Bosque de Banderas Avenida Massaro - Chincha.

Pileta Central - Plaza de Armas de Chincha

Plaza de Armas del distrito de El Carmen - Chincha.

Atardecer en la Plaza de Armas de Larán.

Plaza de Armas de Pueblo Nuevo.

miércoles, 25 de marzo de 2026

Municipio Provincial continúa con Campaña de Limpieza de calles y Mercado de Abastos


Personal de limpieza pública de la Municipalidad Provincial de Chincha, está ejecutando campañas de limpieza en diferentes zonas de la provincia, iniciando en las primeras horas del día, con apoyo de cisternas, maquinarias y también de la EPS Semapach.

Esta actividad consiste en barrido, recojo de residuos, regado de espacios y retiro de productos en la vía pública, interviniendo arterias cercanas a la I. E. San Martín de Porres, zona en la que los comerciantes prácticamente toman la calle para vender sus productos de manera informal, dejándola bastante sucia, a pesar de que algunos tienen sus locales,  prefieren salir a vender afuera.

En esta limpieza integral de la calle Arica, Sucre, Santos Nagaro, se dejó con una nueva imagen y mejor ambiente, pero que los comerciantes deben mantener.

Sin embargo se ha visto que estas amanecen bastante sucias, que a los comerciantes no les gusta la limpieza, por que dejan sus residuos regados en las calles, no tomando en cuenta el esfuerzo que hace el personal para dejarlos limpios, para que la población camine en buen ambiente.

Esta mañana el equipo estuvo en el frontis de Mercado de Abastos  y también en el interior con apoyo de los comerciantes.





Funcionarios de la municipalidad de Sunampe participaron en charla

En una importante charla informativa desarrollada en coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), participaron funcionarios de la comuna distrital, con el objetivo de fortalecer capacidades y mejorar la gestión pública.

En esta jornada se contó con la presencia de la alcaldesa (e) Lic. Martha Pachas Torres,  quien reafirmó su compromiso de seguir impulsando acciones que contribuyan al desarrollo ordenado y transparente del distrito.

Con estas actividades el personal actualiza sus  conocimientos, optimiza procesos y asegura una mejor ejecución de los recursos públicos.

Motociclista ebrio es intervenido por la PNP


En operativo “Control Territorial – Chincha 2026”, agentes de la dependencia policial de Grocio Prado, al mando de un equipo, ubicados en la primera cuadra de la Av. 28 de Julio del distrito, intervinieron al motociclista J. Castillón (37), quien a bordo de su vehículo menor de placa de rodaje 3403-AY, se desplazaba temerariamente por la vía, realizando movimientos en zigzag.

Tras su intervención en flagrancia delictiva, la policía observó en él visibles signos de haber consumido bebidas alcohólicas, siendo por ello trasladados a la unidad policial para efectuar las diligencias de ley.

Choque entre vehículos deja una persona herida


Este grave accidente de tránsito ocurrió por inmediaciones del Centro Poblado Lurinchincha, jurisdicción del distrito de Chincha Baja, donde colisionaron frontalmente dos vehículos automotores que circulaban por la zona indicada.

Una de estas unidades es un automóvil de placa de rodaje ARY-225, conducido por G. Calderón R. (58), natural de Pisco, y el otro una motocicleta de matrícula 9660-2Y, marca Yamaha, manejado por A. Quispe C. (34), quien resultó con severas lesiones por lo que fue trasladado al Hospital San José, siendo su diagnóstico “Policontuso por accidente de tránsito”.

En tanto el otro conductor, Calderón quedó detenido por el presunto delito contra la vida el cuerpo y la salud, en la modalidad de lesiones culposas.

Contraloría alertó inoperatividad y uso inadecuado de ambulancias en el Hospital San José de Chincha

De cinco unidades, tres están inoperativas, otra se utiliza en temas administrativos y solo una transporta pacientes

La Contraloría General de la República - CGR advirtió que tres de las cinco ambulancias con las que cuenta el Hospital San José de Chincha están inoperativas y solo una es utilizada para el transporte de pacientes, debido a que la otra unidad es usada para labores administrativas, situación que pone el riesgo el traslado oportuno y seguro de usuarios del nosocomio y el adecuado uso de los bienes de Estado.

De acuerdo con el Informe de Orientación de Oficio n.° 002-2026-OCI/0659-SOO, cuyo periodo de evaluación comprende desde el 31 de marzo al 15 de mayo del 2025, las tres ambulancias inoperativas se encuentran en un taller particular, sin ninguna custodia de la entidad y están inmovilizadas por deficiencias mecánicas. Una de las unidades permanece en ese lugar desde hace dos años.

