viernes, 20 de marzo de 2015

Municipalidad Distrital de Chincha Baja


ORDENANZA MUNICIPAL N° 002-2015/MDCHB
Chincha Baja, 17  de marzo del 2015
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHINCHA BAJA
POR CUANTO:
El Concejo Municipal de Chincha Baja en Sesión Ordinaria de fecha 17 de marzo del 2015; ha aprobado el Reglamento para el Proceso del Proceso Presupuesto Participativo de la Municipalidad Distrital de Chincha Baja, para el año 2016, y;
CONSIDERANDO:
Que, los artículos  194º, 195º inciso 8º y 197º  de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley No 27680, Ley de Reforma Constitucional,  establece que  la municipalidades  provinciales y distritales son órganos de Gobierno Local,  tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con el articulo II del Título Preliminar de la Ley No 27972,  Ley Orgánica de Municipalidades (LOM), asimismo señala la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el artículo 53º de la LOM, señala que las Municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales, como instrumentos de administración y gestión, los cuales se formulan, aprueban  y ejecutan, conforme a la ley de la materia y en concordancia con los planes de desarrollo concertado de su jurisdicción;
Que, la Decima Sexta Disposición Complementaria de la LOM, señala que las Municipalidades regulan mediante Ordenanza, los mecanismos de aprobación y desarrollo de sus procesos de Presupuesto Participativo; 
Que, la Ley No 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo y su modificatoria la Ley No 29298, establece disposiciones y lineamientos, para asegurar la efectiva participación de la Sociedad Civil, en el proceso de programación y desarrollo de Presupuesto Participativo;
Que, mediante artículo 1º de la Resolución Directoral No 007-2010-ED/76.01, se aprueba el Instructivo No 01-2010-EF/76.01, para el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados, el cual forma parte de la presente Ordenanza, y tiene carácter general y permanente;
Que, la Ley No 28983, Ley de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, artículo 6º, inciso a, establece que los gobiernos locales y regionales, adoptan políticas, planes y programas en forma transversal que promuevan y garanticen la plena participación de hombres y mujeres, en la consolidación de sistema democrático;
Que, es necesario aprobar el Reglamento que regula el desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2016 de la Municipalidad Distrital de Chincha Baja y teniendo en cuenta la opinión favorable de la Oficina de Asesoría Legal;
POR CUANTO:
Estando conforme a lo establecido en los artículos 9º numerales 1 y 14, y 39º de la LOM No 27972, y a los informes técnicos y legales, el Concejo Municipal, en Sesión Ordinaria de fecha 17 de marzo del 2015, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, se aprueba por UNANIMIDAD, la siguiente Ordenanza Municipal:
Artículo Primero.- Convocar a la población debidamente organizada, a las organizaciones públicas y privadas y a la Sociedad Civil, a participar en el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2016 de la Municipalidad Distrital de Chincha Baja, Provincia de Chincha, Departamento de Ica,
Articulo Segundo.- Aprobar el Reglamento que regula el desarrollo de Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2016 en el distrito de Chincha Baja, el cual consta de tres (3) títulos y 24 artículos, conforme a lo detallado en el Anexo N° 01, que se adjunta en diez (10) folios, el cual forma parte integrante de la presente Ordenanza.
Artículo Tercero.- Aprobar el Cronograma del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2016, de manera descentralizada, el mismo que en Anexo N° 02, forma parte de la presente Ordenanza.
Artículo Cuarto.- Desarrollar el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2016, teniendo en cuenta los lineamientos de la Ley N° 28983, Ley de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres.
Artículo Quinto.-Disponer la publicación de la presente Ordenanza Municipal en los medios de comunicación disponibles y en el portal Web de la institución.
Artículo Sexto.- Encargar el cumplimiento de la presente disposición, al Jefe de la Oficina de Planificación, Presupuesto y Racionalización y demás organismos de la Municipalidad de Chincha Baja.
