martes, 3 de marzo de 2015

Municipalidad Provincia de Chincha


ORDENANZA No. 06-2015-MPCH
Chincha Alta,  27 de Febrero de 2015
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
VISTO: El Informe No. 016-2015-GSC/MPCH,  de la Gerencia de Servicios Comunales de la Municipalidad Provincial de Chincha, de fecha 10 de Febrero de 2015, sobre modificación de la Ordenanza No. 009-2013-MPCH, de fecha 04 de Julio de 2013 en lo que respecta a la Emisión de Carnet de Sanidad;
CONSIDERANDO:
Que, el Art. 194° de la Constitución Política del Estado señala que las Municipalidades Provinciales y Distritales, son órganos de gobierno local, tiene autonomía Política. Económica y Administrativa en los asuntos de su competencia conforme a Ley.
Que, el Articulo IV del Título Preliminar de la ley 27972 Ley Orgánica de Municipalidades señala “Los gobiernos locales, representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción”.
Que,  de conformidad con lo establecido por el Inc. 8) del Art.  9° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, corresponde al Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos.
Que, de acuerdo al informe del visto, la Gerencia de Servicios Comunales, comunica que el procedimiento para la obtención del Carnet de Sanidad se encuentra establecido en la Ordenanza No. 09-2013-MPCH, de fecha 04 de Julio de 2013,  considerándose una tasa del 0.5753 de la UIT y su atención máxima es de 02 días  y que debido al alto costo ha motivado que, mucho solicitantes realicen sus gestiones en otra ciudad, generando gastos en contra de la economía de los contribuyentes  y una baja en la recaudación de la Municipalidad Provincial de Chincha, proponiendo la rebaja en la suma de s/. 10.00 nuevos soles que representa el 0.2597 de la UIT, pero tienen que presentar  sus exámenes de BK los cuales deberán ser certificados por los especialistas o clínicas autorizadas.
Que, la emisión del carnet de sanidad se encuentra considerado en el TUPA aprobado por la Ordenanza No. 09-2013-MPCH de fecha 04 de Julio de 2013, que es el que actualmente rige: considera en el numeral 1 Saneamiento Ambiental y Salud “Carnet de Sanidad (incluye constancia médica y análisis BK) considerando un costo de 0.5753 % de la UIT haciendo un costo de 21.19 nuevos soles.
Que, con informe legal No. 216-2015-GAJ/MPCH, de fecha 11 de febrero de 2015, el Gerente de Asesoría Jurídica, opina por la factibilidad de considerar en el TUPA  en el ítem 1 Saneamiento Ambiental y Salud contenido en la Ordenanza No. 09-2013-MPCH, en la suma de s/. 10.00 nuevos soles lo referido al costo de los Carnet de Sanidad, con la condición de que el requisito de la Constancia Medica y Análisis BK deben previamente gestionarse en los establecimientos de Salud autorizado y/o especializado.
Estando a las consideraciones indicadas,  la Ley 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto unánime de los regidores asistentes en la Sesión Ordinaria de fecha 11 de Febrero de 2015,  con la dispensa de la lectura y aprobación del acta; se aprueba lo siguiente:

ORDENANZA MUNICIPALQUE MODIFICA LA ORDENANZA
No. 009-2013-MPCH, EN LO QUE RESPECTA AL
ITEM I SANEAMIENTO AMBIENTAL Y SALUD

Artículo Primero.- Modificar la Ordenanza No. 009-2013-MPCH, en lo que respecta al  ITEM I Saneamiento Ambiental y Salud, costo de los Carnet de Sanidad en la suma de s/. 10.oo  nuevos soles, que representa  el 0.2597 de la UIT,  con la condición de que el requisito de la Constancia Medica y Análisis BK deben previamente gestionarlo en MINSA, ESSALUD o establecimiento de Salud autorizado y/o especializado.
Artículo Segundo.-  La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Localidad, publicándose  en el portal electrónico de la Entidad.
Artículo Tercero.-  Notificar la presente a las Unidades Orgánicas de la Municipalidad Provincial de Chincha para los fines pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
Ing. CÉSAR ANTONIO CARRANZA FALLA

Alcalde

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