El gobierno Regional Ica que preside el
Abogado Alonso Navarro Cabanillas, ha aprobado el Acuerdo de Consejo Regional
N° 005-2013-GORE Ica, en cuyos considerandos se hace precisiones sobre las funciones que le compete a los gobiernos regionales de conducir el
proceso de demarcación y organización territorial en el ámbito regional
conforme al Plan de Demarcación Territorial, para lo cual se encargan de
organizar, formular y tramitar ante la DNTDT, los expedientes de demarcación
territorial que se generen en el ámbito regional, así como da a conocer los
oficios que ha emitido la DNTDT, todo lo referente al problema de los límites
de la provincia de Chincha, los que se pretende mermar -al parecer por
intereses-, perjudicando a la benemérita provincia.
Se refiere igualmente en los
considerandos que se está
a-tendiendo a la trascendencia del diferendo limítrofe entre las provincias de
Chincha y Cañete, dado su carácter público y a efectos de garantizar los derechos
e intereses de defender la integridad territorial de la Región Ica, y que en
atención a las consideraciones precedentes y sustento los señores consejeros
han efectuado las deliberaciones, las que han concluido con la aprobación con
el quórum de ley, del presente Acuerdo de Consejo Regional N° 005-2013-GORE-Ica
a propuesta de los Consejeros Regionales de Chincha.
El citado Acuerdo de Consejo Regional
cuenta con seis (06) artículos) donde se aprecia el sentir de los que integran
la Región Ica, a fin de que no se perjudique los límites de la provincia de
Chincha.
Los citados artículos, dicen
textualmente:
“ARTICULO PRIMERO.- EX HORTAR al Señor Presidente del Consejo de Ministros para que la Direccion
Nacional Técnica de Demarcación Territorial (DNTDT), cumpla con el debido
procedimiento administrativo y el principio de predictibilidad, por cuanto
estamos ante un nuevo procedimiento de redelimitacion regional.
ARTICULO SEGUNDO.- RECHAZAR enérgicamente el ilegal Informe Técnico N° 001-2004-PCM/DNT
DT de fecha 27 de abril del 2004, por ser inaplicable, por tanto ineficaz para
el nuevo proyecto de ley, por haber sido archivado por el Congreso de la
Republica, y que oportunamente fue desconocido legalmente por Acuerdo de
Consejo Regional N° 0024-2010 de fecha 26 de mayo del 2010 del Gobierno Regional
de Ica por agraviar al Departamento de Ica, especialmente a la provincia de
Chincha.
ARTICULO TERCERO.- RESPALDAR las acciones administrativas, constitucionales, y de
coordinación parlamentaria que adopte el Presidente del Gobierno Regional de
Ica, a fin de que haga prevalecer el ámbito territorial de la Región de Ica y
la redelimitación de la Región Ica y Lima.
ARTICULO CUARTO.-
convocar a los Señores Alcaldes Distritales y Provinciales de la Región Ica,
para que de acuerdo a sus funciones, competencias exclusivas, compartidas y
delegadas, participen de manera activa en las acciones en defensa del ámbito
territorial de la Región Ica, que constituye una unidad geo económica acorde al
proceso de descentralización.
ARTICULO QUINTO.-
ENCARGAR a la Gerencia General Regional de Ica, en coordinación con la Gerencia
de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, las acciones de
coordinación y estricto cumplimiento del presente Acuerdo de Consejo Regional,
debiendo dar cuenta a la brevedad del estado del proceso.
ARTICULO SEXTO.-
PUBLICAR el presente Acuerdo de Consejo Regional en el Diario Oficial “El Peruano”
y en el Portal del Gobierno Regional de Ica, de conformidad a lo dispuesto por
el artículo 42° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales”.
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