Regístrese, publíquese, comuníquese, cúmplase
OSCAR W. ROJAS ORMEÑO
ALCALDE

REGLAMENTO  DEL  PROCESO DEL  PRESUPUESTO  PARTICIPATIVO BASADO  EN  RESULTADOS  PARA  EL  AÑO FISCAL  2016 DE LA
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHINCHA BAJA
TITULO I
DEL  PROCESO  DEL  PRESUPUESTO  PARTICIPATIVO
Artículo 1º.- PRESUPUESTO PARTICIPATIVO  BASADO EN  RESULTADOS
El Presupuesto Participativo basado en Resultados, se enmarca en el nuevo enfoque de Gestión Pública y se orienta a mejorar las condiciones de vida de la población, constituyéndose en el eje del accionar público. Para tal fin los presupuestos se estructuran en función a la producción de bienes y servicios que la población recibe para lograr los resultados. El Presupuesto Participativo debe garantizar la dotación de recursos necesarios para poder desarrollar los productos, lo que incluye recursos humanos, insumos materiales y bienes de capital que sean necesarios.
El marco del Presupuesto por Resultados es el siguiente:
·   Reducción de la desnutrición crónica infantil y muerte materna y neonatal
·   Acceso a los servicios públicos básicos, telecomunicaciones y energía rural.
·   Mejora en logros de aprendizaje en la educación básica regular
·   Desarrollo económico productivo y acceso al mercado.
·   Gestión ambiental, mitigación de desastres y seguridad ciudadana.
·   Gestión de recursos hídricos y manejo de cuencas.
Asimismo se tendrá en cuenta el logro de resultados a favor de la población en los siguientes aspectos:
·   Atención prioritaria a la población rural. MYPES y cooperativas.
·   Control del crecimiento y desarrollo infantil(CRED)
·   Municipios y barrios saludables.
·   Sanidad agropecuaria.
·   Seguridad alimentaria y articulación nutricional.
·   Atención prioritaria a la población en riesgo: niñas, niños, mujeres, personas en discapacidad y adulto mayor.
Artículo 2º.-  DEFINICIÓN DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO
Es un mecanismo de asignación equitativa, racional, eficiente, eficaz y transparente de recursos públicos, que fortalece las relaciones entre el Estado y la Sociedad Civil, para ello e Gobierno Local debe promover  mecanismos y estrategias de participación en la programación del presupuesto municipal así como en la vigilancia y fiscalización de la gestión de los recursos  públicos.
Artículo 3º.- LOS OBJETIVOS DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO.-
1.- Mejorar la eficiencia en la asignación y ejecución de los recursos públicos, de acuerdo a las prioridades consideradas en el objetivo de los Planes de Desarrollo Concertado en los Programas Estratégicos del Presupuesto por Resultados.
2-Reforzar la relación entre el Estado y la Sociedad Civil, introduciendo formalmente, en el ámbito de la gestión pública, mecanismo que permiten mejorar la focalización de la inversión pública hacia aquellos grupos de la población con mayores carencias en servicios básicos.
3.- Comprometer a la Sociedad Civil en las acciones a desarrollar para el cumplimiento de los objetivos estratégicos del Plan de Desarrollo Concertado, creando conciencia respecto de los derechos y obligaciones que los ciudadanos tienen como contribuyentes y como actores en la implementación de las acciones del Estado y la Sociedad en su conjunto.
4.-Reforzar el seguimiento, control, vigilancia y rendición de cuentas de la ejecución del presupuesto, orientada a mejorar la efectividad de la acción del Estado en el logro de los resultados.
Artículo 4º.-  BASE LEGAL
El Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo basado en Resultados para el año 2016, se sustenta en los dispositivos legales  vigentes:
·   Constitución Política del Perú.
·   Ley Nº 27680 de Reforma  Constitucional Capítulo XIV Título IV sobre Descentralización
·   Ley N° 27783-Ley de Bases de Descentralización.
·   Ley N° 27972-Ley Orgánica de Municipalidades y Modificatorias.
·   Ley N° 28056-Ley Marco del Presupuesto Participativo.
·   DS N°142-2009-EF Reglamento de la Ley  Marco del Presupuesto Participativo.
·   Ley Nº 29298  Ley que modifica la Ley Marco del Presupuesto Participativo
·   Ley N° 27293-Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, su Reglamento,
·   Ley Nº 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto
·   Ley N° 30281-Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2015
·   Ley N° 27806-Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
·   Ley N° 26300-Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos.
·   D.S. No 097-2009-EF Criterios de Impacto de los proyectos de inversión en los procesos participativos
·   Resolución Directoral No025-2009-EF/76.01 Implementación progresiva de la Directiva No 002-2009-EF/76.01Directiva para la programación y formulación del Presupuesto del Sector Publico –Enfoque por Resultados”.
