ORDENANZA N° 003 - 2015 – MDAL
Alto Laràn, 16
de Enero de 2015.
El Concejo Municipal de la Municipalidad del Distrito de
Alto Laràn;
POR CUANTO: El Concejo
Municipal de Alto Larán, en Sesión Ordinaria de fecha 12 de Enero de 2015; y
CONSIDERANDO:
Que
los Gobiernos Locales gozan de autonomía
política, económica y administrativas en los asuntos de su competencia,
conforme lo establece el Artículo 194°
de la Constitución Política del Estado, modificada por la Ley de Reforma
Constitucional N° 27680 y en concordancia con el artículo II del Título
preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972;
Que,
la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades
radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración
con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que,
conforme lo establece el Artículo 13° del
Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por
Decreto Supremo N° 156-2004-EF-2004-EF y normas modificatorias, las
municipalidades están facultadas para establecer un monto mínimo a pagar por
concepto del Impuesto Predial equivalente al 0.6 % de la Unidad Impositiva Tributaria
(UIT) vigente al 01 de enero del año que corresponda el impuesto;
Que,
el Artículo 15° del citado Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal,
regula la forma de pago del Impuesto Predial, estableciendo que los pagos
pueden efectuarse al contado hasta el último día hábil del mes de febrero de
cada año, o en forma fraccionada hasta en cuatro cuota trimestrales, debiéndose
pagar la primera cuota hasta el último
día hábil del mes de febrero y las siguientes los últimos días hábiles de los meses
de mayo, agosto y noviembre, reajustadas de acuerdo a la variación acumulada
del índice de Precios al por Mayor (IPM), que publica el Instituto
Nacional de estadística e Informática
(INEI).
Que,
por tanto es necesario establecer las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto predial para el ejercicio 2015.
En
uso de sus facultades contenidas por los
artículos 9° y 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, por
UNANIMIDAD, se aprobó la siguiente:
ORDENANZA
QUE ESTABLECE PAGO
MINIMO DEL IMPUESTO PREDIAL Y APRUEBA CRONOGRAMA DE PAGOS PARA EL IMPUESTO
PREDIAL, 2015.
Artículo
Primero.- MONTO MINIMO DEL
IMPUESTO PREDIAL
Establecer
en la jurisdicción del Distrito de Alto Larán, que los contribuyentes obligados
al pago del Impuesto Predial por el Ejercicio 2015, pagaran como mínimo por dicho
concepto el 0.6% de la Unidad Impositiva
Tributaria, vigente para el Ejercicio 2015, cuyo monto asciende a VEINTITRES Y
10/100 NUEVOS SOLES ( S/ 23.10 )
Artículo
segundo.- VENCIMIENTO PARA
EL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL
Las
fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial del Ejercicio 2015
serán las siguientes:
Pago
al contado 28
de febrero 2015
Pago fraccionado
-
Primera Cuota 27 de febrero 2015
-
Segunda Cuota
29 de Mayo 2015
-
Tercera Cuota
31 de agosto 2015
-
Cuarta Cuota
27 de Noviembre 2015
Artículo
Tercero.- INTERES MORATORIO
Los pagos que se efectúen con posterioridad a
las fechas antes señaladas estarán sujetas al interés moratorio de conformidad
a lo establecido en el Artículo 33° del Texto Único Ordenado del
código Tributario aprobado por Decreto Supremo N° 133-2013-EF.
Artículo
Cuarto.- PRORROGA DEL PLAZO
DE VENCIMIENTO
En los casos que por disposición legal
pertinente se dictaren días feriados inhábiles, las fechas de vencimiento se
entenderán prorrogadas al siguiente día hábil.
DISPOSICIONES
FINALES Y TRANSITORIAS
Primera.- ENCARGAR
a la Jefatura de Rentas y Tesorería el cumplimiento de la presente
Ordenanza, asimismo a Secretaria General su publicación en el diario oficial de
la Provincia.
Segunda. FACULTAR, a la señora Alcaldesa
para que mediante Decreto de Alcaldía, pueda modificar el calendario de pagos a que se refiere el
artículo 2° de la presente Ordenanza.
Tercera. DISPONER que la presente
Ordenanza entrara en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en
el diario oficial de la Provincia.
POR LO TANTO
Regístrese,
publíquese, comuníquese y cúmplase.
ANA
MERCEDES SOTTECCANI ALTAMIRANO
Alcaldesa
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