La única ambulancia que cumple con su finalidad pública de transportar pacientes presenta fallas en el pedal de embrague y no cuenta con revisión técnica vigente, ni mantenimiento preventivo reciente.

Pese a esta situación, se dispuso que la otra ambulancia operativa sea utilizada desde marzo a mayo del 2025 para el transporte de medicamentos, entrega de documentos y movilización de personal para el desarrollo de programas de salud.

Incluso, el nosocomio también posee cuatro camionetas: dos operativas que se utilizan para el traslado de funcionarios y de personal durante campañas médicas y otras dos paralizadas, debido a que sus motores están averiados; además de una combi que se encuentra en un taller particular desde hace dos años.

El resultado de este informe de orientación de oficio fue comunicado al titular del Hospital San José de Chincha para que adopte las acciones preventivas y correctivas que correspondan.

ASOCIACION DE CRIADORES DE GALLOS DE PELEA A NAVAJA DE CHINCHA - CONVOCATORIA DE ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA

 

Ministerio Público realiza acción preventiva sobre circulación de vehículos tubulares en Ica

La Fiscalía Especializada en Prevención del Delito de Ica, llevó a cabo una acción preventiva orientada a verificar la circulación de vehículos tubulares en la vía pública, en salvaguarda de la seguridad ciudadana y el orden público.

La diligencia se realizó el 24 de marzo a las 10:00 a.m., bajo la conducción del fiscal provincial Pedro del Carpio Soto, en el sector conocido como “Tierra Prometida”, donde se constató la circulación de vehículos tubulares en vías pavimentadas, así como la ocupación indebida de bermas y el estacionamiento de estas unidades en exteriores de inmuebles.

Durante la intervención, el representante del Ministerio  Público identificó posibles riesgos para la seguridad de peatones y conductores, así como presuntas irregularidades vinculadas al uso de espacios públicos y privados.

En ese contexto, como alerta se exhorta a la Policía Nacional del Perú a ejecutar operativos a través de la unidad de tránsito, a fin de controlar la circulación de estos vehículos. Asimismo, se recomienda la intervención de unidades policiales especializadas para verificar inmuebles que funcionarían como talleres, con el objetivo de detectar posibles delitos como receptación, hurto de autopartes o el ingreso de piezas sin con trol aduanero.

Así mismo se recomienda, a la autoridad local correspondiente a adoptar las acciones conforme a ley respecto de los inmuebles que operan como talleres sin cumplir con los requisitos establecidos, aplicando las sanciones administrativas pertinentes.

Finalmente, se insta a las autoridades que protegen las dunas, iniciar los procedimientos administrativos sancionadores contra los vehículos que ocupan zonas de dunas consideradas áreas protegidas, disponiendo su retiro inmediato en resguardo de la zona de conservación.  

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA - ORDENANZA MUNICIPAL N° 012-2026-MPCH

 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA

ORDENANZA MUNICIPAL N° 012-2026-MPCH

Chincha, 18 de marzo de 2026

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCA

POR CUANTO:

El Concejo Provincial de Chincha en sesión ordinaria de fecha 11 de marzo de 2026; VISTO; el Informe N° 075-2026-GM/MPCH de fecha 11 de marzo de 2026 de la Gerencia Municipal; el Informe Legal N° 1089-2026-GAJ/MPCH de fecha 11 de marzo de 2026 de la Gerencia de Asesoría Jurídica ; el Informe N° 0743.2026-GAT/MPCH de fecha 10 de marzo de 2026 de la Gerencia de Acondicionamiento Territorial ; el Informe N° 0474-2026-MDRPN/SGPUCS/GAT/MPCH de fecha 09 de marzo de 2026 de la SubGerencia de Planeamiento Urbano, Catastro y Supervisión  sobre implementación y alineamiento en el Plan de Desarrollo Urbano (PDU) las vías secundarias A. Lateral 3 y Av. Colectora, y;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad a lo señalado en el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley N° 30305, en concordancia con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley N°27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, se establece que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativo y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, según lo señalado por el inciso 6) del artículo 195° de la Constitución Política del Perú, las municipalidades tienen competencia para planificar el desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonificación, urbanismo y acondicionamiento territorial;

Que, el artículo 9° numeral 8) de la Ley N.º 27972, prescribe que corresponde al Concejo Municipal, entre otras atribuciones, aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos;

Que, el artículo 40 de la L.O.M, establece que “Las ordenanzas Municipales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa.

