lunes, 2 de diciembre de 2013

Municipalidad Distrital de Grocio Prado ORDENANZA MUNICIPAL Nº 08-2013-MDGP/A


  Grocio  Prado,  08  de  Noviembre  del  2013
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
GROCIO PRADO
VISTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo Decimo Noveno, de fecha  06  de Noviembre del año 2013, y visto el Informe Nº 130 -2013-JRRCC-MDGP, formulado por la Jefa de Registro Civil, Sra. María Martha Sánchez de Tasayco, en el que solicita la celebración del Matrimonio Civil Comunitario Gratuito; y
CONSIDERANDO:
Que el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley 27972, señala que los Gobiernos Locales gozan de autono-mía, política, económica y administrativa en asuntos de su competencia.
Que, el Artículo 74º de la Constitución Política de Perú faculta a los Gobiernos Locales a crear, modificar, suprimir contribuciones y tasas ó exonerar de estas dentro de su jurisdicción y en los límites que señala la Ley.
Que, el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades- Ley 27972, dispone que los Gobiernos Locales mediante Ordenanza crean, modifican, suprimen ó exoneran el pago de arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los límites establecidos por Ley.
Que, el Artículo 4º de la Constitución Política del Perú señala que “…. El estado protege especialmente al niño, al adolescente y al anciano en situación de abandono. También protegen a la familia y promueven el matrimonio. Reconocen a estos últimos como instituciones naturales y fundamentales de la sociedad”.
Que, conforme al inciso 16 de Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades, es Atribución del Alcalde Celebrar Matrimonio Civil Comunitario,  de acuerdo a las normas del Código Civil.      
Que, estando a las atribuciones señaladas en el inciso 8 del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Nº 27972, y en atención a lo informado por la Oficina de Registros Civiles de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado; El Concejo Municipal, ha aprobado la Ordenanza Municipal siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA LA CELEBRACIÓN DEL MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO GRATUITO.
ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR  la Celebración del Matrimonio Civil Comunitario Gratuito, a realizarse el día 07 de Diciembre del año 2013, a horas 10: 00 am. En el frontis de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado.
ARTÍCULO SEGUNDO.- EXONERAR el pago por todo concepto para la Celebración del Matrimonio Civil Comunitario Gratuito.
ARTÍCULO TERCERO.- DISPONER que la Oficina de Imagen Institucional realice una campaña de difusión masiva;  a la Gerencia Municipal, Jefatura de Registro Civil y Oficina de  Tesorería, el estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza.
REGISTRECE, COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE
Luis Alfredo Tasayco Tasayco

Alcalde

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