martes, 3 de febrero de 2015

Municipalidad Provincial de Chincha


ACUERDO DE CONCEJO No. 008-2015-A/MPCH.
Chincha Alta,   27 de Enero de 2015
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
Visto; el Informe No. 021-2015-GM/MPCH, de fecha 13 de Enero de 2015, suscrito por la Gerente Municipal, sobre informe No. 013-2015-GPP/MPCH de la Gerencia de Presupuesto y Planificación e Informe Legal No. 015-2015-GAJ/MPCH de la Gerencia de Asesoría Jurídica, relacionado a la determinación del Porcentaje del Rubro de Financiamiento de FONDO DE COMPENSACION MUNICIPAL -FONCOMUN.
CONSIDERANDO: 
Que, el Articulo 1 94° de la Constitución Política del Perú, modificado por el Artículo Único de la Ley No. 28607, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipales N° 27972, señala "Que las Municipalidades Provinciales y Distritales como órganos de Gobierno Local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia'',
Que, la Gerencia de Planificación y Presupuesto con informe No. 13-2015-GPP/MPCH, de fecha 12 de enero de 2015, comunica que con Resolución No. 020-2015-A/MPCH, de fecha 05 de enero de 2015 fue aprobado el Presupuesto Institucional de Apertura año 2015 de la Municipalidad Provincial de Chincha  por un monto de s/. 37´728,251.oo nuevos soles, tanto en los ingresos como en los egresos y fue remitido a la Contraloría General de la Republica, Dirección General de Presupuesto – Ministerio de Economía y Finanzas y la Comisión de Presupuesto del Congreso de la Republica conjuntamente con el consolidado Provincial.
Que, en base a los Ingresos programados en el Presupuesto Institucional de Apertura para el año fiscal 2015 por los diferentes Rubros de Financiamiento y con el 75% del Fondo de Compensación Municipal (8'595,68.00) programado para los Gastos Corrientes de la Municipalidad se cumplirá con el pago de planillas del Personal Administrativo y de Limpieza Pública, sus gratificaciones, aguinaldos y escolaridad, vacaciones adicionales por pactos colectivos, remuneración del Alcalde ,dieta de Regidores y otros gastos adicionales que comprenden los pactos colectivos de los empleados y los obreros. Igualmente los pagos de los Pensionistas y Programas Sociales, Bienes y Servicios importantes para la operatividad y funcionalidad de la Municipalidad, pago al Consejo Nacional de Tasaciones Gastos por Sentencias Judiciales y lo programado para gastos de Inversión comprometiéndose el total de lo programado para el año 2015 por la suma de S/ 37'728,251.00.
Que, la Gerencia de Presupuesto y Planificación comunica que  a pesar que con lo programado con los Rubros de Ingresos Propios, el Fondo de Compensación Municipal, los Recursos Ordinarios el Canon y sobre Canon se pretenderá cumplir con los compromisos de gastos destinados en el Presupuesto Institucional de Apertura año 2015 existen compromisos de gastos que por la baja recaudación de los ingresos propios y por falta de liquidez no se ha considerado en el Presupuesto Institucional de Apertura año 2015 y que no se podrá cumplir con sus pagos sino se aplica una solución a este problema financiero que existe en la Municipalidad. 
