jueves, 19 de abril de 2012


Corte Superior de Justicia de Lima realizó Tercera Sala Plena sobre nivelación de remuneraciones

Durante los días 12 y 13 de abril del año en curso los Magistrados de la Corte Superior de Justicia de Lima, participaron en la Sesiones de Sala Plena Permanente y Extraordinaria, mediante las cuales expresaron una vez más su preocupación por la nivelación de haberes, pendiente de cumplimiento desde hace 19 años. 
Los Jueces acordaron por unanimidad emitir un pronunciamiento a través del cual manifestaron lo siguiente: “Que el cumplimiento del artículo 186° inciso 5 del Texto Único ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, cuyo acatamiento ha sido  postergado por 19 años y que establece las remuneraciones de los Jueces Superiores, Especializados y de Paz Letrado, en el 90%, 80% y 70% de los haberes totales de los jueces Supremos sea inmediato y no progresivo.
Por su parte, los Jueces Especializados y Mixtos y de Paz Letrados Titulares de la Corte de Lima, reunidos en Junta de Jueces Permanente, acordaron entre otros aspectos “expresar su preocupación por la situación laboral de los trabajadores judiciales y administrativos del Poder Judicial, que pese a la responsabilidad civil, penal y administrativa que tiene, no perciben una remuneración digna, acorde con la labor que desempeñan”
Asimismo, acordaron “denunciar la injusticia en el sistema remunerativo de los servidores estatales, pues resulta inequitativo que los servidores de muchos organismos estatales, vinculados o no al sistema de justicia, perciban mayores remuneraciones que los trabajadores judiciales y administrativos, sin tener la sobrecarga de trabajo y las responsabilidades del cargo que tienen los trabajadores judiciales”.
Los magistrados manifestaron además “su apoyo y respaldo a la reclamación de los trabajadores judiciales en cuanto pretenden la aprobación de una nueva escala remunerativa que sea acorde con los ingresos de los trabajadores de las entidades del sistema de justicia”.
Finalmente, acordaron “solicitar a todas las instancias competentes del Poder Judicial, Poder Ejecutivo y Poder Legislativo que realicen sus mejores esfuerzos para la pronta aprobación y ejecución de la escala remunerativa de los trabajadores judiciales y administrativos del Poder Judicial, en cabal cumplimiento de la Octogésima Sétima Disposición de la Ley 29812 Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2012, escala remunerativa que deberá aprobarse en el presente ejercicio presupuestal,. A fin de dar cumplimiento de dicha norma”.
Oficina de Prensa e Imagen Institucional – Corte Superior de Justicia de Lima

Edición miércoles 18

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