·   Instructivo N° 001-2010-EF/76.01 Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo   Basado   en   Resultados, aprobado  por  Resolución Directoral  No 007-2010-EF/76.01
Artículo 5º.-  PRINCIPIOS RECTORES
Para el desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo basado en Resultados se debe tener en cuenta los principios Rectores señalados en la Ley No 28056 Ley Marco de Presupuesto Participativo.
1.-Participacion.- Los gobiernos regionales y locales promueven el desarrollo de mecanismos y estrategias de participación de la Sociedad Civil.
2.- Transparencia.-Los presupuestos de los gobiernos regionales y gobiernos locales son objeto de difusión por todos los medios posibles de información.
3.-Igualdad.- Las organizaciones de la Sociedad Civil, tienen las mismas oportunidades para intervenir y participar sin discriminación de carácter político, ideológico, religioso, racial o de otra naturaleza en los procesos de planificación y presupuesto participativo.
4.-Tolerancia.- Es la garantía de reconocimiento y respeto a la diversidad de opiniones, visiones, posturas de quienes conforman la sociedad, que permite realizar consensos.
5.- Eficacia y eficiencia.-  Los gobiernos regionales y gobiernos locales, organizan su gestión en torno a objetivos y metas establecidos en los planes concertados y presupuestos participativos, desarrollando estrategias para la consecución de los objetivos trazados y con una óptima utilización de los recursos.
6.- Equidad.- Igual acceso a las oportunidades, sin discriminación e inclusión de grupos y sectores sociales que requieren ser atendidos de manera especial.
7.- Competitividad.- Promoción de la producción y su articulación a los  ejes de desarrollo o corredores económicos así como la ampliación de mercados internos y externos, en un entorno de innovación, de calidad de alianzas y acuerdos entre los sectores públicos  y privados
8.- Respeto a los acuerdos.-Se fundamenta en el cumplimiento de los acuerdos  y compromisos concertados.
Artículo 6º.- FASES DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO
El Proceso del Presupuesto Participativo se desarrollara de acuerdo a la normatividad vigente, teniendo en cuenta las siguientes fases:
1.- Preparación.- Comprende las acciones de comunicación, sensibilización, convocatoria, identificación y registro de los Agentes Participantes y capacitación.
2.- Concertación.- Comprende las actividades de Desarrollo de Talleres de Trabajo y Formulación de los Acuerdos y Compromisos.
3.- Coordinación entre Niveles de Gobierno.- Implica las acciones de coordinación y articulación entre el Gobierno Local Distrital, con los niveles de gobierno provincial y regional, para definir acciones de intervención en el área de su competencia, teniendo en cuenta el interés general.
4.- Formalización.- Es la fase de coordinación para la inclusión de proyectos de inversión pública en el Presupuesto Institucional de Apertura y Rendición de Cuentas sobre el cumplimiento de los acuerdos y compromisos asumidos en el año anterior.
Artículo 7º.- ROL DE LOS ACTORES DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO.
a.- Alcalde Distrital.-
·   Convoca las reuniones del proceso del Presupuesto Participativo en su condición de Presidente del Consejo de Coordinación Local Distrital.
·   Organiza las actividades del proceso del Presupuesto Participativo, dando a conocer al público a través de todos los medios de comunicación a su alcance.
·   Propone para consideración, para atención en el proceso del Presupuesto Participativo, los proyectos prioritarios a favor de la población.
·   Propone la cartera de proyectos de inversión de competencia e impacto distrital a ser sometida en el Presupuesto Participativo, señalando explícitamente el resultado prioritario correspondiente.
·   Determina e informa a los Agentes Participantes, el porcentaje del Presupuesto Institucional que se destinara al financiamiento de los proyectos de inversión que se prioricen en el proceso del Presupuesto Participativo.
·   Dispone las medidas necesarias para el cumplimiento de los acuerdos adoptados en el proceso del Presupuesto Participativo.
·   Rinde cuentas a los Agentes participantes, sobre el cumplimiento de los acuerdos y compromisos asumidos en el año anterior.
b.- Concejo Municipal.-
·   Aprueba el Reglamento y normas complementarias que se requieran para llevar adelante el proceso del Presupuesto Participativo.