Que con informe No. 007-2015-SGC/MPCH de fecha 09 de Enero del presente año la Subgerencia de Contabilidad informa que la Municipalidad Provincial de Chincha tiene una deuda con la SUNAT fraccionado por 5/ 18'714,288.00 Nuevos Soles en 180 cuotas de S/227,783.00 Nuevos Soles mensuales, que programados para el año 2015 hace la suma de S/ 2'733,396.00 más las dos cuotas pendientes del año 2014 de S/ 455,566.00 Nuevos Soles haciendo un total de S/3'188,962.00 y que se debe de programar en el Presupuesto Institucional de Apertura año 2015 de la Municipalidad Provincial de Chincha,  para su cumplimiento de pago de acuerdo al convenio firmado con la SUNAT aprobado por Acuerdo de Consejo N°005-2014-MPCH acogimiento a la deuda tributaria con la SUNAT referente al pago fraccionado del sinceramiento de la deuda Municipal establecida por la Ley N° 30059 y su Reglamento y que dichos pagos serán financiados por el Rubro 07 Fondo de Compensación Municipal y que con el porcentaje del 75% del Fondo de Compensación Municipal destinado para los Gastos Corrientes, lo que  hace IMPOSIBLE programar dicho monto en el Presupuesto año 2015 para el cumplimiento del pago.  De la misma manera informa que la Municipalidad tiene una deuda con la AFP  por un monto de 5/2'003,996.96 Nuevos soles y una deuda con ESSALUD-Seguro Asistencial por S/2'180,302.00 Nuevos Soles por concepto de Asistencia médica, maternidad, lactancia, sepelio que también no han sido programados en parte en el Presupuesto Año 2015 de la Municipalidad Provincial de Chincha por falta de Disponibilidad Financiera en la Institución.
Que, de la misma manera se hace de conocimiento que con Resolución Directoral N°. 025-2014- EF/50.01 emitida por la Dirección General de Presupuesto hacen una REDUCCION del Marco Presupuestal en los Gobiernos Locales siendo la Municipalidad perjudicada por: FON COMÚN se redujo !a suma de 5/ 52,481.00 quedando la suma de S/ 11'325,901.00 CANON SOBRECANON REGALIAS se redujo la suma de 5/3'945,454.00 quedando la suma de S/15'068,211.00.
Que,  para poder cumplir con los compromisos de gastos antes indicados y que es imposible a la fecha programar con lo destinado de ingresos propios y el 75% del Fondo de Compensación Municipal para Gastos Corrientes en el Presupuesto año 2015 se deberá aplicar una solución a este problema de DEFECIT FINANCIERO que tiene la Municipalidad la cual la Gerencia de Planificación y Presupuesto al amparo que faculta el Artículo 62 de la Ley N°. 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto Articulo 32, numeral 7 y 11 del Reglamento de Organización y Funciones(ROF) y el Manual de Organización y Funciones (MOF) vigente recomienda lo siguiente:
1.-Minimizar los gastos Administrativos aplicando las medidas de Austeridad y Racionalidad en el presente año en las siguientes partidas: -Minimizar el combustible de las móviles utilizados por los Funcionarios. -Limitar los Gastos y Celebraciones -Apoyos Sociales y Subvenciones Económicas prioritarios -Comisión de Servicios los necesarios y Urgentes -Teléfono Móviles los necesarios -Racionar el consumo de Energía
2.-Que la Gerencia de Rentas aplique en coordinación con la Gerencia Municipal un Programa de Reactivación Económica para obtener mayores ingresos y de esta manera cumplir en parte algunos compromisos de los pagos indicados.
3.-Recomendar si fuera posible en ampliar en mayor porcentaje posible del 25% (2'831.476.00) más de lo aprobado(75%), destinando el 100% del Fondo de Compensación Municipal para gastos corrientes en el Ejercicio Presupuestal año 2015 que servirá para cumplir con los pagos de las cuotas comprometidas con la SUNAT y que deberá ser aprobado por Acuerdo de Consejo tal como lo establece la Ley No. 27783 Ley de Bases de la Descentralización, Art. 47° que indica "Que a partir del Ejercicio Presupuestal 2003 los Recursos del Fondo de Compensación Municipal que perciban las Municipalidades serán utilizados para los fines que por ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL serán acorde a sus propias necesidades reales, determinándose los porcentajes de aplicación para gastos corrientes e inversión y los niveles de responsabilidad correspondientes. Igualmente la Ley N° 27630 que modifica el artículo 89° del Decreto Legislativo No. 776, que establece que los recursos que reciban las Municipalidades por el Fondo de Compensación Municipal serán utilizados íntegramente para los fines que determinen los Gobiernos Locales y que será aprobado por ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL y acorde a sus propias necesidades. El Consejo Municipal fijara anualmente la utilización de dichos recursos en porcentaje para gastos corrientes o inversiones determinando los niveles de responsabilidad correspondientes.
