miércoles, 21 de enero de 2015

Municipalidad Provincial de Chincha


ACUERDO DE CONCEJO No. 02-2015-A/MPCH.
Chincha Alta,   07 de Enero de 2015
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DE CHINCHA
Visto en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 05 de Enero de 2015,  la Aprobación y/o Ratificación del Monto para fondos de pagos en efectivo;
CONSIDERANDO:
Que, el  Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por el Artículo Único de la Ley N° 28607 establece que las municipalidades provinciales  son órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia en concordancia con el Artículo II  del Título Preliminar de la  Ley N° 27972, Ley  Orgánica de Municipalidades.
Que la Resolución Directoral No. 001-2011-EF/77 15,, Ley General del Sistema de Tesorería en su artículo 52° Cambio de los Responsables de la Administración de los Fondos Públicos  Cuando, por mandato de resolución administrativa o judicial, resulte procedente la remoción, suspensión temporal o separación de los servidores que tengan a su cargo el manejo de fondos y valores, el Director General de Administración, o quien haga sus veces, debe asegurar la designación del sustituto con la debida oportunidad, a través de las instancias pertinentes, procediéndose a la entrega formal de las existencias de dichos fondos y valores al sustituto
Que, mediante Resolución Directoral No. 002-2007-EF/77 15, se aprobó la Directiva de Tesorería No. 001-2007-EF/77 15 complementada por la Resolución Directoral No. 001-2011-77/EF.15 entre otros puntos, relacionado con el funcionamiento del Fondo de Caja Chica estableciendo que el Director General de administración o quien hagas sus veces debe aprobar una Directiva para la Administración de la Caja Chica, en la misma oportunidad de su construcción y disponer la realización de arqueos inopinados sin perjuicio de las acciones de fiscalización y control a cargo del Órgano de Control Institucional.
Que, el artículo 10° de la Resolución Directoral No. 001-2011-EF/77 15, establece que las Unidades Ejecutorias pueden sustituir solo una Caja Chica por fuente de financiamiento, así mismo señala que el documento sustentatorio para la apertura de la Caja Chica es la Resolución del Director General de Administración o de quien haga sus veces, en la que se señale la dependencia a la que se asigna la Caja Chicha, el responsable único de su administración, los responsables a quienes se encomienda el manejo de parte de la Caja Chica, el monto total de la Caja Chica, el monto máximo para adquisición y los procedimientos y plazos para la rendición de cuentas debidamente documentada, entre otros aspectos;
Que, mediante Resolución No. 099-2014-GM/MPCH, de fecha 09 de Enero de 2014, se aprobó la Directiva No. 01-2014-GM-MPCH “DIRECTIVA PARA LA ADMINISTRACION DE LA CAJA CHICA EN LA MUNICIPALIAD PROVINCIAL DE CHINCHA”, para el Ejercicio Fiscal 2014, la misma que consta de VI (Seis) Numerales y III (Tres) Anexos.
En uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades No. 27972 y a lo aprobado por unanimidad en la Sesión Extraordinaria de fecha 05 de Enero de 2005;
ACUERDA:
ARTICULO PRIMERO.- RATIFICAR el monto por Caja Chica conforme lo prescribe la Directiva No. 001-2014-GM-MPCH “DIRECTIVA PARA LA ADMINISTRACION DE LA CAJA CHICA EN LA MUNICIPALIAD PROVINCIAL DE CHINCHA”, Numeral V, Inciso 5, para el Ejercicio Fiscal 2014, que es de s/. 30,000.oo (TREINTA MIL NUEVOS SOLES) por cada una.
ARTICULO SEGUNDO.- Encargar a la Gerencia Municipal y a la Sub Gerencia de Tesorería el cumplimiento del presente acuerdo.
Regístrese, comuníquese y cúmplase

Ing. CÉSAR ANTONIO CARRANZA FALLA

Alcalde

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