·   Fiscaliza el desarrollo oportuno de cada una de las fases del proceso participativo.
·   Vela por el cumplimiento de los acuerdos y compromisos asumidos por el Gobierno Local.
c.- Consejo de Coordinación Local Distrital (CCL).
·   Participar y promover activamente el desarrollo del proceso participativo.
·   Responder a las convocatorias que realizan las autoridades del Gobierno Local.
·   Coordinar la incorporación en el presupuesto institucional de apertura, los proyectos priorizados en el proceso del Presupuesto Participativo.
·   Apoyar al Comité de Vigilancia, para el cumplimiento de las acciones acordadas en el proceso del Presupuesto Participativo.
d.- Agentes Participantes.
·   Registrarse para participar en el proceso participativo, cumpliendo los requisitos establecidos en el presente Reglamento.
·    Participar activamente en la discusión, identificación, definición, priorización y toma de decisiones, respecto de los resultados a lograr en el proceso del Presupuesto Participativo.
·   Proponer los proyectos prioritarios para el logro de resultados, teniendo en cuenta los objetivos estratégicos del Plan de Desarrollo Concertado Local.
·   Suscribir las Actas de Acuerdos y Compromisos y demás instrumentos que garanticen la formalidad del proceso participativo.
·   Elegir democráticamente a los integrantes del Comité de Vigilancia del Presupuesto Participativo, teniendo en cuenta la equidad de género y el carácter inclusivo.
e.- El  Equipo Técnico.
·   Es presidido por el Jefe de la Oficina de Planificación, Presupuesto y Racionalización del Gobierno Local.
·   Brinda apoyo y soporte técnico para la organización y desarrollo del proceso.
·   Facilita la información para el desarrollo de los talleres de trabajo
·   Realiza la evaluación técnica financiera de los proyectos propuestos.
·   Prepara y presenta a la Jefatura de la Oficina de Planificación, Presupuesto y Racionalización del Gobierno Local, el listado de proyectos que aprobaron la evaluación.
f.- Jefatura de la Oficina de Planificación, Presupuesto y Racionalización-
·   Proponer a las instancias correspondientes el Presupuesto Institucional de Apertura, incorporando los proyectos priorizados en el proceso del Presupuesto Participativo.
·   Remitir copia del Acta de Acuerdos y Compromisos, así como el documento del proceso a la Dirección General del Presupuesto Público del MEF.
·   Mantener actualizado el Aplicativo Interactivo (Presupuesto Participativo – Portal Web del Ministerio de Economía y Finanzas), en las diversas fases del proceso.
g.- El Comité de Vigilancia.
·   Vigila el cumplimiento de los acuerdos del Presupuesto Participativo
·   Informa al Concejo Municipal, Consejo de Coordinación Local y otras instancias públicas, en caso de incumplimiento de los Acuerdos
ARTÍCULO 8º.- DE LA CAPACITACIÓN.-
Durante el desarrollo del proceso, el Gobierno Local, implementara actividades y programas de capacitación dirigido a los Agentes Participantes y la población en general, en temas relacionados con el proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados, para  lo cual podrá coordinar con  instancias públicas y reconocidas organizaciones de la Sociedad Civil.
 ARTÍCULO 9º.- FINANCIAMIENTO PARA LOS PROYECTOS DE INVERSIÓN DEL PROCESO.
El proceso del Presupuesto Participativo Distrital, se sustenta en la disponibilidad de  recursos que asigna el Ministerio de Economía y Finanzas, asimismo las asignaciones de los otros niveles de gobierno y  los aportes voluntarios de la Sociedad Civil para el financiamiento de los proyectos de inversión a través de aportes de recursos financieros, materiales, mano de obra u otros similares a fin de ampliar la capacidad de atención de las demandas, orientadas a la mejora de la calidad de vida de la población.
El titular del pliego, informa el porcentaje del Presupuesto Institucional en gasto de inversión que corresponderá al Presupuesto Participativo, conforme a lo establecido en el Instructivo del Presupuesto Participativo. El monto respectivo debe ser difundido en el portal electrónico de la Entidad.
ARTÍCULO 10º.- PRIORIZACIÓN DE LOS PROYECTOS DE INVERSIÓN DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO VINCULADA A LA PROGRAMACIÓN Y FORMULACIÓN PRESUPUESTARIA DE  GOBIERNO LOCAL.
