Bosque de Banderas Avenida Massaro - Chincha.

Pileta Central - Plaza de Armas de Chincha

Plaza de Armas del distrito de El Carmen - Chincha.

Atardecer en la Plaza de Armas de Larán.

Plaza de Armas de Pueblo Nuevo.

jueves, 19 de febrero de 2026

Vecinos se quejan por desmonte cerca de sus domicilios


Vecinos de la primera cuadra de la Av. Bom Bom Coronado y segunda cuadra de Prolongación Colón se están quejando porque en la pista cerca de sus domicilios están acumulando desmonte y residuos sólidos. 

Ellos refieren que al parecer alguna persona que radica en la zona podría estar efectuando arreglos en su domicilio y pues está dejando esos escombros para que la municipalidad se lo lleve.

Aprovechando está incómoda situación otras personas están sacando sus residuos sólidos allí, creando un mal aspecto en una vía que ha sido inaugurada hace pocos meses. Aparte de ello creando un foco infeccioso ahora con el intenso calor.

Similar caso está ocurriendo en la calle Pedro Ronceros 2da cuadra donde una emblemática institución educativa ha  sacado hace tiempo escombros y últimamente han podado sus árboles dejando todo en la vía,  además de cartones y residuos sólidos que algunos recicladores escogen y se llevan, ellos no toman en cuenta que aparte de afectar a los vecinos con esa fea imagen, tienen a otra institución educativa privada al frente.


XXII Edición del Carnaval Negro 2026

En el distrito de El Carmen ya iniciaron las coordinaciones para celebrar la XXII edición del Carnaval Negro en este año 2026.

A través de sus redes la comisión encargada de este evento, está promocionando parte del espectáculo que se presentará en la plaza de armas del distrito  el 28 de febrero.

Estarán en el escenario en esa importante fecha la Orquesta Son Tentación, Criollo Son, Chevy y su Caliente, La Pikante, además se están difundiendo otras actividades como el Campeonato de Fulbito - Noche Deportiva en diversas categorías.

En los próximos días la municipalidad dará a conocer el programa completo del Verano Negro en El Carmen.

En operativo “Impacto Chincha” policía recupera vehículo robado


Acatando disposiciones superiores, personal policial de la comisaría de Tambo de Mora realizó ayer miércoles un importante operativo en el indicado distrito de Chincha.

En el desarrollo de esa acción prevista, los agentes intervinieron a varios vehículos mayores y menores, en circunstancias que esas unidades se desplazaban por la altura de la Av. Industrial y muelle viejo.

En ese principal lugar, fue intervenida una moto lineal,  modelo pulsar, color negro gris, con placa de rodaje 1361-UB, que presentaba requisitoria vigente, solicitado por la sección de protección de vehículos Chincha, que registra denuncia por asalto y robo de vehículo, el cual había sido abandonado en la zona.

También en ese punto crítico, los efectivos erradicaron lunas polarizadas a mototaxis, cuyos conductores se encontraban de esta manera infringiendo el Reglamento Nacional de Tránsito.

Presunto integrante de banda criminal es capturado por la PNP

En operativo desplegado por la altura de Jirón Lima en Pueblo Nuevo - Chincha, agentes policiales de la comisaría de este distrito logró la captura de  C. Velazco R. (38), domiciliado en A.H. José Carlos Mariátegui, quien sería integrante de la organización criminal “Los duros del sur”.

A fin de descartar esta sospecha, la policía interviniente  acudió a consultar en el sistema de requisitorias, el cual arrojó positivo.

La persona detenida se encontraba solicitada por el Juzgado de Investigación Preparatoria, por la presunta comisión del delito contra la paz pública, comercialización de droga en la provincia.

Por ello quedó detenido en la subunidad policial.

Operativos en Pisco continúan todos los fines de semana por Estado de Emergencia


El personal de la División de Orden y Seguridad de Pisco liderado por el Crnel. PNP Daniel Elías Soto en alianza con el Ejercito del Perú y el cuerpo de serenazgo de Pisco viene intensificado sus acciones  de prevención en distintos puntos de la provincia de Pisco, con el objetivo de fortalecer la prevención ante cualquier acto ilícito. Los operativos de identificación se desarrollan de manera conjunta y permanente.


Lluvias en la costa norte se intensifican ante El Niño Costero 2026

Senamhi exhorta a las autoridades regionales y locales a coordinar a fin de adoptar acciones preventivas.

