ACUERDO DE
CONCEJO No. 008-2015-A/MPCH.
Chincha
Alta, 27 de Enero de 2015
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
Visto; el Informe
No. 021-2015-GM/MPCH, de fecha 13 de Enero de 2015, suscrito por la Gerente
Municipal, sobre informe No. 013-2015-GPP/MPCH de la Gerencia de Presupuesto y
Planificación e Informe Legal No. 015-2015-GAJ/MPCH de la Gerencia de Asesoría
Jurídica, relacionado a la determinación del Porcentaje del Rubro de Financiamiento
de FONDO DE COMPENSACION MUNICIPAL -FONCOMUN.
Que,
el Articulo 1 94° de la Constitución Política del Perú, modificado por el
Artículo Único de la Ley No. 28607, en concordancia con el Artículo II del
Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipales N° 27972, señala "Que
las Municipalidades Provinciales y Distritales como órganos de Gobierno Local,
tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia'',
Que,
la Gerencia de Planificación y Presupuesto con informe No. 13-2015-GPP/MPCH, de
fecha 12 de enero de 2015, comunica que con Resolución No. 020-2015-A/MPCH, de
fecha 05 de enero de 2015 fue aprobado el Presupuesto Institucional de Apertura
año 2015 de la Municipalidad Provincial de Chincha por un monto de s/. 37´728,251.oo nuevos
soles, tanto en los ingresos como en los egresos y fue remitido a la
Contraloría General de la Republica, Dirección General de Presupuesto – Ministerio
de Economía y Finanzas y la Comisión de Presupuesto del Congreso de la
Republica conjuntamente con el consolidado Provincial.
Que,
en base a los Ingresos programados en el Presupuesto Institucional de Apertura
para el año fiscal 2015 por los diferentes Rubros de Financiamiento y con el
75% del Fondo de Compensación Municipal (8'595,68.00) programado para los
Gastos Corrientes de la Municipalidad se cumplirá con el pago de planillas del
Personal Administrativo y de Limpieza Pública, sus gratificaciones, aguinaldos
y escolaridad, vacaciones adicionales por pactos colectivos, remuneración del Alcalde
,dieta de Regidores y otros gastos adicionales que comprenden los pactos
colectivos de los empleados y los obreros. Igualmente los pagos de los Pensionistas
y Programas Sociales, Bienes y Servicios importantes para la operatividad y
funcionalidad de la Municipalidad, pago al Consejo Nacional de Tasaciones Gastos
por Sentencias Judiciales y lo programado para gastos de Inversión comprometiéndose
el total de lo programado para el año 2015 por la suma de S/ 37'728,251.00.
Que,
la Gerencia de Presupuesto y Planificación comunica que a pesar que con lo programado con los Rubros
de Ingresos Propios, el Fondo de Compensación Municipal, los Recursos
Ordinarios el Canon y sobre Canon se pretenderá cumplir con los compromisos de
gastos destinados en el Presupuesto Institucional de Apertura año 2015 existen
compromisos de gastos que por la baja recaudación de los ingresos propios y por
falta de liquidez no se ha considerado en el Presupuesto Institucional de
Apertura año 2015 y que no se podrá cumplir con sus pagos sino se aplica una
solución a este problema financiero que existe en la Municipalidad.
Que
con informe No. 007-2015-SGC/MPCH de fecha 09 de Enero del presente año la
Subgerencia de Contabilidad informa que la Municipalidad Provincial de Chincha
tiene una deuda con la SUNAT fraccionado por 5/ 18'714,288.00 Nuevos Soles en
180 cuotas de S/227,783.00 Nuevos Soles mensuales, que programados para el año
2015 hace la suma de S/ 2'733,396.00 más las dos cuotas pendientes del año 2014
de S/ 455,566.00 Nuevos Soles haciendo un total de S/3'188,962.00 y que se debe
de programar en el Presupuesto Institucional de Apertura año 2015 de la
Municipalidad Provincial de Chincha,
para su cumplimiento de pago de acuerdo al convenio firmado con la SUNAT
aprobado por Acuerdo de Consejo N°005-2014-MPCH acogimiento a la deuda
tributaria con la SUNAT referente al pago fraccionado del sinceramiento de la
deuda Municipal establecida por la Ley N° 30059 y su Reglamento y que dichos
pagos serán financiados por el Rubro 07 Fondo de Compensación Municipal y que
con el porcentaje del 75% del Fondo de Compensación Municipal destinado para
los Gastos Corrientes, lo que hace IMPOSIBLE
programar dicho monto en el Presupuesto año 2015 para el cumplimiento del pago.