Se deberá tener en cuenta lo siguiente:
1.- Proyectos en ejecución (Incluye proyecto de cofinanciamiento) en el siguiente orden:
·   Proyectos en liquidación
·   Proyectos en ejecución física
·   Proyectos con Buena Pro
·   Proyectos en proceso de licitación o concurso
·   Proyectos con expediente técnico aprobado
·   Proyectos con expediente técnico en elaboración.
2.- Proyectos de inversión con viabilidad. Tendrán preferencia los proyectos que estén vinculados al cumplimiento de un Programa Estratégico y/o que tengan mayor rentabilidad social.
3º.- Proyectos de Inversión priorizados en el marco del Presupuesto Participativo contenidos en el Acta de Acuerdos y Compromisos, que cuenten con perfil registrados en el Banco de Proyectos de Inversión
ARTÍCULO 11º.- COMPETENCIAS DEL GOBIERNO LOCAL DISTRITAL
Entre las competencias que tiene el Gobierno Local, vinculadas al rubro de inversiones, están las siguientes:
·                      Promover y ejecutar las inversiones públicas en proyectos de infraestructura urbana, energía, comunicaciones y de servicios básicos del ámbito distrital, con estrategias de sostenibilidad, competitividad, oportunidades de inversión privada, dinamización de mercados y rentabilidad.
·   Promover y desarrollar proyectos de desarrollo económico productivo local, orientados al mercado nacional y a los mercados internacionales, en agricultura, agroindustria, artesanía, gastronomía, turismo, forestal, pesquería y otros sectores productivos de acuerdo a sus potencialidades
·   Promover el apoyo y modernización de la pequeña y micro empresas articuladas a la generación de empleo.
·   Promover y/o ejecutar directamente infraestructura educativa y mejora de los servicios en los niveles inicial, primaria, secundaria y superior no universitaria, orientados a potenciar la formación para el desarrollo.
·   Promover la construcción de infraestructura, equipamiento y dotación de personal profesional a los establecimientos de salud para mejorar la salud pública.
·   Gestión sostenible de los recursos naturales y mejoramiento de la calidad ambiental
·   Preservación y administración de las reservas naturales protegidas.
·   Difusión de la cultura y potenciación de todas las instituciones artísticas y culturales del distrito
·   Participación ciudadana alentando la concertación entre los organismos del Estado y las entidades privadas.
·   Concretar acuerdos con otros gobiernos locales y la región para fomentar el desarrollo económico, social y ambiental.
TITULO II
DE  LA CONVOCATORIA  AL  PROCESO DEL PRESUPUESTO  PARTICIPATIVO
Artículo 12º.- DE LA CONVOCATORIA AL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO
El Gobierno Local, representado por su alcalde, en su calidad de Titular del Pliego y en coordinación con los miembros del Consejo de Coordinación Local, convoca al Proceso del Presupuesto Participativo, haciendo uso de los medios de comunicación más adecuados, asimismo de ser necesario y pertinente, concertara con otras entidades y organizaciones para su participación en la organización y desarrollo del proceso.
Artículo 13º.- INSTANCIAS DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO.
Están constituidas con el Consejo de Coordinación Local (CCL), el Jefe de la Oficina de Planificación, Presupuesto y Racionalización del Gobierno Local, quienes deben coordinar, concertar, liderar y monitorear para garantizar el desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo.
Artículo 14º.-  DE LA PARTICIPACIÓN EN EL  PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO.
Pueden participar en el Proceso del Presupuesto Participativo:
a.- Los miembros del Concejo Municipal y del Consejo de Coordinación Local.
b.- Representantes de las entidades públicas que desarrollan actividades, programas o proyectos en el ámbito del distrito: Gobierno Nacional, Regional, Municipalidad Provincial y otras
c.- Representantes de las ONG e instituciones privadas con sede en el distrito.
d.- Los representantes de las organizaciones e instituciones de la Sociedad Civil, elegidos democráticamente por sus bases y registrados en la Municipalidad para el proceso participativo.
e.- El Equipo Técnico, da soporte técnico y participa en el proceso con voz pero sin voto.
ARTÍCULO 15º.- REQUISITOS PARA EL REGISTRO DE LOS AGENTES PARTICIPANTES.