En los últimos días, la costa ha soportado lluvias de fuerte intensidad con acumulados de hasta 66.6 mm/día en la estación meteorológica Morropón (Piura), de acuerdo con los datos de la red de estaciones meteorológicas y el análisis que proporciona el Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú (Senamhi), adscrito al Ministerio del Ambiente (Minam).

En este contexto, el presidente ejecutivo (e) del Senamhi, Edgar Sánchez De La Cruz, advirtió que las autoridades regionales y locales deben coordinar acciones de preparación ante eventos adversos como inundaciones, desbordes o activación de quebradas. “Es importante que las autoridades encargadas de la Gestión del Riesgo de Desastres cuenten con información oportuna generada por el Senamhi, para la toma de decisiones. En ese sentido el Senamhi ha emitido Avisos Meteorológicos sobre lluvias intensas que alcanzarán hasta los 100 milímetros de precipitación acumulada en un día, como lo registrado en los sectores de Alamor y La Ardilla, en Piura”, precisó.

Como se recuerda, la Comisión Multisectorial ENFEN emitió el Comunicado Oficial n.°03 el pasado 13 de febrero, que dio inicio al estado de Alerta de El Niño Costero, dadas las condiciones cálidas del mar en la región del Pacífico denominada Niño 1+2, frente a costa norte y central del Perú, y la alta probabilidad de que estas condiciones se mantengan por lo menos hasta noviembre.

En este escenario, se prevé el incremento de los caudales de los ríos, especialmente en la vertiente del Pacífico, donde se pueden dar episodios de crecidas repentinas, como las registradas entre el 17 y 18 de febrero en los principales ríos del departamento de Ica, como son los ríos San Juan, Ica y Pisco, los cuales alcanzaron el umbral rojo debido a las lluvias registradas en la sierra central de nuestro país. Pero también Lima puede verse afectada en la medida que los ríos Rimac, Chillón y Lurín vienen presentando incrementos progresivos de los caudales, previéndose que entre febrero y marzo pueden darse crecidas repentinas.

Sánchez De La Cruz, advirtió que en este contexto el sector agrícola podría verse afectado, “las lluvias intensas en la costa norte afectarían principalmente los cultivos de arroz, maíz amarillo, banano orgánico, mango, etc., debido a posibles desbordes e inundaciones, además de aumentar las infecciones causadas por plagas”, precisó.

Finalmente, el titular del Senamhi instó a las autoridades locales y regionales a participar en las plataformas intersectoriales en el marco de la GRD para recibir información sobre los pronósticos de lluvias y temperaturas, en el contexto de El Niño costero 2026.

Además, recordó que se debe gestionar de manera responsable los desechos sólidos que afectan a las quebradas de los ríos (sobre todo en las quebradas secas), para reducir los estragos de una activación, que se agrava en la mayoría de casos, por los efectos de la colmatación en los cauces de agua.

SBN, SUNARP y DIGESPACR articulan acciones para optimizar el saneamiento de predios rurales en la Región Ica

En la primera sesión de 2026, se establecieron compromisos de acción inmediata para solucionar la problemática relacionada al ámbito agrario

Con el firme objetivo de dar continuidad al trabajo interinstitucional para lograr eficiencia en la gestión predial estatal, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN) convocó a la I Reunión de Trabajo Interinstitucional del año en curso. El encuentro congregó a representantes claves de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) y la Dirección General de Saneamiento de la Propiedad Agraria y Catastro Rural (DIGESPACR).

Esta jornada, desarrollada el último martes, marca la consolidación de un espacio de diálogo orientado a unir esfuerzos técnicos y legales para solucionar las debilidades que afectan la gestión y el registro de los predios estatales en las zonas rurales del país.

Este encuentro también contó con la participación estratégica del Programa Regional de Titulación de Tierras (PRETT Ica) del Gobierno Regional de Ica. Juan Talla Martin, jefe del PRETT Ica, expuso detalladamente la problemática actual que enfrenta la formalización rural en dicha región, sentando las bases para una intervención articulada.

Tras lo expuesto, los funcionarios de la SBN, SUNARP y DIGESPACR definieron compromisos específicos y acciones inmediatas para destrabar procesos y garantizar una seguridad jurídica sólida sobre los predios del Estado.

Compromiso con la Eficiencia

La incorporación del PRETT Ica representa un paso importante en la descentralización de soluciones para la gestión predial. Los acuerdos alcanzados serán monitoreados rigurosamente y los resultados se pre-sentarán en la próxima sesión de trabajo.

Cabe señalar que este espacio interinstitucional es vital para aportar a una gestión predial eficiente en el ámbito rural que fortalezca la protección de los activos del Estado.

