ACUERDO DE
CONCEJO No. 02-2015-A/MPCH.
Chincha
Alta, 07 de Enero de 2015
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA
MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DE CHINCHA
Visto
en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 05 de Enero de 2015, la Aprobación y/o Ratificación del Monto para
fondos de pagos en efectivo;
CONSIDERANDO:
Que,
el Artículo 194° de la Constitución
Política del Perú, modificado por el Artículo Único de la Ley N° 28607 establece
que las municipalidades provinciales son
órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y
administrativa en los asuntos de su competencia en concordancia con el Artículo
II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.
Que la
Resolución Directoral No. 001-2011-EF/77 15,, Ley General del Sistema de Tesorería
en su artículo 52° Cambio de los Responsables de la Administración de los
Fondos Públicos Cuando, por mandato de
resolución administrativa o judicial, resulte procedente la remoción,
suspensión temporal o separación de los servidores que tengan a su cargo el
manejo de fondos y valores, el Director General de Administración, o quien haga
sus veces, debe asegurar la designación del sustituto con la debida
oportunidad, a través de las instancias pertinentes, procediéndose a la entrega
formal de las existencias de dichos fondos y valores al sustituto
Que,
mediante Resolución Directoral No. 002-2007-EF/77 15, se aprobó la Directiva de
Tesorería No. 001-2007-EF/77 15 complementada por la Resolución Directoral No.
001-2011-77/EF.15 entre otros puntos, relacionado con el funcionamiento del
Fondo de Caja Chica estableciendo que el Director General de administración o
quien hagas sus veces debe aprobar una Directiva para la Administración de la
Caja Chica, en la misma oportunidad de su construcción y disponer la
realización de arqueos inopinados sin perjuicio de las acciones de
fiscalización y control a cargo del Órgano de Control Institucional.
Que, el
artículo 10° de la Resolución Directoral No. 001-2011-EF/77 15, establece que
las Unidades Ejecutorias pueden sustituir solo una Caja Chica por fuente de financiamiento,
así mismo señala que el documento sustentatorio para la apertura de la Caja
Chica es la Resolución del Director General de Administración o de quien haga
sus veces, en la que se señale la dependencia a la que se asigna la Caja
Chicha, el responsable único de su administración, los responsables a quienes
se encomienda el manejo de parte de la Caja Chica, el monto total de la Caja
Chica, el monto máximo para adquisición y los procedimientos y plazos para la
rendición de cuentas debidamente documentada, entre otros aspectos;
Que,
mediante Resolución No. 099-2014-GM/MPCH, de fecha 09 de Enero de 2014, se
aprobó la Directiva No. 01-2014-GM-MPCH “DIRECTIVA PARA LA ADMINISTRACION DE LA
CAJA CHICA EN LA MUNICIPALIAD PROVINCIAL DE CHINCHA”, para el Ejercicio Fiscal
2014, la misma que consta de VI (Seis) Numerales y III (Tres) Anexos.
En uso de
las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades No. 27972 y a
lo aprobado por unanimidad en la Sesión Extraordinaria de fecha 05 de Enero de
2005;
ACUERDA:
ARTICULO PRIMERO.- RATIFICAR el monto por
Caja Chica conforme lo prescribe la Directiva No. 001-2014-GM-MPCH “DIRECTIVA
PARA LA ADMINISTRACION DE LA CAJA CHICA EN LA MUNICIPALIAD PROVINCIAL DE
CHINCHA”, Numeral V, Inciso 5, para el Ejercicio Fiscal 2014, que es de s/.
30,000.oo (TREINTA MIL NUEVOS SOLES) por cada una.
ARTICULO SEGUNDO.- Encargar a la Gerencia
Municipal y a la Sub Gerencia de Tesorería el cumplimiento del presente acuerdo.
Regístrese,
comuníquese y cúmplase
Ing.
CÉSAR ANTONIO CARRANZA FALLA
Alcalde
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