A.- De los Requisitos:
Los Agentes participantes deberán presentar la siguiente documentación:
1.- Solicitud de inscripción dirigida al Alcalde Distrital, según modelo que distribuirá gratuitamente la Municipalidad, en donde debe consignarse los siguientes datos:
a.- Nombre de la organización de ámbito distrital.
b.- Domicilio legal de la organización.
c.- Datos personales del representante.
2.- Copia fotostática del Acta de elección o documento de designación del representante para el proceso del Presupuesto Participativo Las representantes de las entidades públicas deben presentar oficio suscrito por la Jefatura de la institución.
3.-  Ficha de la propuesta del proyecto de inversión de impacto o competencia distrital.
B.- De la inscripción y registro.
La presentación de la solicitud de inscripción y requisitos se realizara en la Oficina de la Sub Gerencia de Participación Vecinal y Centros Poblados de la Municipalidad, la cual elaborara el Registro Único de Agentes Participantes que hayan cumplido con la presentación de los requisitos y remitir al titular del pliego para la aprobación mediante resolución de alcaldía y la expedición de la correspondiente credencial.
Artículo 16º.- METODOLOGÍA DE PARTICIPACIÓN EN EL PROCESO PARTICIPATIVO
16.1.-De la obligatoriedad.
a.- Para participar en el Proceso de Presupuesto Participativo, es obligatorio que los Agentes Participantes este inscritos y registrados.
b.- Los agentes Participantes, deben participar en todos los talleres y reuniones de trabajo que convoque el Gobierno Local para el Proceso del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2016,  en las fechas, horarios y lugares previstos en el Cronograma.
c.- Cada Agente Participante contara con una Credencial que lo acredite, otorgada por la Oficina de Planificación y Presupuesto, suscrita por el Alcalde.
d.- Solo participaran en el Taller de Trabajo de Priorización y asignación de Recursos a los proyectos, los Agentes participantes que hayan participado en las reuniones de capacitación y sensibilización, según el Cronograma del Proceso Participativo.
e.- Los Agentes participantes están en la obligación de respetar los principios rectores de Proceso del Presupuesto Participativo y del presente Reglamento.
16.2.- Del tiempo y forma de intervención en el desarrollo de los Talleres de Trabajo y reuniones.
a.- Los Agentes participantes podrán hacer uso de la palabra hasta dos (2) veces por cada tema, con un tiempo máximo de tres (3) minutos en la primera vez y dos (2) minutos la segunda vez.
b.- Los Agentes Participantes, para participar en el debate se regirán por el orden de participación que le asigne el Facilitador. Las intervenciones serán únicamente sobre los temas de la agenda.   
16.3.- De la toma de decisiones.
Las decisiones que se toman en los Talleres de Trabajo, deberán ser adoptadas por consenso o en votación por mayoría simple de los Agentes Participantes acreditados.
a.- Las votaciones serán públicas y a mano alzada.
b.- Están habilitados para votar solo los Agentes participantes acreditados.
c.- Se computara un voto por Agente Participante presente, no se admitirá representación adicional de ningún tipo.
d.- Los miembros del Consejo de Coordinación Local (CCL) tendrán voz y voto.
e.- Los integrantes del Equipo Técnico tendrán voz pero no voto.
Artículo 17º.- ELECCIÓN DEL COMITÉ DE VIGILANCIA DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO
·   Los Agentes Participantes acreditados presentaran las propuestas de representantes para que integren el Comité de Vigilancia del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2016.
·   La votación será pública y a mano alzada, entre los candidatos propuestos para cada cargo.
·   Se elegirán tres titulares y tres suplentes.
·   Los requisitos para ser elegido miembros del Comité de Vigilancia son:
a.- Ser Agente Participantes acreditado y representar a una organización social de base o institución privada de ámbito distrital.
b.- Radicar en el ámbito distrital.
c.- No haber sido condenado por delitos o faltas.
Los representantes de las instituciones públicas no podrán ser elegidos para integrar el Comité de Vigilancia.

