ORDENANZA No.
06-2015-MPCH
Chincha
Alta, 27 de Febrero de 2015
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE
CHINCHA
VISTO: El Informe
No. 016-2015-GSC/MPCH, de la Gerencia de
Servicios Comunales de la Municipalidad Provincial de Chincha, de fecha 10 de
Febrero de 2015, sobre modificación de la Ordenanza No. 009-2013-MPCH, de fecha
04 de Julio de 2013 en lo que respecta a la Emisión de Carnet de Sanidad;
CONSIDERANDO:
Que, el Art. 194° de la Constitución
Política del Estado señala que las Municipalidades Provinciales y Distritales, son
órganos de gobierno local, tiene autonomía Política. Económica y Administrativa
en los asuntos de su competencia conforme a Ley.
Que, el Articulo IV del Título Preliminar
de la ley 27972 Ley Orgánica de Municipalidades señala “Los gobiernos locales,
representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios
públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción”.
Que,
de conformidad con lo establecido por el Inc. 8) del Art. 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades N°
27972, corresponde al Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas
y dejar sin efecto los Acuerdos.
Que, de acuerdo al informe del visto,
la Gerencia de Servicios Comunales, comunica que el procedimiento para la obtención
del Carnet de Sanidad se encuentra establecido en la Ordenanza No.
09-2013-MPCH, de fecha 04 de Julio de 2013,
considerándose una tasa del 0.5753 de la UIT y su atención máxima es de
02 días y que debido al alto costo ha
motivado que, mucho solicitantes realicen sus gestiones en otra ciudad,
generando gastos en contra de la economía de los contribuyentes y una baja en la recaudación de la Municipalidad
Provincial de Chincha, proponiendo la rebaja en la suma de s/. 10.00 nuevos soles
que representa el 0.2597 de la UIT, pero tienen que presentar sus exámenes de BK los cuales deberán ser
certificados por los especialistas o clínicas autorizadas.
Que, la emisión del carnet de sanidad
se encuentra considerado en el TUPA aprobado por la Ordenanza No. 09-2013-MPCH
de fecha 04 de Julio de 2013, que es el que actualmente rige: considera en el
numeral 1 Saneamiento Ambiental y Salud “Carnet de Sanidad (incluye constancia
médica y análisis BK) considerando un costo de 0.5753 % de la UIT haciendo un
costo de 21.19 nuevos soles.
Que, con informe legal No.
216-2015-GAJ/MPCH, de fecha 11 de febrero de 2015, el Gerente de Asesoría Jurídica,
opina por la factibilidad de considerar en el TUPA en el ítem 1 Saneamiento Ambiental y Salud
contenido en la Ordenanza No. 09-2013-MPCH, en la suma de s/. 10.00 nuevos
soles lo referido al costo de los Carnet de Sanidad, con la condición de que el
requisito de la Constancia Medica y Análisis BK deben previamente gestionarse
en los establecimientos de Salud autorizado y/o especializado.
Estando a las consideraciones indicadas, la Ley 27972 Ley Orgánica de Municipalidades,
con el voto unánime de los regidores asistentes en la Sesión Ordinaria de fecha
11 de Febrero de 2015, con la dispensa
de la lectura y aprobación del acta; se aprueba lo siguiente:
ORDENANZA MUNICIPALQUE MODIFICA LA ORDENANZA
No. 009-2013-MPCH, EN LO QUE RESPECTA AL
ITEM I SANEAMIENTO AMBIENTAL Y SALUD
Artículo
Primero.-
Modificar la Ordenanza No.
009-2013-MPCH, en lo que respecta al
ITEM I Saneamiento Ambiental y Salud, costo de los Carnet de Sanidad en
la suma de s/. 10.oo nuevos soles, que
representa el 0.2597 de la UIT, con la condición de que el requisito de la
Constancia Medica y Análisis BK deben previamente gestionarlo en MINSA, ESSALUD
o establecimiento de Salud autorizado y/o especializado.
Artículo
Segundo.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a
partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la
Localidad, publicándose en el portal
electrónico de la Entidad.
Artículo
Tercero.- Notificar la presente a las Unidades
Orgánicas de la Municipalidad Provincial de Chincha para los fines pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y
cúmplase.
Ing.
CÉSAR ANTONIO CARRANZA FALLA
Alcalde
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