Pisco, 01 de Abril del 2013
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PISCO
POR CUANTO:
El Concejo Municipal de
la Provincia de Pisco, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 27 de Marzo del
2013, en la cual se trató la Programación Anual de MATRIMONIOS CIVILES COMUNITARIOS;
CONSIDERANDO:
Que, el Art. 194º de la
Constitución Política del Perú y Ley Nº 27680 sobre reforma constitucional
establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de
Gobierno Local que gozan de autonomía económica y administrativa en los asuntos
de su competencia;
Que, el Art. 4º de la
Constitución Política del Perú señala que es deber del Estado y de todo Gobierno
Local, proteger a la familia y promover el matrimonio, en su consolidación de
institutos naturales y fundamentales de la sociedad;
Que, el Art. 74º de la
Constitución Política del Perú, concordante con el Art. 40º de la Ley Nº 27972,
Ley Orgánica de Municipalidades señala que los gobiernos locales pueden crear,
modificar y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de éstas dentro de su jurisdicción
y con los fines que señala la Ley;
Que, mediante Informe Nº
003-2013-OREC-PISCO, la Sub Gerencia de Registro Civiles de la Municipalidad
Provincial de Pisco, hace llegar la Programación Anual de Matrimonios Civiles Comunitarios
por la celebración del “Día de la Madre”
y por el “Día de la Fundación Española
de Pisco”, los días 11 de Mayo y 23 de Noviembre del año en curso respectivamente,
a partir de las 10.00 am. En la Plaza de Armas, y con un pago simbólico de S/.
30.00;
Estando a lo que se expone
y con la finalidad prescrita en los incisos 8 y 9 del Art. 9º de la Ley
Orgánica de Municipalidades Nº 27972, por UNANIMIDAD
de votos, aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA LA PROGRAMACIÓN
DE CELEBRACIONES DE MATRIMONIOS CIVILES
COMUNITARIOS PARA EL AÑO 2013
ARTICULO 1º.- APROBAR la Programación
Anual de MATRIMONIOS CIVILES
COMUNITARIOS, para los días 11 de Mayo y 23 de Noviembre del año en curso,
a partir de las 10.00 am. en la Plaza de Armas de Pisco, con motivo de la Celebración del “Día de la Madre” y “Día de
la Fundación Española de Pisco” respectivamente.
ARTICULO 2º.- ESTABLECER como pago único la suma de S/ 30.00
Nuevos Soles, como derecho de trámite administrativo.
ORDENANZA Nº
005 -2013-MPP
ARTICULO 3º.- ESTABLECER como únicos requisitos para la celebración
del Matrimonio Civil Comunitario a que se refiere el artículo primero, los siguientes:
-
Fotostática del DNI de
ambos contrayentes
-
Partidas de nacimiento
de Ambos (expedición gratuita si son nacidos en Pisco)
-
Certificados de Soltería
de ambos (expedición gratuita si son nacidos en Pisco)
-
Certificado Médico
(Sanidad o por el MINSA)
-
Certificado Domiciliario,
a través de una Declaración Jurada Simple
-
Recibo de pago
ARTICULO 4º.- ENCARGAR a la Secretaria General para que a
través de la Sub Gerencia de Imagen Institucional realice una campaña de difusión
masiva, y a la Sub Gerencia de Registros Civiles el cumplimiento de la presente
disposición.
POR TANTO:
Mando se publique, registre y cumpla.
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