TITULO III
DEL DESARROLLO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO
Artículo 18º.- DE LOS TALLERES DE SENSIBILIZACIÓN Y CAPACITACIÓN
El proceso del presupuesto participativo se realizara de manera descentralizada, mediante el desarrollo de Talleres de Sensibilización y Capacitación en las principales localidades de la jurisdicción distrital., en donde se realizaran las siguientes actividades:
a.- Sensibilización a la población sobre derechos y obligaciones de los ciudadanos como actores en el desarrollo de su distrito.
b.- Capacitación sobre proceso participativo por resultados,   visión y objetivos estratégicos del  plan de desarrollo concertado y otros.
c.- Diagnostico e identificación de los problemas y necesidades de la población de cada localidad.
d.- Validación de la matriz de criterios de calificación de las propuestas de proyectos.
e.- Selección y priorización de propuestas de proyectos para el presupuesto participativo
f.- Elección de delegados para los Talleres distritales del proceso participativo.
g.- Seguimiento, control, vigilancia y rendición de cuentas de la ejecución del presupuesto participativo.
Artículo 19º.- DE LOS TALLERES DE TRABAJO DISTRITAL
Se desarrollaran Talleres de Trabajo Distrital, con la participación de los Agentes Participantes y delegados elegidos democráticamente en cada uno de las localidades.
Los temas que se trataran en los Talleres de Trabajo Distrital serán los siguientes:
1Rendición de Cuentas por el Alcalde sobre la ejecución del presupuesto participativo de año anterior.
2.- Informe de techos presupuestales para inversión
3.- Calificación y priorización de las propuestas de proyectos presentados por los Agentes Participantes.
4.- Selección de proyectos de impacto para su presentación en el Presupuesto Participativo provincial y regional
5.- Asignación de recursos a los proyectos priorizados
6.- Elección de los miembros del Comité de Vigilancia para el Año Fiscal 2016
Artículo 20º.- FORMALIZACIÓN DE ACUERDOS Y COMPROMISOS
Los miembros del Consejo de Coordinación Local y los Agentes Participantes acreditados, formalizan los Acuerdos y Compromisos firmando el Acta respectiva, la cual se remitirá a la Contraloría General de la Republica, a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la Republica del Congreso y a la Dirección Nacional del Presupuesto Público del MEF.
Copia de los resultados del Proceso del Presupuesto Participativo serán entregados al Comité de Vigilancia, a los miembros del CCL y difundidos a través del portal institucional y otros medios de comunicación.
Artículo 21º.-  DEL RESPETO DE LOS ACUERDOS Y COMPROMISOS.
Los organismos de la Municipalidad encargado de la Formulación de los proyectos, están obligados a respetar los acuerdos y compromisos, establecidos en el Acta de Formalización, bajo responsabilidad  funcional.
Si en la etapa de ejecución, algunos de los proyectos no puede ser ejecutado, el Alcalde dispondrá el reemplazo de dicho proyecto por otro, según la escala de prioridades establecida participativamente durante el proceso, lo que deberá hacerse en coordinación con el Consejo de Coordinación Local y el Comte de Vigilancia.
Artículo 22º.- DE LA PUBLICACIÓN EN EL APLICATIVO WEB DEL MEF
Los resultados del Proceso del Presupuesto Participativo, deben ser publicados en el Aplicativo Web del Ministerio de Economía y Finanzas.
Artículo 23º.- VIGENCIA DEL REGLAMENTO.
El presente Reglamento tendrá vigencia durante el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año fiscal 2016
Artículo 24º.-  DE LOS ASPECTOS NO CONSIDERADOS.
Los aspectos no considerados en el presente Reglamento se sujetaran a la Ley Marco del Presupuesto Participativo y su Reglamento, y sus respectivas modificatorias, y al instructivo emitido por el Ministerio de Economía y Finanzas.

Chincha Baja, 17 de marzo 2015

PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO
EN RESULTADOS AÑO FISCAL 2016
----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
CRONOGRAMA
----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
FECHA  HORA          ACTIVIDAD                                LOCALIDAD RESPONSABLE
----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
16/03/15          Designación del Equipo Técnico para el proceso participativo 2016             Alcalde Distrital
17/03/15 5 pm Reunión del Equipo Técnico y Concejo de Coordinación Local Distrital     Alcalde Distrital
17/03/15 7 pm Aprobac. del Reglamento para el proceso del PP para el Año Fiscal 2016   Concejo Municipal
----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Del 23 al  Convocatoria al proceso del PP para el Año Fiscal 2016       Alcalde Distrital
 01/04      Inscripción y registro de Agentes Participantes para el        Mesa de Partes
 proceso del  PP 2016  (En el horario de  8.00 a.m. a 3.00 p.m.)                    