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA - ORDENANZA MUNICIPAL N° 09-2026-MPCH

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA

ORDENANZA MUNICIPAL N° 09-2026-MPCH

Chincha, 06 de febrero de 2026

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA

POR CUANTO:

El Concejo Municipal Provincial de Chincha en Sesión Ordinaria de fecha 28 de enero de 2026.

VISTO; el Expediente registro N° 21329.2025 presentada por los Regidores del Concejo Provincial de Chincha  Consuelo Gilda Solari Bonifacio; Silvia Victoria Barrios Valenzuela y Rosaura Ruiz Cueto; el Informe N° 009-2025-SGPTDEL/MPCH de fecha 08 de enero de 2026 de la SubGerencia de Desarrollo Económico y Local; el Informe N° 161-2026-MDRPN/SGPUCS/GAT/MPCH de la SubGerencia de Planeamiento Urbano, Catastro y Supervisión; el Informe N° 000363-2026-GAJ/MPCH de fecha 27 de enero de 2026 de la Gerencia de asesoría Jurídica; el Informe N° 0023-2026-GM/MPCH de fecha 28 de enero de 2026 de la Gerencia Municipal y el proveído del despacho de alcaldía quien remite el expediente, sobre ordenanza que prohíbe la colocación de banderolas publicitarias en postes e infraestructuras del centro urbano de la ciudad de Chincha y establece medidas y sanción, y; 

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad a lo señalado en el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley N° 30305, en concordancia con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley N°27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, se establece que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativo y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el artículo 79° de la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades señala las municipalidades ejercen funciones específicas en materia de organización del espacio físico, uso del suelo, ornato y otorgamiento de autorizaciones para la ubicación de anuncios y avisos publicitarios dentro de su jurisdicción,

Que, en los últimos años se ha evidenciado la colocación indiscriminada y no autorizada de banderolas, pancartas y otros elementos publicitarios en postes de alumbrado público, telecomunicaciones, semáforos y estructuras similares ubicadas en el centro urbano de la ciudad de Chincha Alta, afectando el orden urbano, la visibilidad, la seguridad vial y el ornato de la ciudad;

Que, la Municipalidad Provincial de Chincha tiene el deber constitucional y legal de proteger el uso adecuado del espacio público, preservar el paisaje urbano y garantizar condiciones de seguridad y orden en beneficio del interés colectivo;

Que, resulta necesario establecer una prohibición expresa, así como un régimen de fiscalización y sanción progresivo, disuasivo, que asegure el cumplimiento efectivo de la normativa municipal, incluso frente a infractores cuyos establecimientos se encuentran fuera de la jurisdicción provincial;

Que, sometido a consideración del Pleno del Concejo Municipal en uso de las facultades, al amparo Del artículo 41° de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley N° 27972, el Pleno del Concejo Municipal por UNANIMIDAD, de sus miembros asistentes, con la dispensa de la lectura y aprobación de Actas, aprobó la siguiente:

ORDENANZA QUE PROHIBE LA COLOCACION DE BANDEROLAS PUBLICITARIAS EN POSTES E INFRAESTRUCTURAS DEL CENTRO URBANO DE LA CIUDAD DE CHINCHA ALTA Y ESTABLECE MEDIDAS DE FISCALIZACIÓN Y SANCIÓN.

Artículo 1°. – Objeto

La presente Ordenanza tiene por objeto prohibir de manera expresa la colocación de banderolas publicitarias y otros elementos similares en postes e infraestructuras del centro urbano de la ciudad de Chincha Alta, con la finalidad de preservar el ornato urbano, el orden público y la seguridad ciudadana;

Artículo 2°. – Ámbito de aplicación

La presente ordenanza es de aplicación obligatoria en el área comprendida como Centro Urbano de Chincha Alta, conforme al Plano de Zonificación Urbana del Plan de Desarrollo Urbano aprobado por la Ordenanza N° 030-2007-MPCH o la norma que la sustituya; se anexa el Plano de Zonificación y la delimitación y validación Cartográfica de las Vías y Calles conforme a los instrumentos de Planificación Urbana vigente, conforme a lo informado por la SubGerencia de Planeamiento Urbano, Catastro y Supervisión mediante Informe N° 161-2026-MDRPN/SGPUCS/GAT/MPCH.

