miércoles, 18 de marzo de 2015

Municipalidad Provincial de Chincha


ACUERDO DE CONCEJO No. 022-2015-MPCH.
Chincha Alta,   12 de Marzo de 2015
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley N° 27680, Ley de Reforma Constitucional y la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, señalan que las municipalidades, son órganos de gobierno local que emanan de la voluntad popular, con personería jurídica de derecho público y autonomía económica, política y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, el artículo 39° y 41° de la Ley 27972,  prescriben “ Los concejos municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos” y  ”Los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional”.
Que, el Decreto Supremo N° 015-2013-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 30045, Ley de Modernización de los Servicios de Saneamiento, en su Artículo 21, señala que la conformación de directorio de EPS municipales. La conformación del directorio establecido en el artículo 20 de la Ley General, modificado por la Única Disposición Complementaria Modificatoria de la Ley, será de aplicación para todas las EPS municipales del país, salvo todas aquellas que ingresen al Régimen de Apoyo Transitorio regulado por el presente Reglamento. El directorio de las EPS municipales de mayor tamaño constituidas en sociedades anónimas está compuesto por cinco (5) miembros, representantes de las siguientes entidades: - Dos (2) representantes de las municipalidades accionistas, electos a través de Acuerdo de Concejo Municipal; - Un (1) representante del gobierno regional, electo por Acuerdo de Consejo Regional; - Un (1) representante de la sociedad civil, para lo cual los colegios profesionales, cámaras de comercio y universidades propondrán un candidato, electo según sus estatutos o normas pertinentes. El Ente Rector evaluará y elegirá a un (1) titular y un (1) suplente entre los candidatos propuestos; y, - Un (1) representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. El directorio de las EPS municipales de menor tamaño constituidas en sociedades anónimas está compuesto por tres (3) miembros, representantes de las siguientes entidades: - Un (1) representante de las municipalidades accionistas, electo a través de Acuerdo de Concejo Municipal; - Un (1) representante del gobierno regional, electo por Acuerdo del Consejo Regional; y, - Un (1) representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.
Que, es necesario que la Municipalidad Provincial de Chincha, como mayor accionista de la Empresa SEMAPACH S.A.,  nombre a un representante para que previa evaluación forme parte del Directorio de la Empresa antes mencionada.
Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas por los artículos 39° y 41° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley 27972 , Los regidores del Concejo Municipal con el voto por mayoría efectuado en la Sesión Ordinaria de fecha 11 de Marzo de 2015, con la dispensa de lectura y aprobación de acta;
ACUERDA:
ARTICULO PRIMERO.- Designar al Ing. HERNAN TIRADO BAZAN,  como representante de la Municipalidad Provincial de Chincha,  para que conforme el Directorio de la EPS  SEMAPACH S.A., cargo que deberá desempeñar con las obligaciones, prohibiciones y representatividad que señala la norma legal pertinente relacionada con la Ley de Modernización de los Servicios de Saneamiento.
ARTICULO SEGUNDO.- Hacer de conocimiento el presente Acuerdo de Concejo  a la  EPS  SEMAPACH S.A. para su conocimiento y fines pertinentes.
ARTICULO TERCERO.- Notificar el presente Acuerdo al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento – OTASS; SUNASS y al interesado para los fines pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

Ing. CÉSAR ANTONIO CARRANZA FALLA

Alcalde

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