----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Del 07 al   DESARROLLO DE TALLERES DE SENSIBILIZACION Y CAPACITACION EN LOS
28/04/15    PRINCIPALES CENTROS POBLADOS DEL DISTRITO DE CHINCHA BAJA
----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
FECHA                                  ACTIVIDAD              LOCALIDAD RESPONSABLE
----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
07/04      05.00 p.m.  Primer Taller de Trabajo del proceso del PP 2016       Lurinchincha   Facilitador
09/04      05.00 p.m.  Segundo Taller de Trabajo del proceso del PP 2016  Sta. Rosa         Facilitador
11/04      05.00 p.m.  Tercer Taller de Trabajo del proceso del PP 2016        Canyar                    Facilitador
14/04     05.00 p.m.   Cuarto Taller de Trabajo del proceso del PP 2016       Collazos          Facilitador
16/04     05.00 p.m.  Quinto Taller de Trabajo del proceso del PP 2016        Verdum            Facilitador
18/04     05.00 p.m.  Sexto Taller de Trabajo del proceso del PP 2016                Pozuelo           Facilitador
21/04     05.00 p.m.  Séptimo Taller de Trabajo del proceso del PP 2016     Campo Alegre  Facilitador
23/04     05.00 p.m.  Octavo Taller de Trabajo del proceso del PP 2016     Pedregal             Facilitador
25/04     05.00 p.m. Noveno Taller de Trabajo del proceso del PP 2016       Salas                Facilitador
28/04  05.00 p.m.  Noveno Taller de Trabajo del proceso del PP 2016            Cercado                Facilitador

Temario:
1.- Registro  de los agentes participantes                                     Equipo Técnico
2.- Sensibilización y capacitación a los Agentes Participantes
sobre el Proceso del Presupuesto  Participativo por resultados        Facilitador
3- Identificación de problemas y necesidades del Anexo y aledaños Facilitador
4.-Validación de la matriz de criterios de calificación de las
propuestas de proyectos                                                           Facilitador
5.- Revisión  de la visión y objetivos estratégicos del  plan de
desarrollo concertado                                                                Facilitador
----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
DEL 07 AL 22/05/15 TALLERES DE TRABAJO DISTRITAL DEL PP BR  PARA EL AÑO FISCAL  2016         

07/05 03.00 p.m. Primer Taller de Trabajo Distrital del proceso del PP 2016: Cercad Equipo TécnicoTemario:
1.-Registro y acreditación de los agentes participantes  hábiles       Equipo Técnico
2.- Recepción de propuestas de proyectos prioritarios en los
     centros poblados                                                                 Equipo Técnico
3.- Informe de los techos presupuestales para inversión en el 2016 Asesor Contable
4.- Elección de los integrantes del Comité de Vigilancia para el año 2016   Facilitador
----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
15/05  03.00 p.m. Segundo Taller de Trabajo Distrital del proceso del PP 2016:              Equipo Técnico
Temario:
1.- Rendición de Cuentas  del presupuesto participativo 2014 y Avances PP 2015           Alcalde y Contador
2.- Calificación y selección de proyectos por ejes temáticos para el PP 2016                   Facilitador
      Según los criterios de la matriz de calificación
-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
22/05               03.00 p.m. Tercer Taller de Trabajo Distrital del proceso del PP 2016:    Equipo Técnico
Temario:
1.- Informe de la evaluación técnico financiera y viabilidad de proyectos                                Equipo Técnico
2.- Priorización  de proyectos  para el PPbR para el Año Fiscal  2016                                     Facilitador
a.-  Proyectos en idea para elaboración de estudios de pre inversión
b.- Proyectos con perfiles viables para ejecución de obra nueva
 c.-  Proyectos para presentación en el PP 2016 provincial y regional
3.- Suscripción del Acta de Formalización de Acuerdos y Compromisos                           Agentes Participantes
-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
29/05  Presentación del Informe Final del Proceso del Presupuesto Participativo 201   Equipo Técnico
29/05 Publicación en el Portal Web             del MEF y presentación físico a la DGPP          Equipo Técnico 


0 comentarios:

Publicar un comentario

Con la tecnología de Blogger.