viernes, 28 de febrero de 2014

Dan normas sobre renuncias y licencias de autoridades y funcionarios que pretendan postular a elecciones regionales y municipales a realizarse en el 2014


El Jurado Nacional de Elecciones a través de la Resolución N° 0140 establece las disposiciones aplicables a renuncias y licencias de autoridades y funcionarios que pretendan postular a cargos regionales y municipales en las Elecciones Municipales y Regionales del 2014.
   Los presidentes regionales que renuncien con el propósito de participar como  candidatos a alcaldes en las elecciones  municipales 2014, conforme a lo previsto en el artículo 191 de la Constitución política, procederán de acuerdo  las disposiciones que se norman  en esta Resolución.
  Entre ellas se indica que las renuncias deben ser presentadas por escrito ante el consejo regional correspondiente hasta el 5 de abril 2014, es decir 6 meses antes de las elecciones.
 La presentación de la renuncia correspondiente tiene como efecto inmediato que el vice-presidente regional asume por
encargatura las funciones del presidente regional.
 También por el artículo 2°  se señala las disposiciones que deben seguir los alcaldes que presenten su renuncia a sus  cargos con el propósito de participar como candidatos a presidentes regionales en las Elecciones  Regionales 2014, conforme a lo previsto en el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú. Dichas renuncias deben ser presentadas  por escrito ante el concejo municipal provincial o concejo municipal distrital correspondiente hasta el 5  abril del 2014.

 También en este dispositivo se dan precisiones sobre los procedimientos a seguir, por parte del vicepresidente regional y regidores que asuman las funciones de presidentes regionales y alcaldes, debido a la renuncia de los titulares, entre otros puntos.

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