El Jurado Nacional de Elecciones a través de la Resolución N° 0140
establece las disposiciones aplicables a renuncias y licencias de autoridades y
funcionarios que pretendan postular a cargos regionales y municipales en las
Elecciones Municipales y Regionales del 2014.
Los presidentes regionales que renuncien con el propósito de participar
como candidatos a alcaldes en las
elecciones municipales 2014, conforme a
lo previsto en el artículo 191 de la Constitución política, procederán de acuerdo las disposiciones que se norman en esta Resolución.
Entre ellas se indica que las
renuncias deben ser presentadas por escrito ante el consejo regional correspondiente
hasta el 5 de abril 2014, es decir 6 meses antes de las elecciones.
La presentación de la renuncia
correspondiente tiene como efecto inmediato que el vice-presidente regional
asume por
encargatura las funciones del presidente regional.
También por el artículo 2° se señala las disposiciones que deben seguir
los alcaldes que presenten su renuncia a sus
cargos con el propósito de participar como candidatos a presidentes
regionales en las Elecciones Regionales
2014, conforme a lo previsto en el Artículo 194° de la Constitución Política
del Perú. Dichas renuncias deben ser presentadas por escrito ante el concejo municipal provincial
o concejo municipal distrital correspondiente hasta el 5 abril del 2014.
También en este dispositivo se
dan precisiones sobre los procedimientos a seguir, por parte del vicepresidente
regional y regidores que asuman las funciones de presidentes regionales y
alcaldes, debido a la renuncia de los titulares, entre otros puntos.
0 comentarios:
Publicar un comentario