Artículo 3°. – Definiciones

Para los efectos de la presente ordenanza, se entenderá por:

a.- Banderola publicitaria: Elemento flexible o semiflexible, temporal o per-manente, elaborado de tela, lona, plástico u otro material análogo, destinado a difundir mensajes comerciales, promocionales, políticos o institucionales.

b.- Postes e infraestructura similares: Postes de alumbrado público, telecomunicaciones, semáforos, señalización vial y cualquier otra estructura análoga ubicada en la vía pública;

Artículo 4.- Prohibición expresa:

Queda prohibido la instalación, fijación, amarre, colgado o cualquier otra forma de colocación de banderolas, pancartas, carteles, lonas u otros elementos publicitarios en los postes e infraestructuras señalados en el artículo precedente;

Artículo 5°.- Fiscalización y medida correctiva

5.1.- Encárguese a la Gerencia de Servicios al Ciudadano, en coordinación con la SubGerencia de Seguridad Ciudadana, la SubGerencia de Promoción del Turismo y Desarrollo Económico Local y a la Gerencia de Administración Tributaria a través de la SubGerencia de Fiscalización Tributaria, el cumplimiento de la presente ordenanza.

5.2.-La colocación de elementos publicitarios en contravención a lo dispuesto, constituye infracción administrativa y faculta a la Municipalidad a disponer el retiro inmediato del elemento publicitario, sin necesidad de notificación previa, sin perjuicio del inicio del procedimiento administrativo sancionador correspondiente.

Artículo 6°.- Responsabilidad administrativa

La responsabilidad por la infracción es solidaria, alcanzando al titular del giro comercial, marca o servicio publicitado, a la persona natural o jurídica que dispuso la instalación y a quien resulte beneficiado con la publicidad, aún cuando el establecimiento se encontrare fuera de la jurisdicción provincial.

Artículo 7°.- Infracciones y sanciones

El incumplimiento de la presente ordenanza constituye infracción administrativa grave y será sancionado conforme al siguiente régimen calculado sobre la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente al ejercicio fiscal que corresponda; VÉASE CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES – ANEXO 1.

Artículo 8°.- Infractores fuera de la jurisdicción

Cuando el infractor sea una persona natural con negocio o una persona jurídica cuyo establecimiento se encuentre fuera de la jurisdicción provincial, la Municipalidad podrá, adicionalmente a la multa, disponer la prohibición temporal o definitiva de realizar publicidad física en el distrito, así como comunicar la infracción a la municipalidad de origen y a las entidades correspondientes.

Artículo 9°.- Coordinación Interinstitucional

La Municipalidad Provincial de Chincha podrá coordinar con empresas concesionarias de servicio público y otras entidades competentes, a fin de garantizar el cumplimiento de la presente ordenanza y la protección de la infraestructura pública.

Artículo 10°.- Sensibilización

La Municipalidad podrá desarrollar campañas de sensibilización y difusión orientadas a promover el respeto al ornato urbano y el uso adecuado del espacio público.


DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA ÚNICA

Otórguese un pazo de quince (15) días hábiles, contados a partir de la entrada en vigencia de la presente ordenanza, para que los administrados procedan al retiro voluntario de las banderolas y elementos publicitarios existentes, sin aplicación de sanción administrativa.

 

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA

Encargar a la Secretaria General  la publicación de la presente Ordenanza de acuerdo a Ley, y a la  Gerencia de Sistemas y Procesos para su publicación en el Portal Web de la Municipalidad Provincial de Chincha www.municiplidadchincha.gob.pe

POR TANTO:

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

CESAR ANTONIO CARRANZA FALLA

ALCALDE

 

ORDENANZA N° 09-2026-MPCH

CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES

ANEXO 1

Colocación de banderolas publicitarias sin autorización en el Centro Urbano de Chincha Alta

UIT VIGENTE AL EJERCICIO APLICABLE

TIPIFICACIÓN DE LA INFRACCIÓN

CONDICIÓN

SANCIÓN (UIT vigente)

MEDIDAS COMPLEMENTARIAS

0001

Colocación de banderolas o elementos pu-blicitarios en postes e infraestructuras del Centro Urbano sin autorización municipal.

Primera Infracción

10% UIT

Retiro inmediato del elemento publicitario a costa del infractor

0002

Colocación de banderolas o elementos pu-blicitarios en postes o elementos publicitarios en postes e infraestructura del Centro Urbano sin autorización municipal.

Segunda Infracción

25% UIT

Retiro inmediato del elemento publicitario e inscripción en el Registro Municipal de Infractores.

0003

Colocación de banderolas o elementos pu-blicitarios en postes e infraestructuras del Centro Urbano sin autorización municipal.

Tercera Infracción

35% UIT

Retiro inmediato del elemento publicitario y aviso de inicio del procedimiento de anulación de la licencia de funcionamiento.