Que, con la expectativa de salvaguardar el planeamiento urbano de la ciudad con respecto a las vías y proyecciones de vías, y basándonos que dentro de nuestro Plan de Desarrollo Urbano vigente aprobado por Ordenanza N°030-2007 de fecha 07.12.2007, no se encuentran señaladas algunas vías principales y secundarias en su oportunidad y hoy siendo que nuestra ciudad se viene incrementando la población específicamente en su orientación Noreste y con el fin de asegurar el transito continuo de nuevas vías y/o mejoramiento de vías existentes en dicha zona urbana y de expansión urbana, se es factible normar, regular, y/o hacer respetar un alineamiento de vías en dicho sector, basándonos a la vez que se encuentra en una Zonificación RESIDENCIAL DENSIDAD BAJA (RDB), por lo que es de mucha importancia las Vías de interconexión perpendiculares de la CARRETERA A LARAN (Vía Principal) para conectar con la AV. IRRIGACIÓN PAMPA DE ÑOCO (Vía Principal), y acondicionándonos al Plan Director provincial de Chincha – Sistema Víal, aprobado por Decreto de Alcaldía N°034-1989, de fecha 29.12.1989, donde se establece las secciones de vías, se ha denominado como VÍAS SECUNDARIAS, la AV. LATERAL 3 (Segunda entrada a la Upis San Agustín) y AV. COLECTORA (frente a la Balanza de Agro inversiones Violeta), ambas con una SECCIÓN DE VÍA de 20.00 ml, haciendo mención que la vía denominada CARRETERA A CASTROVIRREYNA, se encuentra estipulada en el Plan de Desarrollo de la Ciudad una SECCIÓN DE VÍA de 20.00 ml. y la AV. EL SOL, ha sido Aprobada con Ordenanza Municipal N°12-2023-MPCH, de fecha 17.07.2023, con una Sección de Vía de 20.00 ml.   

Que, ante el ordenamiento de la ciudad de una zona urbana y de expansión urbana en su orientación Noreste, es factible y la necesidad la IMPLEMENTACIÓN EN NUESTRO PLAN DE DESARROLLO DE LA CIUDAD, estas VÍAS SECUNDARIAS, denominándose AV. LATERAL 3 (Segunda entrada a la Upis San Agustín)  y AV. COLECTORA (frente a la Balanza de Agro inversiones Violeta), ambas con una SECCIÓN DE VÍA de 20.00 ml, al encontrarse a la vez en una Zonificación RESIDENCIAL DENSIDAD BAJA (RDB); muy al margen que esto implicaría, afectación de área, áreas cedidas para vía pública, área de aportación para vías públicas conforme las normas de las Habilitaciones Urbanas (HH.UU), el Reglamento Nacional de Edificaciones (R.N.E.), Inmatriculaciones, Sub Divisiones, Independizaciones de predios rústicos dentro de la zona urbana, Habilitaciones urbanas de oficio y otras tramites que correspondan, o en todo caso si existiese alguna expropiación por alineamiento de vía, se acogerán al trato directo o casos a procesos de expropiación de propiedades privadas dentro de los alcances al D.L.N°1192 y su modificatoria D.L.N°1330, Decreto Legislativo que aprueba la Ley marco de Adquisición y expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del estado y otros, para así no vulnerar sus derechos con respecto a la sección de vía propuesta, que se encuentra en una zona en expansión urbana y conllevar una enorme importancia para el desarrollo social, económico y comercial.

Que, mediante Informe N.º 0474-2026- MDRPN/SGPUCS/GAT/MPCH de fecha 09 de marzo del 2026, la Subgerencia de Planeamiento Urbano Catastro y Supervisión concluye que se eleve al Consejo Municipal para la Implementación en nuestro Plan de Desarrollo de la ciudad, Vías de interconexión perpendiculares de la Carretera a Larán (Vía Principal) para conectar con la Av. Irrigación Pampa de Ñoco (Vía Principal) denominándose así Vías Secundarias, denominándose Av. Lateral 3 ( Segunda entrada a la Upis San Agustín) y Av. Colector (frente a la Balanza de Agro inversiones Violeta) ambas con una SECCION DE VIA de 20.00 ml.

