Teniendo en cuenta que el Patrimonio Cultural Documental de
la Nación, está constituido por los documentos públicos y aquellos documentos
privados que tienen valor histórico; con Oficio Múltiple N°
005-2,012-GORE-ICA-ARI/D, el Director del Archivo Regional de Ica, se ha
dirigido a todas las instituciones públicas de la región Ica, haciéndoles
conocer la importancia y la obligación que tienen de mantener sus archivos
Institucionales debidamente organizados y protegidos frente a cualquier
situación que pueda ocasionar su pérdida o deterioro.
Acompañando dicho oficio, les ha hecho llegar un fólder
conteniendo 72 folios en los que se encuentran los siguientes dispositivos:
*D. L. Nº 19414 (16.May. 72) “Declárese de Necesidad
Pública, la Defensa, Conservación e Incremento del Patrimonio
Documental”
*Directiva N° 004-86-AGN-DGAI “Normas para la Formulación
del Programa de Control de Documentos para los Archivos Administrativos del
Sector Público Nacional”
*Directiva N° 005-86-AGN-DGAI “Norma para la Transferencia
de Documentos en los Archivos Administrativos del Sector Público Nacional”.
*Directiva N° 006-86-AGN-DGAI “Norma para la Eliminación
de Documentos en los Archivos Administrativos del Sector Público Nacional”.
*Directiva N° 007-86-AGN-DGAI “Normas para la Conservación
de Documentos en los Archivos de la Administración Pública Nacional”.
*Directiva N° 001-2,008-AGN-ANDAAI “Procedimiento de
Transferencia del Acervo Documental”.
*Directiva N° 002-2,008-AGN-DNDAAI “Normas para la
Transferencia del Acervo Documental en el Desarrollo de la Transferencia de
Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales”.
*Ley N° 25323 “Ley del Sistema Nacional de Archivos”
*Ley N° 27806 “Ley de Transparencia y Acceso a la Información
Pública”.
*D.S. N° 072-2,003-PCM “Reglamento de la Ley N° 27806”.
*Resolución Jefatural N° 076-2,008-AGN-J “Reglamento
de Aplicación de Sanciones Administrativas por Infracciones contra el Patrimonio
Documental”.
Finaliza el documento, pidiéndole a los Jefes
institucionales que hagan llegar las normas remitidas al responsable del
Archivo de su dependencia, con la finalidad que se adecúen y ordenen en la
defensa del Patrimonio documental de la región.
Hay que tener muy en cuenta que, en la actualidad, la Ley
de defensa del Patrimonio Documental, señala como delito, la pérdida o
deterioro de los documentos públicos y sanciona con penas de prisión a los responsables.
Por esa razón, se iniciarán las visitas a los Archivos Institucionales y se
procederá de acuerdo a Ley.
Ya están avisados los funcionarios de todas las dependencias
y, sobre todo, los responsables de los Archivos.
COL. 046
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