martes, 26 de febrero de 2013

Demanda Judicial amenaza la atención a pacientes de la Especialidad de Pediatría en Hospital San José: Chincha



La directora de la Unidad Ejecutora 401 Salud Chincha, Dra. Consuelo Gilda Solari Bonifacio, con la presencia del Dr. Carlos Jiménez Agapito, asesor (abogado) de la mencionada institución, ofrecieron ayer una conferencia de prensa en su local de salud.
En su informe a los medios de comunicación de la localidad, la Dra. Gilda Solari manifestó sobre la demanda de acción de amparo irregular que perjudica a los pacientes del Servicio de Pediatría del Hospital San José de Chincha, dictada por el 3er Juzgado Civil de Ica a favor del Dr. Juan Noel Díaz López, médico del citado nosocomio, donde se ordena su reasignación a la ciudad de Ica, desamparando de este modo a los pacientes en nuestra provincia de Chincha.
Esto es lo que nos llama la atención -enfatizó la Dra. Gilda Solari Bonifacio- Primero dijo,    la celeridad del caso. Segundo la parcialización, y discúlpenme la expresión, porque no se ha tenido la información del Hospital San José, y tercero, el tema del Dr. Alfredo Aguado Sesino, del tercer Juzgado de Ica, que si a mí me llega una demanda y no es de mi competencia, obviamente la tengo que derivar hacía donde tiene que ir, en esta caso Chincha.
Entonces todo esto, en verdad a nosotros nos perjudica y en cierta manera, una vez más, es una cachetada, creo, al funcionamiento administrativo de no solo de este Hospital que está próximo a cumplir 102 años, sino de todas otras cosas que se darán y que lamentablemente muchas veces las personas que necesitan reclamar no tienen pues la opción de poder manifestarla.
Gracias a Dios -prosiguió Gilda Solari- esta unidad Ejecutora tiene un asesor legal (Dr. Carlos Jiménez), en cierta manera tenemos el aparataje para poder también hacer valer los derechos del Hospital San José, de la Unidad Ejecutora, pero sobre de todos los pobladores de la provincia de Chincha.
Terciando la conversación, el Dr. Carlos Jiménez Agapito expresó que ha contestado la demanda argumentando de que en realidad no corresponde al juzgado de la jurisdicción de Ica llevar a cabo este proceso sino al de Chincha, por un tema de carácter procesal, y lo segundo pues sin analizar los he-chos, sin esperar la contestación o absolución de la demanda, ha resuelto una medida cautelar por el cual declara fundado una medida innovativa y ordena al Hospital San José de que emita una Resolución de Reasignación.
El tema principal -añadió- es que el Código Procesal Constitucional establece de que corresponde conocer el proceso al juez donde se encuentra, en este caso, territorialmente, al Hospital San José donde se emitió el acto administrativo y las dos acciones correspondería a la jurisdicción de Chincha.
El prejuicio es de bastantes responsabilidades. Este es el motivo por el cual es esta Conferencia, en el sentido de que desde ya está mermado la capacidad resolutiva de atención en el área de Pediatría y lo que determina, en este caso la directora Solari, es de que mañana o más tarde, cualquier deficiencia que se quiera dar en esta aten-ción, pues corresponde a un mandato judicial por el cual ella pues estaría eximiendo esta responsabilidad.
Finalmente acotó que la alta Dirección Ejecutiva, él como abogado, no solamente está asumiendo la defensa del Hospital San José, sino también conjuntamente lo hace el Procurador Regional de Ica, que también está tomando las acciones legales, contestando la demanda y, creo, que en forma coordinada estaremos haciendo ver al Juzgado de Ica de que ha existido una equivocación o de repente ligereza, y que enmiende pues, en todo caso, la acción que ha tomado, puntualizó él indicado letrado.

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