Que, mediante Informe Nº 0743-2026-GAT/MPCH de fecha 10 de marzo del 2026, la Gerencia de Acondicionamiento Territorial concluye que se eleve al Consejo Municipal para la Implementación en nuestro Plan de Desarrollo de la ciudad, Vías de interconexión perpendiculares de la Carretera a Laran (Vía Principal) para conectar con la Av. Irrigación Pampa de Ñoco (Vía Principal) denominándose así Vías Secundarias, denominándose Av. Lateral 3 ( Segunda entrada a la Upis San Agustín) y Av. Colector  (frente a la Balanza de Agro inversiones Violeta) ambas con una SECCION DE VIA de 20.00 ml.

Que, mediante Informe N.º 1089 -2026-GAJ/MPCH de fecha 11 de marzo del 2026, la Gerencia de Asesoría Jurídica concluye que se eleve al Consejo Municipal para la revisión, deliberación y aprobación a la propuesta de implementación en el Plan de Desarrollo Urbano de las vías secundarias AV. LATERAL 3 y AV. COLECTORA, ambas con sección de 20.00 ml.

Estando a los fundamentos expuestos, con el mérito de los informes técnicos y legal y de acuerdo con lo dispuesto en la Ley N.º 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal Provincial por unanimidad, ha dado la siguiente:

 

ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA IMPLEMENTACION EN EL PLAN DE DESARROLLO URBANO DE LAS VIAS SECUNDARIAS AV LATERAL 3 Y AV COLECTORA CON SECCION DE 20.00 ML.

 

Artículo 1.- APROBAR la Implementación en nuestro Plan de Desarrollo de la ciudad, Vías de interconexión perpendiculares de la Carretera a Larán (Vía Principal) para conectar con la Av. Irrigación Pampa de Ñoco (Vía Principal) denominándose así Vías Secundarias, denominándose Av. Lateral 3 (Segunda entrada a la Upis San Agustín) y Av. Colector (frente a la Balanza de Agro inversiones Violeta) ambas con una SECCION DE VIA de 20.00 ml.

Artículo 2°. - ENCARGAR, a la Gerencia Municipal y a las áreas competentes, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente ordenanza, proceda la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro incorporar el Plano Municipal que forma parte de la presente ordenanza para su integración en la base digital del catastro.

Artículo 3°.- ENCARGAR, a la Oficina General de Secretaria y a quien corresponda, la publicación de la presente Ordenanza de acuerdo a Ley, así como, en el Portal Web de la Municipalidad Provincial de Chincha.

POR TANTO:

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

 

ING. CÉSAR CARRANZA FALLA

ALCALDE

Minsa emite alerta epidemiológica ante el incremento del riesgo por Leptospirosis en regiones que registran lluvias intensas

Medida aplica a todos los establecimientos de salud públicos y privados.

Con el objetivo de fortalecer la vigilancia epidemiológica, detección, tratamiento de casos y respuesta sanitaria en todos los establecimientos públicos y privados, el Ministerio de Salud (Minsa), a través del Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades emitió la Alerta Epidemiológica AE–CDC-N°004-2026 ante el incremento del riesgo por Leptospirosis asociados a lluvias intensas en diferentes regiones del país.

La alerta epidemiológica tiene un ámbito de intervención en los distritos de las regiones declaradas en emergencias siendo estas: Amazonas, Áncash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Piura, Puno, San Martín, Tacna, Tumbes y Ucayali.

Se fortalecerá las acciones de vigilancia e investigación epidemiológica, notificación inmediata de casos probables y confirmados; establecer el estándar técnico y de monitoreo de procesamiento de muestras por Leptospirosis, el cual no debe exceder, de ser posible, las 24 horas desde su recepción; realizar el diagnóstico molecular mediante la técnica de PCR, a través del Laboratorio de Referencia Nacional de Metaxénicas y Zoonosis Bacterianas.

Además, brindará asistencia técnica para la organización y funcionamiento de los servicios de salud, bajo mapas de flujos de referencia y contrarreferencia; fortalecer las capacidades de los diferentes profesionales de la salud, garantizando el monitoreo oportuno y atención de los pacientes con Leptospirosis; realizar la vigilancia de la calidad del agua para consumo humano, con énfasis en la desinfección del agua tanto en las empresas prestadoras de servicio y a nivel domiciliario (cloro residual libre, turbiedad); implementar campañas informativas a través de los equipos de comunicaciones; desarrollar de acciones de promoción y prevención, la redistribución y abastecimiento de productos farmacéuticos, dispositivos médicos y productos sanitarios, entre otras medidas.