De la misma manera informa que la
Municipalidad tiene una deuda con la AFP
por un monto de 5/2'003,996.96 Nuevos soles y una deuda con ESSALUD-Seguro
Asistencial por S/2'180,302.00 Nuevos Soles por concepto de Asistencia médica,
maternidad, lactancia, sepelio que también no han sido programados en parte en
el Presupuesto Año 2015 de la Municipalidad Provincial de Chincha por falta de
Disponibilidad Financiera en la Institución.
Que,
de la misma manera se hace de conocimiento que con Resolución Directoral N°.
025-2014- EF/50.01 emitida por la Dirección General de Presupuesto hacen una
REDUCCION del Marco Presupuestal en los Gobiernos Locales siendo la Municipalidad
perjudicada por: FON COMÚN se redujo !a suma de 5/ 52,481.00 quedando la suma
de S/ 11'325,901.00 CANON SOBRECANON REGALIAS se redujo la suma de
5/3'945,454.00 quedando la suma de S/15'068,211.00.
Que, para poder cumplir con los compromisos de
gastos antes indicados y que es imposible a la fecha programar con lo destinado
de ingresos propios y el 75% del Fondo de Compensación Municipal para Gastos Corrientes
en el Presupuesto año 2015 se deberá aplicar una solución a este problema de
DEFECIT FINANCIERO que tiene la Municipalidad la cual la Gerencia de
Planificación y Presupuesto al amparo que faculta el Artículo 62 de la Ley N°.
28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto Articulo 32, numeral 7 y
11 del Reglamento de Organización y Funciones(ROF) y el Manual de Organización
y Funciones (MOF) vigente recomienda lo siguiente:
1.-Minimizar
los gastos Administrativos aplicando las medidas de Austeridad y Racionalidad
en el presente año en las siguientes partidas: -Minimizar el combustible de las
móviles utilizados por los Funcionarios. -Limitar los Gastos y Celebraciones
-Apoyos Sociales y Subvenciones Económicas prioritarios -Comisión de Servicios
los necesarios y Urgentes -Teléfono Móviles los necesarios -Racionar el consumo
de Energía
2.-Que
la Gerencia de Rentas aplique en coordinación con la Gerencia Municipal un
Programa de Reactivación Económica para obtener mayores ingresos y de esta
manera cumplir en parte algunos compromisos de los pagos indicados.
3.-Recomendar
si fuera posible en ampliar en mayor porcentaje posible del 25% (2'831.476.00)
más de lo aprobado(75%), destinando el 100% del Fondo de Compensación Municipal
para gastos corrientes en el Ejercicio Presupuestal año 2015 que servirá para
cumplir con los pagos de las cuotas comprometidas con la SUNAT y que deberá ser
aprobado por Acuerdo de Consejo tal como lo establece la Ley No. 27783 Ley de
Bases de la Descentralización, Art. 47° que indica "Que a partir del
Ejercicio Presupuestal 2003 los Recursos del Fondo de Compensación Municipal
que perciban las Municipalidades serán utilizados para los fines que por
ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL serán acorde a sus propias necesidades reales,
determinándose los porcentajes de aplicación para gastos corrientes e inversión
y los niveles de responsabilidad correspondientes. Igualmente la Ley N° 27630
que modifica el artículo 89° del Decreto Legislativo No. 776, que establece que
los recursos que reciban las Municipalidades por el Fondo de Compensación
Municipal serán utilizados íntegramente para los fines que determinen los Gobiernos
Locales y que será aprobado por ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL y acorde a sus
propias necesidades. El Consejo Municipal fijara anualmente la utilización de
dichos recursos en porcentaje para gastos corrientes o inversiones determinando
los niveles de responsabilidad correspondientes.