4.- Que se está demostrando que la Municipalidad Provincial de Chincha se encuentra en un DEFECIT ECONÓMICO FINANCIERO debido a la baja recaudación de sus Ingresos Propios y los mayores compromisos de gastos que no es posible el cumplimiento de sus pagos, se recomienda en declarar en Restructuración y /o Reorganización Económica Financiera a la Municipalidad Provincial de Chincha para poder cumplir el punto (3) aplicando el Artículo 41°,  numeral 2, de la Ley No. 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.
5.- Poner en conocimiento a la Gerencia de Acondicionamiento Territorial y de la Oficina de Programa de Inversiones de las modificaciones porcentuales que se realizaran en el Rubro de Fondo de Compensación Municipal para que determine en coordinación con la Alta Dirección los montos de inversión de los proyectos que serán destinados para los gastos corrientes.
6.- Solocitar a la Gerencia de Asesoría Jurídica el Informe Legal sobre la FACTIBILIDAD de lo recomendado por la Gerencia de Planificación y Presupuesto y poner en consideración al CONSEJO MUNICIPAL para la aprobación correspondiente y de esta manera se podría cumplir con los compromisos de pagos referente al fraccionamiento de pagos contraídos con la SUNAT y otro pagos si fuera posible.
Que, con informe No. 015-2015-GAJ/MPCH,  de fecha 12 de enero de 2015, comunica  que teniendo en consideración los hechos indicados en la parte expositiva del Informe presupuestario,  estamos frente a hechos relevantes y objetivos, como es el caso de la rebaja de los índices de distribución anual para el año 2015, que han sido aprobados en la Resolución Directoral N° 025-2014-EF/50.01 emitida por la Dirección General de Presupuesto Público por el cual se reduce el marco presupuestal, en lo que corresponde a FONCOMUN reduciéndose la suma de S/. 52,481.00 nuevos soles y en lo que corresponde a CANON, SOBRECANON y REGALIAS MINERAS se ha reducido un monto de S/.  3´945,454,00 nuevos soles sumando un total de S/. 3´997,935.00 nuevos soles.
Que, la Asesor Jurídico manifiesta que aunado a los compromisos asumidos, como el caso del Convenio de Fraccionamiento de pago suscrito con la SUNAT, y otros compromisos que deba asumirse, conforme hace referencia el Informe N° 007- 2015-SGC/MPCH que lógicamente además de otras obligaciones como la deuda con las AFPs: Seguro Asistencial ESSALUD hacen que se deben tomar las acciones necesarias de índole presupuestaria a efecto de viabilizar el procedimiento económico-financiero de la Entidad, cumpliendo con las recomendaciones consideradas en el Informe de la Gerencia de Presupuesto y orientado a las normas de austeridad en el presente ejercicio fiscal 2015.  Que, asimismo en cuanto se refiere a la Recomendación señalada en el punto 3 del Informe N° 13-2015-GPP/MPCH referente a ampliar en mayor porcentaje posible del 25% que actualmente representa un monto de S/. 2´831,476.00 nuevos soles, exponiendo  que dicho incremento permitirá cumplir con los pagos de las cuotas comprometidas con la SUNAT y que deberá ser aprobada por Acuerdo de Concejo.
Qué. Respecto al pedido de incremento de porcentaje de distribución en lo que se refiere a inversión y gastos corrientes,  es una facultad expresa que puede adoptar el Concejo Municipal, conforme lo señala el Artículo 89° del TUO de la Ley de Tributación Municipal D.S N° 156-2004, señala "Los recursos que perciban las Municipalidades por el Fondo de Compensación Municipal (FONCOMUN) serán utilizados íntegramente para los fines que determinen los Gobiernos Locales por acuerdo de su Concejo Municipal y acorde a sus propias necesidades reales. El Concejo Municipal fijará anualmente la utilización de dichos recursos, en porcentajes para gasto corriente e inversiones,  determinando los niveles de responsabilidad correspondientes,  Artículo  modificado por el Artículo 1 de la Ley N° 27630, publicada el 12 de enero de 2002, e n concordancia con el Artículo 47° de la Ley N° 27783 que señala lo siguiente:  "A partir del ejercicio presupuestal del año 2003, los recursos del Fondo de Compensación Municipal (FONCOMUN) que perciban las municipalidades serán utilizados para los fines que acuerde el respectivo Concejo Municipal acorde a las propias necesidades reales,  determinándose los porcentajes de aplicación para gastos corrientes y los niveles de responsabilidad correspondiente".
