Ordenanza Municipal Nº 01- 2015-MDGP/A
Grocio
Prado, 02 de marzo de 2015.
Por cuanto:
El Concejo
municipal de Grocio Prado, en sesión ordinaria de concejo de fecha28 de Febrero
del año 2015, mediante acuerdo de concejo N° Cuarto, aprobó por unanimidadel
proyecto de ordenanza municipal que aprueba el reglamento del proceso del presupuesto
participativo basado en resultado – año fiscal 2015 de la municipalidad
distrital de Grocio Prado, y;
Considerando:
Que, los Artículos 197° y 199° de la Constitución
Política del Perú, modificada mediante Ley N° 27680, que aprueba la Reforma
Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre descentralización,
establecen que las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la
participación vecinal en el desarrollo local y formulan sus presupuestos con la
participación de la población;
Que, los Artículos 17° y 42° inciso g) de la Ley N°
27783, Ley de Bases de Descentralización, establecen que los gobiernos locales
están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate
y concertación de sus planes de desarrollo y presupuestos, en la gestión
pública, y a garantizar y canalizar el acceso de todos los ciudadanos a la
conformación y funcionamiento de espacios y mecanismos de consulta,
concertación, control, evaluación, rendición de cuentas vigilancia, siendo
competencia exclusiva de las municipalidades aprobar y facilitar los mecanismos
y espacios de participación, concertación y fiscalización de la comunidad en la
gestión municipal;
Que, mediante la Ley Marco del Presupuesto
Participativo – Ley Nº 28056, su Reglamento aprobado por el D.S. Nº
171-2003-EF, y la Ley Nº 29298 que modifica,
los artículos 4º,5º 6º y 7º de la
Ley Nº 28056, se establecen disposiciones
que aseguren la más amplia y efectiva participación de la sociedad civil en el
Proceso de Programación Participativa del Presupuesto de los Gobiernos Locales.
Que,
es política de la municipalidad promover la participación ciudadana de
los Niños, Niñas y Adolescentes en diversos asuntos relacionados con el proceso
de desarrollo del distrito de Grocio
Prado, entre los que está comprendido el proceso de Presupuesto Participativo
por Resultados; lo cual contribuirá con la Sostenibilidad de los procesos de participación
y concertación del distrito así como a la formación de jóvenes liderazgos, reconociendo con ello el derecho
que les asiste según las normas
Internacionales, nacionales y regionales
sobre la infancia y la adolescencia, particularmente la Convención sobre
los Derechos del Niño y Adolescente y el
Plan Nacional y regional de Acción por la infancia y la adolescencia.
Que, la población de Niños, Niñas y Adolescentes del distrito de Grocio
Prado se encuentra organizada y articulada en las instituciones educativas a
través de los municipios escolares, en organizaciones de niños, niñas y adolescentes
trabajadores; en organizaciones juveniles, en clubes deportivos, y grupos religiosos
entre otros
Que, de conformidad con la Ley del Sistema
Nacional de Inversión Pública – Ley Nº 27293, se crea el Sistema Nacional de
Inversión Pública con la finalidad de optimizar el uso de los recursos públicos
destinados a la inversión, mediante el establecimiento de principios, procesos,
metodologías y normas técnicas relacionadas con las diversas fases de los
proyectos de inversión.
Que el Instructivo Nº
001-2010-EF/76.01, aprobado por RD Nº 007-2010-EF/76.01 contiene orientaciones
para el desarrollo del proceso del Presupuesto Participativo por Resultados del
año fiscal 2016 y considera que un aspecto fundamental de dicho proceso lo
constituye los planes de desarrollo concertados como instrumento orientador
para el cambio progresivo y continuo hacia mejores niveles en la calidad de
vida de los habitantes de un territorio y de las capacidades para su
desarrollo; permite fijar prioridades en el proceso del Presupuesto Participativo
y soluciones a los problemas fundamentales.
Que, asimismo, el instructivo define
responsabilidades para una participación amplia y activa de todos los agentes
participantes en la priorización de la inversión y en las soluciones a las necesidades
fundamentales de la población, evitando la dispersión y atomización de los
recursos; y establece la priorización de problemas como tema central de los talleres.
Estando a lo dictaminado por el Consejo
de Coordinación Local Distrital, con
dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Concejo Municipal en uso de las
atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú y la Ley orgánica
de Municipalidades; ha emitido la
Ordenanza siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO PARA EL
PROCESO DEL
PRESUPUESTO PARTICIPATIVO DEL DISTRITO DE
GROCIO PRADO- AÑO 2016
ARTÍCULO PRIMERO.- Aprobar el reglamento para el proceso del presupuesto
participativo del distrito de Grocio Prado, el mismo que consta de cuatro (04)
Títu-los, cuarenticuatro (44) Artículos, cuatro (04) Disposiciones Finales y
tres Anexos, los mismos que forman parte de la presente ordenanza.
ARTICULO SEGUNDO.- Autorizar al
Alcalde a dictar las medidas y normativas complementarias para el correcto
desarrollo de las acciones de los procesos participativos en el distrito de Grocio
Prado.
ARTICULO TERCERO.- Encargar a la Gerencia Municipal y la Gerencia de planeamiento, presupuesto
y organización de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado, el cumplimiento
de la presente Ordenanza.
Por tanto:
Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cúmplase.
Luis Alfredo Tasayco Tasayco - Alcalde
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