jueves, 5 de junio de 2014

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA ORDENANZA N° 006-2014-MPCH


Chincha Alta, 02 de Junio del 2014
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
POR CUANTO:
El Concejo Provincial de Chincha en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 23 de Mayo del 2014.
VISTO:
El Oficio N° 082-2014-MDAL-ALC, de fecha de recepción 07 de Marzo del 2014, suscrito por la Sra. Ana Mercedes Sotteccani Altamirano, Alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Alto Larán, de la Provincia de Chincha; sobre pedido de ratificación de la Ordenanza N° 007-2014-MDAL, de fecha 27 de Febrero del 2014.
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por el Artículo Único de la Ley N°. 28607, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipales Nº 27972, establece “Las Municipalidades Provinciales y Distritales como órganos de Gobierno Local, tienen autonomía política, económica y administrativa  en los asuntos  de su competencia”.
Que, por Oficio N° 082-2014-MDAL-ALC, la Alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Alto Larán, remite la Ordenanza N° 007-2014-MDAL, de fecha 27 de Febrero del 2014; que rectifica el Artículo 22° - Capítulo IV.- De los Procedimientos de la Ordenanza N° 007-2013-MDAL, de fecha 21 de Marzo del 2013, en la parte pertinente al plazo para el otorgamiento o denegatoria de la Licencia de Funcionamiento, que es de siete (07) días hábiles y no quince (15) días hábiles, conforme se señala en dicha norma.
Que, mediante Informe Nº 059-2014-GR-GM/MPCH, de fecha 17 de Marzo del 2014, de la Gerencia de Rentas y el Informe Legal Nº 726-2014-GAJ/MPCH, de fecha 13 de Mayo del 2014, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, comunican que el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Distrital de Alto Larán, cumple con los requisitos establecidos en el Artículo 37°, del TUO. de la Ley de Procedimientos Administrativos Generales N° 27444. Asimismo con respecto a lo tipificado a las emisiones de las Licencias Municipales de Funcionamiento, en el TUPA, si contempla todos los procedimientos para su otorgamiento, el mismo que se encuentra enmarcado en la Ley Marco de Licencia de Funcionamiento N° 28976.
Que, por Ordenanza N° 034-04-MPCH, de fecha 18 de noviembre de 2004, se aprobó el Procedimiento de Ratificación de Ordenanzas Distritales para la Provincia de Chincha, donde describe el inicio del procedimiento y los documentos que deben presentar para dicha ratificación, la cual se ha dado cumplimiento;
Que, el párrafo tercero del Artículo 40º, de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, señala que las Ordenanzas en materia Tributaria expedidas por la Municipalidades Distritales, deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripción, para su entrada en vigencia; y que habiendo sido tratado en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 23 de Mayo del 2014, el Pleno del Concejo Municipal, aprobó por voto unánime se ratifique la Ordenanza, en tanto no exista conflictos ni intereses con la Ley, la Constitución y las Ordenanzas  normas expedida por la Municipalidad Provincial de Chincha.
Estando a lo expuesto y a las facultades conferidas en la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, Ordenanza N° 034-04-MPCH, el Concejo Municipal por voto unánime de los presentes en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 23 de Mayo del 2014 y siendo aprobada el Acta en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 30 de Mayo del 2014, ha formulado la siguiente:
ORDENANZA:
Artículo Primero.- RATIFICAR la Ordenanza N° 007-2014-MDAL, de fecha 27 de Febrero del 2014, que rectifica el Artículo 22° - Capítulo IV.- De los Procedimientos de la Ordenanza N° 007-2013-MDAL, de fecha 21 de Marzo del 2013, en la parte pertinente al plazo para el otorgamiento o denegatoria de la Licencia de Funcionamiento, que es de siete (07) días hábiles y no quince (15) días hábiles, conforme se señala en dicha norma de la Municipalidad Distrital de Alto Larán, Provincia de Chincha, Región Ica.
Artículo Segundo.- La presente Ordenanza entra en vigencia al día siguiente de la publicación en el Diario Oficial de la Provincia de Chincha.
Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese
Lic. Lucio Juárez Ochoa

Alcalde

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