Autora: Vanessa Cuentas Portocarrero
La identificación de los principales problemas en la imposición
de prisión preventiva bajo el Nuevo Código Procesal Penal (NCPP) y sus posibles
soluciones, fue el objetivo de una Mesa Redonda organizada por el Instituto de
Defensa Legal (IDL) denominada “Prisión Preventiva: ¿Medida Cautelar o Pena
Anticipada?”. En este evento, abogados, jueces, representantes de la Fiscalía
de la Nación y de la Defensoría Pública, así como periodistas y miembros de la
sociedad civil, se reunieron con José Neyra, juez supremo, Avelino Guillén, ex
fiscal supremo, Carlos Rodríguez, coordinador general del área penal de la
Defensoría Pública y César Romero, periodista de La República, a fin de recabar
impresiones sobre la problemática de los presos sin condena en Perú. La reunión
se centró en data y análisis presentados por el IDL en un estudio acerca de la
prisión preventiva en el país, que busca identificar líneas de acción que
ayuden a los operadores de justicia a desarrollar una mejor aproximación a la medida.
La discusión giró en torno a cuatro temas principales propuestos
por la institución: el vínculo del imputado con la comisión de un delito; el
peligro procesal; los factores extralegales y su influencia en las decisiones
judiciales; y finalmente, el derecho a la defensa, un acceso pronto y efectivo.
La discusión de estos cuatro temas llevó a la
identificación de problemas que afectan a la imposición de prisión preventi-va
(el accionar durante las audiencias) y a la implementación en general del Nuevo
Código Procesal Penal. Estos desafíos pendientes se pueden clasificar como
sigue:
El Nuevo Código Procesal Penal y su implementación
Sobre el Nuevo Código Procesal Penal (NCPP), en primer
lugar, operadores de justicia opinaron que no existe concordancia en el tratamiento
que se debe dar al sistema penal luego de la aparición de este código y ciertas
políticas criminales. Tal y como lo hizo resaltar un periodista invitado, el
NCPP está diseñado para velar por los derechos de los procesados durante todo
el proceso sin que esto perjudique la investigación y sanción del delito; sin
embargo, el mensaje que se recibe de parte del Ejecutivo y el Legislativo es
todo lo contrario: políticas de “mano dura” y reducción de garantías, que lo
que buscan es equiparar justicia y efectividad con penas más duras y meter más
personas en las cárceles. Al no existir una política clara sobre las garantías
que ofrece el código, la implementación del mismo se ha visto directamente
afectada.
En segundo lugar, algunos opinaron como problema que los
propios operadores de justicia aun no asumen los roles que el NCPP les ha
asignado. Por ejemplo, los asistentes mencionaron la “enemistad” entre policías
y fiscales, que nace a raíz de la realización de actos por parte de la policía
que no contribuyen a la investigación. Otro ejemplo son los jueces, a quienes
les falta dirigir las audiencias de una mejor manera. Según los asistentes a la
reunión, esto es producto de no saber aprovechar la oralidad que ofrece el
nuevo código. Respecto de ambas situaciones, se postuló como mejor solución
impartir un mayor número de capacitaciones que incluyan, por tan solo mencionar
una opción, juego de roles donde se simule la labor que deben cumplir en su día
a día.
Prisión preventiva: identificación y argumentación de
presupuestos
Al centrar la discusión en la prisión preventiva, los
participantes identificaron como uno de los problemas principales el hecho de
que no existen criterios claros para la imposición de la medida. Esto se
materializa en requerimientos indebidos, en situaciones donde no concurren los
tres supuestos del código; o peor aún, en el dictado de la medida sin que medie
debida motivación. Nuevamente se planteó la capacitación como primera solución.
Al tratarse en específico el peligro procesal y lo que este
incluye, se debatió la posibilidad de actualizar el concepto de “arraigo”
aplicándose una encuesta que incluya información socioeconómica del implicado,
que no solo se tome en cuenta si tiene familia o un trabajo estable o conocido.
También se tomaría en cuenta sus posibilidades de desplazamiento, si es que su
trabajo se lo podría permitir o si es que existe la posibilidad de poder asumir
el costo. Es decir ampliar el concepto y su tratamiento para así llegar a una
mejor argumentación del supuesto, y por ende una aplicación de la prisión
preventiva que resulte más eficiente. Además, esto ayudará también al
establecimiento de criterios uniformes.
Un segundo problema identificado fue el alto grado de indefensión
al que está expuesto el procesado por no contar con un abogado defensor que
esté debidamente preparado. Recordemos que son audiencias que se dan en un
breve lapso de tiempo. La razón es que
toman conocimiento del caso pocos minutos antes de la propia audiencia. Como
posible solución se planteó que esto podría revertirse si es que el juez encargado
otorgara un poco más de tiempo para una debida preparación.
Otro problema grave
es que la audiencia de prisión preventiva se convierte en una de juzgamiento.
La falta de manejo de la medida o de la oralidad que brinda el NCPP podrían ser
las razones de esto. Como respuesta, se planteó llevar a cabo capa citaciones
que vayan más allá de la mera explicación y que den la opción de revisar casos.
Finalmente, también se llamó la atención sobre el hecho que
la opinión pública no conoce el nuevo código, las garantías que ofrece y los
avances que puede significar si es que se aplicara de manera correcta. La desinformación
ha llevado muchas veces a confundir una audiencia de prisión preventiva con una
de juzgamiento (como ya se ha anotado), dejando un sabor a impunidad cuando no
se aplica la prisión preventiva.
Esta desinformación puede ser consecuencia de las “traducciones”
que hace la prensa, de “lenguaje abogado” a lenguaje periodístico, con el fin
de generar titulares atractivos y a su vez cortos y concisos. Contra ello la
organización de talleres con periodistas puede revertir la situación. Estos
talleres deben servir para aproximar al periodista a la labor del abogado y al
proceso penal, y al mismo tiempo para resaltar el papel de los comunicadores
como nexo entre la opinión pública y los casos judiciales. Debemos tener en cuenta
que la información periodística muchas veces es referente para los operadores judiciales.
Publicación del Instituto de Defensa Legal - Hoja
Informativa N° 421
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