La leptospirosis, es una enfermedad infecciosa causada por la bacteria Leptospira. Se transmite a los seres humanos a través del contacto con agua, barro o alimentos contaminados con la orina de animales infectados, especialmente cuando existen heridas abiertas o contacto con mucosas (ojos, nariz y boca).

Entre los principales síntomas se encuentran fiebre alta, dolor de cabeza intenso, dolor muscular (especialmente en espalda baja y piernas), dolor abdominal, enrojecimiento de ojos, náuseas, vómitos y diarrea.

Policía interviene a sujeto por tocamientos indebidos


La denuncia fue presentada en la comisaría de Pueblo Nuevo – Chincha por la presunta agraviada, quien refirió a los efectivos policiales, que el hecho se suscitó en la Urbanización Los Viñedos, conocido como “Techo Propio”, sector de Grocio Prado.

La policía se desplazó al lugar indicado, donde procedió a intervenir a la persona, identificada como C. Martínez (48), quien se encontraba en el interior de su domicilio.

Una vez explicado el motivo  de la intervención, la policía procedió a trasladar al denunciado a las instalaciones de la  comisaría por el presunto delito de tocamientos indebidos, para luego ser comunicado el hecho a las autoridades competentes de la provincia.

Por hurto agravado cae sujeto en San Andrés

 

La rápida intervención policial permitió capturar a Á. Muñante (33) en flagrancia delictiva, tras haber irrumpido en un Fundo, ubicado en la Av. Fermín Tangüis, donde el inmueble fue blanco de hurto en horas de la noche.

Durante el registro personal, la policía logró recuperar un martillo marca Duramax, una podadora, una comba marca Truper, entre otros objetos sustraídos.

El detenido es investigado por la presunta comisión del Delito contra el patrimonio en la modalidad de hurto agravado. 



COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO CHINCHA LTDA N°397 - CONVOCATORIA

 

COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO CHINCHA LTDA N°397

CONVOCATORIA

ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA PRESENCIAL DE SOCIOS HABILES

Por acuerdo del Consejo de Administración en su sesión ordinaria de fecha 19 de marzo del 2026 se convoca a Asamblea General Ordinaria a los socios hábiles de la cooperativa, de conformidad con el art 30° numeral 16° del TUO de la Ley General de Cooperativas y arts. 27°, 28°, 29°, 30°, 31°, 32°, 34° y 54° del Estatuto; CONVOCA a ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA PRESENCIAL DE SOCIOS HABILES, para tratar los siguientes puntos de Agenda:

PRIMERA CONVOCATORIA

AGENDA:

1. Lectura y aprobación de la Memoria del Consejo de  Administración y del Consejo de Vigilancia 2025

2. Lectura y análisis de los Estados Financieros del periodo 2025

3. Informe Gerencial al 31 de diciembre 2025

4. Aplicación de los Resultados del ejercicio 2025

5. Aprobación del Presupuesto Institucional 2026

6. Renovación de los tercios de dirigentes del consejo de administración, del  consejo de vigilancia, del comité de educación y del comité electoral.

Fecha: lunes 31 de marzo 2026.

Tipo: Presencial

Lugar: Local Institucional: Calle Pedro Moreno N°444-1, Chincha Alta

Hora: 1ra. Citación 6:00 p.m.

          2da. citación 7:00 p.m.

La Asamblea General quedara legalmente constituida en Primera Convocatoria de acuerdo a lo dispuesto en el art. 30 del estatuto.

SEGUNDA CONVOCATORIA

De no obtenerse el quórum Estatutario en la Primera Convocatoria y de Conformidad con el artículo 30° del estatuto, La Asamblea General, queda convocada en Segunda Convocatoria:

Fecha: lunes 31 de marzo 2026.

Tipo: Presencial

Lugar: Local Institucional: Calle Pedro Moreno N°444-1, Chincha Alta

Hora: 7:00 p.m.

Para abordar y desarrollar la misma Agenda de la Primera Convocatoria.

La Asamblea General quedara legalmente constituida en Segunda Convocatoria de acuerdo a lo dispuesto en el art. 30 del estatuto.

Chincha Alta, 23 de marzo 2026

María Luisa Vilca Sánchez

Presidente

Consejo de Administración

ASOCIACION DE CRIADORES DE GALLOS DE PELEA A NAVAJA DE CHINCHA - CONVOCATORIA DE ASAMBLEA GENERAL OBLIGATORIA

 

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