4.-
Que se está demostrando que la Municipalidad Provincial de Chincha se encuentra
en un DEFECIT ECONÓMICO FINANCIERO debido a la baja recaudación de sus Ingresos
Propios y los mayores compromisos de gastos que no es posible el cumplimiento
de sus pagos, se recomienda en declarar en Restructuración y /o Reorganización
Económica Financiera a la Municipalidad Provincial de Chincha para poder
cumplir el punto (3) aplicando el Artículo 41°,
numeral 2, de la Ley No. 28411 Ley General del Sistema Nacional de
Presupuesto.
5.-
Poner en conocimiento a la Gerencia de Acondicionamiento Territorial y de la
Oficina de Programa de Inversiones de las modificaciones porcentuales que se
realizaran en el Rubro de Fondo de Compensación Municipal para que determine en
coordinación con la Alta Dirección los montos de inversión de los proyectos que
serán destinados para los gastos corrientes.
6.-
Solocitar a la Gerencia de Asesoría Jurídica el Informe Legal sobre la FACTIBILIDAD
de lo recomendado por la Gerencia de Planificación y Presupuesto y poner en consideración
al CONSEJO MUNICIPAL para la aprobación correspondiente y de esta manera se
podría cumplir con los compromisos de pagos referente al fraccionamiento de
pagos contraídos con la SUNAT y otro pagos si fuera posible.
Que,
con informe No. 015-2015-GAJ/MPCH, de
fecha 12 de enero de 2015, comunica que
teniendo en consideración los hechos indicados en la parte expositiva del
Informe presupuestario, estamos frente a
hechos relevantes y objetivos, como es el caso de la rebaja de los índices de
distribución anual para el año 2015, que han sido aprobados en la Resolución
Directoral N° 025-2014-EF/50.01 emitida por la Dirección General de Presupuesto
Público por el cual se reduce el marco presupuestal, en lo que corresponde a
FONCOMUN reduciéndose la suma de S/. 52,481.00 nuevos soles y en lo que
corresponde a CANON, SOBRECANON y REGALIAS MINERAS se ha reducido un monto de
S/. 3´945,454,00 nuevos soles sumando un
total de S/. 3´997,935.00 nuevos soles.
Que,
la Asesor Jurídico manifiesta que aunado a los compromisos asumidos, como el
caso del Convenio de Fraccionamiento de pago suscrito con la SUNAT, y otros
compromisos que deba asumirse, conforme hace referencia el Informe N° 007-
2015-SGC/MPCH que lógicamente además de otras obligaciones como la deuda con
las AFPs: Seguro Asistencial ESSALUD hacen que se deben tomar las acciones
necesarias de índole presupuestaria a efecto de viabilizar el procedimiento
económico-financiero de la Entidad, cumpliendo con las recomendaciones
consideradas en el Informe de la Gerencia de Presupuesto y orientado a las normas
de austeridad en el presente ejercicio fiscal 2015. Que, asimismo en cuanto se refiere a la
Recomendación señalada en el punto 3 del Informe N° 13-2015-GPP/MPCH referente
a ampliar en mayor porcentaje posible del 25% que actualmente representa un
monto de S/. 2´831,476.00 nuevos soles, exponiendo que dicho incremento permitirá cumplir con
los pagos de las cuotas comprometidas con la SUNAT y que deberá ser aprobada
por Acuerdo de Concejo.
Qué.
Respecto al pedido de incremento de porcentaje de distribución en lo que se
refiere a inversión y gastos corrientes,
es una facultad expresa que puede adoptar el Concejo Municipal, conforme
lo señala el Artículo 89° del TUO de la Ley de Tributación Municipal D.S N° 156-2004,
señala "Los recursos que perciban las Municipalidades por el Fondo de
Compensación Municipal (FONCOMUN) serán utilizados íntegramente para los fines
que determinen los Gobiernos Locales por acuerdo de su Concejo Municipal y
acorde a sus propias necesidades reales. El Concejo Municipal fijará anualmente
la utilización de dichos recursos, en porcentajes para gasto corriente e
inversiones, determinando los niveles de
responsabilidad correspondientes,
Artículo modificado por el
Artículo 1 de la Ley N° 27630, publicada el 12 de enero de 2002, e n
concordancia con el Artículo 47° de la Ley N° 27783 que señala lo
siguiente: "A partir del ejercicio
presupuestal del año 2003, los recursos del Fondo de Compensación Municipal
(FONCOMUN) que perciban las municipalidades serán utilizados para los fines que
acuerde el respectivo Concejo Municipal acorde a las propias necesidades
reales, determinándose los porcentajes
de aplicación para gastos corrientes y los niveles de responsabilidad
correspondiente".
