al Inventario del año 2014 como sigue: 72 picos completo
con mago (estado regular); 243 palas (estado regular) y 86 lampas (algunos regulares
y otro en mal estado).
Que, la
Asesoría Legal con Informe No. 746-2015-GAJ/MPCH, de fecha 08 de abril de 2015,
comunica que el artículo 64° de la Ley antes indicada, señala que las municipalidades,
por excepción, puede DONAR, o permutar bienes de su propiedad a los Poderes del
Estado o a otros organismos del Sector Público; por tanto por las consideraciones
indicadas y estando a los pedidos que se formulan por las Autoridades Municipales
Distritales, conforme a las facultades conferidas por la Ley N° 27972, Ley
Orgánica de Municipalidades esta Gerencia de Asesoría Jurídica Opina sobre la
factibilidad de atender a los solicitado
previo Acuerdo de Concejo.
Estando a lo expuesto, informe de la Oficina de Patrimonio, Asesoría
Legal, Gerente Municipal y en uso de las facultades conferidas por los
artículos 39° y 41° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley 27972, los
regidores del Concejo Municipal con el voto por UNANIMIDAD efectuado en la
Sesión Ordinaria de fecha 08 de abril de 2015, con la dispensa de lectura y
aprobación de acta;
ACUERDA
ARTICULO PRIMERO.- Donar a favor de las Municipalidades de
Alto Laran, San Juan de Yanac, San Pedro de Huacarpana los 72 picos, 243 palas
y 86 lampas; para fines que sean repartidos a las personas que han sido afectadas
por las lluvias torrenciales y/o aumentos de cauces del rio.
ARTICULO SEGUNDO.- Encargar a la Sub Gerencia de Abastecimiento y a la
Unidad de Patrimonio se proceda a la entrega de dichas herramientas a las Municipalidades
peticionantes, con la formalidad y con la documentación pertinente que acredite
la disposición de dichos bienes que autorice el presente Acuerdo
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
Ing. CÉSAR ANTONIO
CARRANZA FALLA
ALCALDE






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