Que, el Asesor  Jurídico  con informe No. 015-2015-GAJ/MPCH,  opina que es factible  la propuesta de la Gerencia de Presupuesto y Planificación de la Municipalidad Provincial de Chincha, con la modificación de los porcentajes aplicados para gastos corrientes e inversiones en el presente ejercicio presupuestal, con la finalidad de propender a que la Entidad cumpla con sus obligaciones y compromisos de índole contractual, sentencias por mandatos judiciales, y otros propios de las obligaciones emanados de los entes recaudadores  como el caso de las AFPS, ESASALUD y otros. Siendo factible el pedido, por encontrarse regulado esta determinación de los porcentajes del uso del FONCOMUN.
Estando a lo expuesto, informe del Gerente de Presupuesto, Gerente de Asesoría Legal, de conformidad con la Ley 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Ley 27784 Ley de Bases de Descentralización, Ley 27630 que modifica el art. 89° del D. Leg. No.  776 que establece que los recursos que perciban  las municipalidades por el Fondo de Compensación Municipal (FONCOMUN)  serán utilizados íntegramente para los fines que determine los gobiernos locales por Acuerdo de Concejo Municipal y acorde a sus propias necesidades reales, fijándose anualmente la utilización de dichos recursos en porcentajes para gastos corrientes e inversión; y estando  a lo aprobado por mayoría en de los regidores asistentes en la Sesión Ordinaria de fecha 14 de Enero de 2015,  con la dispensa de la lectura y aprobación del acta   y a las facultades conferidas por la Ley 27972 Ley Orgánica de Municipalidades;
ACORDO:
ARTICULO PRIMERO.- DECLARAR en Reestructuración Financiera a la Municipalidad Provincial de Chincha, en el presente año, para fines de hacer frente los compromisos contraídos con la SUNAT y otras obligaciones.
ARTICULO SEGUNDO.-  AMPLIAR el porcentaje de un 75% al 95% para gastos corrientes y el 5%   para gastos de Capital (Inversión) del Fondo de Compensación Municipal FONCOMUN, hasta diciembre de 2015, de acuerdo con el informe Técnico Presupuestal, concretamente relacionado con los pagos a la SUNAT, tal como se informa en la parte considerativa de la presente resolución.
ARTICULO TERCERO.- Considerar de prioridad el mantenimiento del equilibrio y la estabilidad financiera y económica de la Municipalidad Provincial de Chincha, de tal manera que se cumpla con sus obligaciones que le señala la ley.
ARTICULO QUINTO.- Encargar a la Gerencia de Rentas aplique en coordinación con la Gerencia Municipal un Programa de Reactivación Económica para obtener mayores ingresos y de esta manera cumplir en parte algunos compromisos de los pagos indicados.
ARTICULO SEXTO.- Encargar a la Gerencia Municipal y Sub Gerencia de Abastecimiento y a dictar directivas para minimizar los gastos Administrativos aplicando las medidas de Austeridad y Racionalidad en el presente año en las siguientes partidas: -Minimizar el combustible de las móviles utilizados por los Funcionarios. -Limitar los Gastos y Celebraciones -Apoyos Sociales y Subvenciones Económicas prioritarios -Comisión de Servicios los necesarios y Urgentes -Teléfono Móviles los necesarios -Racionar el consumo de Energía .
ARTICULO SETIMO.- Encargar a la Gerencia de Planificación y Presupuesto realizar las modificaciones presupuestarias respectivas para el cumplimiento de la presente Resolución, en coordinación con la Gerencia de Acondicionamiento Territorial  de la Municipalidad Provincial de Chincha.
ARTICULO OCTAVO.- Remitir la presente Resolución a los Organismos Fiscalizadores del Estado.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

Ing. César Antonio Carranza Falla -  Alcalde

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