Que,
el Asesor Jurídico con informe No. 015-2015-GAJ/MPCH, opina que es factible la propuesta de la Gerencia de Presupuesto y
Planificación de la Municipalidad Provincial de Chincha, con la modificación de
los porcentajes aplicados para gastos corrientes e inversiones en el presente
ejercicio presupuestal, con la finalidad de propender a que la Entidad cumpla
con sus obligaciones y compromisos de índole contractual, sentencias por
mandatos judiciales, y otros propios de las obligaciones emanados de los entes
recaudadores como el caso de las AFPS,
ESASALUD y otros. Siendo factible el pedido, por encontrarse regulado esta determinación
de los porcentajes del uso del FONCOMUN.
Estando
a lo expuesto, informe del Gerente de Presupuesto, Gerente de Asesoría Legal,
de conformidad con la Ley 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto,
Ley 27784 Ley de Bases de Descentralización, Ley 27630 que modifica el art. 89°
del D. Leg. No. 776 que establece que
los recursos que perciban las municipalidades
por el Fondo de Compensación Municipal (FONCOMUN) serán utilizados íntegramente para los fines
que determine los gobiernos locales por Acuerdo de Concejo Municipal y acorde a
sus propias necesidades reales, fijándose anualmente la utilización de dichos
recursos en porcentajes para gastos corrientes e inversión; y estando a lo aprobado por mayoría en de los regidores
asistentes en la Sesión Ordinaria de fecha 14 de Enero de 2015, con la dispensa de la lectura y aprobación
del acta y a las facultades conferidas
por la Ley 27972 Ley Orgánica de Municipalidades;
ACORDO:
ARTICULO PRIMERO.- DECLARAR
en Reestructuración Financiera a la Municipalidad Provincial de Chincha, en el
presente año, para fines de hacer frente los compromisos contraídos con la
SUNAT y otras obligaciones.
ARTICULO SEGUNDO.- AMPLIAR el porcentaje de un 75% al 95% para
gastos corrientes y el 5% para gastos
de Capital (Inversión) del Fondo de Compensación Municipal FONCOMUN, hasta
diciembre de 2015, de acuerdo con el informe Técnico Presupuestal,
concretamente relacionado con los pagos a la SUNAT, tal como se informa en la
parte considerativa de la presente resolución.
ARTICULO TERCERO.- Considerar
de prioridad el mantenimiento del equilibrio y la estabilidad financiera y
económica de la Municipalidad Provincial de Chincha, de tal manera que se
cumpla con sus obligaciones que le señala la ley.
ARTICULO QUINTO.- Encargar a
la Gerencia de Rentas aplique en coordinación con la Gerencia Municipal un
Programa de Reactivación Económica para obtener mayores ingresos y de esta
manera cumplir en parte algunos compromisos de los pagos indicados.
ARTICULO SEXTO.- Encargar a
la Gerencia Municipal y Sub Gerencia de Abastecimiento y a dictar directivas
para minimizar los gastos Administrativos aplicando las medidas de Austeridad y
Racionalidad en el presente año en las siguientes partidas: -Minimizar el
combustible de las móviles utilizados por los Funcionarios. -Limitar los Gastos
y Celebraciones -Apoyos Sociales y Subvenciones Económicas prioritarios
-Comisión de Servicios los necesarios y Urgentes -Teléfono Móviles los
necesarios -Racionar el consumo de Energía .
ARTICULO SETIMO.- Encargar a
la Gerencia de Planificación y Presupuesto realizar las modificaciones
presupuestarias respectivas para el cumplimiento de la presente Resolución, en
coordinación con la Gerencia de Acondicionamiento Territorial de la Municipalidad Provincial de Chincha.
ARTICULO OCTAVO.- Remitir la
presente Resolución a los Organismos Fiscalizadores del Estado.
Regístrese,
comuníquese, publíquese y cúmplase.
Ing.
César Antonio Carranza Falla - Alcalde
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