lunes, 2 de diciembre de 2013

Municipalidad Distrital de Grocio Prado ORDENANZA MUNICIPAL N° 009-2013-MDGP


Grocio Prado. 07 de Noviembre del2013.
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE GROCIO PRADO.
POR CUANTO:
El Concejo Municipal en Sesión Ordinaria de fecha 28 de Octubre del 2013,  se debatió  el pedido presentado por el Sr. Alcalde Luis Alfredo Tasayco Tasayco, sobre la Suspensión  del Procedimiento  Administrativo para otorgar las autorizaciones de los eventos Sociales  , y;
CONSIDERANDO:
Que, estando lo prescrito por el Art. 194° de la Constitución Política del Estado y,  Art.  II del Título Preliminar de la Ley N° 27972  “ Ley Orgánica de Municipalidades “ , las Municipalidades son  “ Los órganos de Gobierno Local que gozan de autonomía política económica y administrativa en los asuntos de su competencia ” . Que , la  Autonomía que la Constitución establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobiernos, administrativos y, de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; 
Que, las municipalidades ejercen su función normativa, entre otros, vía la emisión de Ordenanzas Municipales, las cuales de conformidad con lo establecido en el inciso 4) del Artículo 200° de la Constitución Política del Perú, estas  tienen rango de Ley;
Que, el Artículo 40° de la Ley N° 27972  “ Ley Orgánica de Municipalidades “ , prevé que las Ordenanzas Municipales son las normas de carácter general y, de mayor jerarquía por las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y, supervisión de los servicios públicos y las materias en que la Municipalidad tiene competencia normativa; 
Que, el Art. 9 numeral 8 de la Ley Nro., 27972, prescribe  que es función del Consejo municipal  de “ aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y, dejar sin efectos los acuerdos “,  de otro lado el Art. 20 numeral 3 de la “  Ley Orgánica de Municipalidades “  , establece  que “ El Alcalde  está en la obligación de ejecutar los acuerdos  del consejo municipal, bajo responsabilidad “.
Que, mediante Ordenanza Municipal N° 007 – 2013-MDGP/A- se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad  del Distrito de Grocio Prado – TUPA , el mismo que contiene la descripción clara, precisa  y taxativa de los requisitos exigidos para la realización completa de cada procedimiento, siendo el caso que en el ítem N° 1.33, se ha establecido los requisitos para el procedimiento denominado " Autorización para espectáculos públicos -  bailes nocturnos";
Que, como es de conocimiento público la municipalidad del Distrito de Grocio Prado ha programado  desde el  día  26    de Noviembre  hasta el día  15   de  Diciembre del presente año, la celebración de su LXIX Aniversario de creación política de  dicho Distrito ,  y cautelando la seguridad y,  los derechos de los ciudadanos, es  necesario que durante la celebración del Aniversario se suspenda  el procedimiento  para el otorgamiento  de la realización de los eventos sociales solicitados por  terceros  - personas naturales o jurídicas, ajenas a los actos sociales  que realizara la comisión de fiesta de dicha Corporación edil,   desde el inicio  de la celebración hasta la culminación del  LXIX  Aniversario del Distrito de Grocio Prado.
Que,  estando a los fundamentos y consideraciones expuestos en Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 28 de Octubre del 2013 y,  en uso de las facultades conferidas por el tercer párrafo del Art.  5  e  Inc.  8 del Art.  9  de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972,  con la dispensa  de  la lectura  y, de la Aprobación  del acta y, en consecuencia  se aprobó por UNANIMIDAD la presente:
ORDENANZA QUE SUSPENDE EL PROCEDIMIENTO
ADMINISTRATIVO CONTENIDO EN EL ITEM  Nº 1.33  DEL TUPA
DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE GROCIO PRADO
ARTÍCULO PRIMERO.- SUSPENDER el procedimiento administrativo contenido en el ítem       del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrito de Grocio Prado , que corresponde a la "Autorización para espectáculos públicos - bailes nocturnos", suspensión que implica a todos los procedimientos iniciados o por iniciarse, desde la fecha de inicio  hasta la culminación de la celebración de la realización del   Aniversario de Creación Política del Distrito de Grocio Prado.
ARTICULO SEGUNDO.- DISPONER que la presente ordenanza entrara en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial de esta Provincia . Dejando sin efecto todas las normas municipales que se opongan a la misma.
ARTICULO TERCERO.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal , a la  Sub Gerencia de Servicios Comunales, a la Sub Gerencia de Rentas  y, a todas las Unidades Orgánicas Competentes de la Municipalidad el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal, a Secretaría General su publicación y, archivo conforme a ley y,  al Área de Comunicaciones e Imagen Institucional su mayor difusión.
POR TANTO:
MANDO, SE REGISTRE, COMUNIQUE, PUBLIQUE Y CUMPLA.
Luis Alfredo Tasayco Tasayco

Alcalde

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