jueves, 25 de julio de 2013

Municipalidad Distrital de Grocio Prado Ordenanza Municipal Nº 007-2013-MDGP/A


Grocio Prado 22 de Julio del 2013
POR TANTO
Visto en sesión Ordinaria de fecha 18 de Julio del 2013, sobre la suspensión de la aprobación del Texto Único Ordenado – TUPA y la sesión extraordinaria de fecha 22 de Julio del 2013, sobre la Aprobación del TUPA y con la dispensa de la lectura y la aprobación del Acta.
CONSIDERNADO
Que conforme a lo establecido en el artículo 194º de la constitución Política del Perú las Municipalidades son órganos de gobierno local con autonomía política económica administrativa en los asuntos de su competencia.
Que conforme al artículo 195º de la Constitución Política del Estado concordante con los artículos 9º, inciso 9) y 40º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades y la Norma IV PRINCIPIO DE LEGALIDAD RESERVA DE LA LEY del TUO del Código Tributario los Gobiernos Locales mediante Ordenanza pueden crear tasas licencias derechos y contribuciones debiendo en nuestro caso ser rectificada por la Municipalidad Provincial para su vigencia.
Que el artículo  38º de la Ley Nº 27444 – Ley de Procedimiento Administrativo General señala que cada (02) años las entidades están obligadas a publicar el integro del TUPA bajo responsabilidad de su titular sin embargo podrán hacerlo antes cuando consideren que las modificaciones producidas en el mismo lo ameriten debiendo ser aprobado por ORDENANZA MUNICIPAL.
Que conforme al artículo 66º del TUO del Código Tributario las tasas municipales son los tributos creados por los Concejos Municipales cuya obligación tiene como hecho generador la presentación efectiva por la Municipalidad de un servicio público o administrativo reservado a las municipalidades de acuerdo con la Ley Orgánica de Municipalidades.
Que por la dación del D.S. Nº 079-2007 PCM que aprueba los “Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del TUPA y Disposiciones para el cumplimiento de la Ley de Silencio Administrativo” se obliga a las entidades públicas (y privadas que ofrecen servicios públicos) a la elaboración y adecuación del TUPA a dicha norma indicando que los procedimientos administrativos que no tengan la condición de gratuitos cuyas tasas sean debidamente aprobadas deberán ser sustentadas en los costos por cada procedimiento y los derechos de tramitación (que no deberá exceder al costo real del servicio) del mismo modo cada procedimiento debe estar sustentado de una norma sustantiva local que la justifique legalmente y la aplicación de silencio positivo o negativo.
Que por Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM se aprueba la metodología de determinación de los costos de procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad comprendidos en los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos de las Entidades Públicas en cumplimiento del numeral 44.6 del artículo 44º de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General .
Que contando con la opinión técnica y legal favorable de la Sub - Gerencia de Planificación y Asesoría Legal Externa, resulta necesario aprobar el Texto Único de Procedimientos Administrativo – TUPA el mismo que contempla un total de 130 procedimientos administrativos. 
Estando a lo expuesto el Concejo Municipal luego de debatir y deliberar y, con la dispensa de la lectura   y la aprobación de acta, se APRUEBA por UNANIMIDAD..
OREDENAZA QUE APRUEBA EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE GROCIO PRADO
ARTICULO PRIMERO:
APROBAR EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS – TUPA DE LA MUNCIPALIDAD DISTRITAL DE GROCIO PRADO, el mismo que contiene 130 procedimientos administrativos y que en Anexo forma parte integrante del presente documento.
ARTICULO SEGUNDO:
APROBAR los PROCEDIMIENTOS ADMISTRATIVOS Y SERVICIOS PRESTADOS EN EXCLUSIVIDAD contenidos en el TUPA, aprobado en el articulo precedente.
ARTICULO TERCERO:
DEJAR SIN EFECTO la Ordenanza Nº 007-2011-MDGP/A, y todo documento que se oponga a la presente.
ARTICULO CUARTO:
Remitir, la presente Ordenanza Municipal y sus Anexos a la Municipal Provincial de Chincha para la ratificación correspondiente.
ARTICULO QUINTO:
La presente Ordenanza Municipal entrará en vigencia a partir del día siguiente de la publicación del Acuerdo de Concejo Provincial de Chincha que ratifique y de la presente Ordenanza en el Diario La Verdad del Pueblo de la Provincia.
ARTICULO SEXTO:
El Texto Único de Procedimientos Administrativos que contiene los procedimientos y servicios aprobados en la presente Ordenanza será publicado en el Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado (www.munigrocioprado.gob.pe) de conformidad a la Ley Nº 29090, bajo responsabilidad de la Gerencia Municipal, Sub Gerente de Planeamiento y Presupuesto, Secretaria general y el Área de Soporte Técnico de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado.   
REGISTRESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE
Luis Alfredo Tasayco Tasayco

Alcalde

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