sábado, 14 de marzo de 2015

Municipalidad Distrital de Grocio Prado


Ordenanza Municipal  Nº 01- 2015-MDGP/A
Grocio Prado, 02 de marzo de 2015.
Por cuanto: 
El Concejo municipal de Grocio Prado, en sesión ordinaria de concejo de fecha28 de Febrero del año 2015, mediante acuerdo de concejo N° Cuarto, aprobó por unanimidadel proyecto de ordenanza municipal que aprueba el reglamento del proceso del presupuesto participativo basado en resultado – año fiscal 2015 de la municipalidad distrital de Grocio Prado, y;  
Considerando:
Que, los Artículos 197° y 199° de la Constitución Política del Perú, modificada mediante Ley N° 27680, que aprueba la Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre descentralización, establecen que las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local y formulan sus presupuestos con la participación de la población;
Que, los Artículos 17° y 42° inciso g) de la Ley N° 27783, Ley de Bases de Descentralización, establecen que los gobiernos locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo y presupuestos, en la gestión pública, y a garantizar y canalizar el acceso de todos los ciudadanos a la conformación y funcionamiento de espacios y mecanismos de consulta, concertación, control, evaluación, rendición de cuentas vigilancia, siendo competencia exclusiva de las municipalidades aprobar y facilitar los mecanismos y espacios de participación, concertación y fiscalización de la comunidad en la gestión municipal;
Que, mediante la Ley Marco del Presupuesto Participativo – Ley Nº 28056, su Reglamento aprobado por el D.S. Nº 171-2003-EF, y la Ley  Nº 29298  que modifica,  los artículos 4º,5º 6º y 7º  de la Ley Nº 28056,  se establecen disposiciones que aseguren la más amplia y efectiva participación de la sociedad civil en el Proceso de Programación Participativa del Presupuesto de los Gobiernos Locales.
Que,  es política de la municipalidad promover la participación ciudadana de los Niños, Niñas y Adolescentes en diversos asuntos relacionados con el proceso de desarrollo  del distrito de Grocio Prado, entre los que está comprendido el proceso de Presupuesto Participativo por Resultados; lo cual contribuirá con la Sostenibilidad de los procesos de participación y concertación del distrito así como a la formación de jóvenes  liderazgos, reconociendo con ello el derecho que les asiste según las normas  Internacionales, nacionales y regionales  sobre la infancia y la adolescencia, particularmente la Convención sobre los Derechos del Niño y Adolescente y  el Plan Nacional y regional de Acción por la infancia y la adolescencia.
   Que, la población de Niños, Niñas y Adolescentes del distrito de Grocio Prado se encuentra organizada y articulada en las instituciones educativas a través de los municipios escolares, en organizaciones de niños, niñas y adolescentes trabajadores; en organizaciones juveniles, en clubes deportivos, y grupos religiosos entre otros
Que, de conformidad con la Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública – Ley Nº 27293, se crea el Sistema Nacional de Inversión Pública con la finalidad de optimizar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión, mediante el establecimiento de principios, procesos, metodologías y normas técnicas relacionadas con las diversas fases de los proyectos de inversión.
Que el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01, aprobado por RD Nº 007-2010-EF/76.01 contiene orientaciones para el desarrollo del proceso del Presupuesto Participativo por Resultados del año fiscal 2016 y considera que un aspecto fundamental de dicho proceso lo constituye los planes de desarrollo concertados como instrumento orientador para el cambio progresivo y continuo hacia mejores niveles en la calidad de vida de los habitantes de un territorio y de las capacidades para su desarrollo; permite fijar prioridades en el proceso del Presupuesto Participativo y soluciones a los problemas fundamentales.
Que, asimismo, el instructivo define responsabilidades para una participación amplia y activa de todos los agentes participantes en la priorización de la inversión y en las soluciones a las necesidades fundamentales de la población, evitando la dispersión y atomización de los recursos; y establece la priorización de problemas como tema central de los talleres.
Estando a lo dictaminado por el Consejo de Coordinación Local  Distrital, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta,  el Concejo Municipal en uso de las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú y la Ley orgánica de Municipalidades; ha emitido la  Ordenanza siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO PARA EL PROCESO DEL
PRESUPUESTO PARTICIPATIVO DEL DISTRITO DE GROCIO PRADO- AÑO 2016
ARTÍCULO PRIMERO.- Aprobar el reglamento para el proceso del presupuesto participativo del distrito de Grocio Prado, el mismo que consta de cuatro (04) Títu-los, cuarenticuatro (44) Artículos, cuatro (04) Disposiciones Finales y tres Anexos, los mismos que forman parte de la presente ordenanza.
ARTICULO SEGUNDO.- Autorizar al Alcalde a dictar las medidas y normativas complementarias para el correcto desarrollo de las acciones de los procesos participativos en el distrito de Grocio Prado.
ARTICULO TERCERO.- Encargar a la Gerencia Municipal y la Gerencia de planeamiento, presupuesto y organización de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado, el cumplimiento de la presente Ordenanza.
                Por tanto:
Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cúmplase.
Luis Alfredo Tasayco Tasayco - Alcalde



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