0004

Colocación de banderolas o elementos pu-blicitarios en postes e infraestructuras del Centro Urbano sin autorización municipal.

Reincidencia

40% UIT

Anulación de Licencia de funcionamiento, retiro definitivo del elemento publicitario y, de corresponder, comunicación y Notificación formal a la municipalidad de la jurisdicción competente cuando el infractor tenga domicilio fuera del distrito.

 

Nota de cierre: Las sanciones previstas en el presente cuadro se aplican sin perjuicio de las acciones administrativas, coactivas y legales que correspondan conforme a la normativa vigente.

Corte Superior de Justicia de Ica juramentó al Prefecto Regional de Ica


La Corte Superior de Justicia de Ica realizó la ceremonia de juramentación del nuevo Prefecto Regional de Ica, señor Filber Fran Oré Cueto, quien fue designado mediante la Resolución Suprema N.º 054-2026-IN del Ministerio del Interior.

El acto protocolar fue presidido por el doctor Eulogio Francisco Cáceres Monzón, presidente de la Corte Superior de Justicia de Ica, quien tuvo a su cargo la toma del juramento de ley, en una ceremonia que contó con la participación de autoridades, así como de prefectos provinciales y distritales de la región.

Durante la ceremonia se dio lectura a la Resolución Suprema de designación; posteriormente, se procedió al juramento de ley y a la firma del Libro de Actas correspondiente, formalizando así el inicio de funciones del Prefecto Regional de Ica.

En sus palabras, la autoridad política regional expresó su compromiso de cumplir y hacer cumplir la normatividad vigente en el ejercicio de sus funciones, fortaleciendo el orden interno, la seguridad ciudadana y el respeto de los derechos de la población, en coordinación con las instituciones del Estado.

Por su parte, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ica felicitó al nuevo Prefecto Regional, destacando el alto honor que representa asumir dicha responsabilidad en representación del Poder Ejecutivo. Asimismo, reafirmó la disposición institucional de mantener un trabajo articulado en beneficio del desarrollo, la paz social y la gobernabilidad en la región Ica.

La ceremonia concluyó en un ambiente de solemnidad, reafirmando el compromiso de las instituciones con el fortalecimiento del Estado de Derecho y el servicio a la ciudadanía.


Convocatoria APCYJECH

 

COMUNIDAD CAMPESINA SAN LUIS DE HUAÑUPIZA - CONVOCATORIA

 

EL COMITÉ ELECTORAL DE LA COMUNIDAD CAMPESINA SAN LUIS DE HUAÑUPIZA

CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL ELECTORAL

 

EL PRESIDENTE DEL COMITÉ ELECTORAL Y EL EX Y ÚLTIMO PRESIDENTE INSCRITO PARA EFECTOS REGISTRALES COMO ÚLTIMO REPRESENTANTE COMUNAL DE LA COMUNIDAD CAMPESINA SAN LUIS DE HUAÑUPIZA, CON VIGENCIA DE PODER DE LA SUNARP CHINCHA SR. OLMEDO EDWIN QUISPE PALOMINO IDENTIFICADO CON DNI Nº 21881742; CONFORME AL CRONOGRAMA APROBADO DE ELECCIONES, HACEN LA CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL ELECTORAL DE NUEVA JUNTA DIRECTIVA PERIODO 2026-2027, A REALIZARSE EN LA FECHA DEL DIA DOMINGO 22 DE MARZO DEL 2026 EN EL LOCAL COMUNAL DE LA MISMA COMUNIDAD, UBICADO EN PLAZA DE ARMAS S/N DEL ANEXO SAN LUIS DE HUAÑUPÍZA, DISTRITO SAN JUAN DE YANAC, PROVINCIA DE CHINCHA, DEPARTAMENTO DE ICA, DONDE SE LLEVARA LA VOTACION A PARTIR DE 08:00 A.M. - 4:00 PM SIN PRORROGA ALGUNA, PARA EL CUAL LOS 256 COMUNEROS CALIFICADOS REGISTRADOS EN EL NUEVO LIBRO DE PADRON COMUNAL ACTUALIZADO DEBEN ACUDIR PUNTUALMENTE PORTANDO SU DNI ORIGINAL.

SAN LUIS DE HUAÑUPIZA 19 DE FEBRERO DEL 2026

 

OLMEDO EDWIN QUISPE PALOMINO               OFELIA LOURDES CHAVEZ LAURA

               DNI N° 21881742                                                 DNI N° 42461074

EX Y ÚLTIMO PRESIDENTE INSCRITO           PRESIDENTE DEL COMITÉ ELECTORAL

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