El calendario
anual del año 2019 establece un total de 14 feriados oficiales que los trabajadores
públicos y privados pueden aprovechar para realizar algunasactividades particulares
o simplemente descansar.
Los
días feriados incluyen los descansos por Semana Santa en abril y el Día del
Trabajo, el 1 de mayo. Asimismo, se cuentan los tradicionales feriados por
Fiestas Patrias, los días domingo 28 y lunes 29 de julio.
El
primer feriado de 2019 fue el martes 1 de enero.
Los
próximos feriados serán en el mes de abril, los días jueves 18 y viernes 19,
con motivo de la Semana Santa. Luego, el miércoles 1 de mayo, será el feriado por el Día Internacional del Trabajador,
mientras que en junio habrá dos días no laborables: lunes 24 (Fiesta del Inti
Raymi) y sábado 29 (Día de San Pedro y San Pablo).
En
las Fiestas Patrias se celebrarán este año el domingo 28 y lunes 29 de julio. El
viernes 30 de agosto será el feriado por el Día de Santa Rosa de Lima.
Ningún
feriado en el mes deeptiembre. El 8 de octubre feriado por la conmemoración del
Combate de Angamos. El mes siguiente: el viernes 1 de noviembre, se celebrará
el Día de Todos los Santos.
En
el mes de diciembre 2019 dos feriados: el domingo 8, Día de la Inmaculada
Concepción de la Virgen María, y el segundo feriado será el miércoles 25, día
de Navidad.
DÍAS NO LABORABLES
Se
publicó el viernes 4 de enero del presente, la relación de días no laborables
para este año 2019 en el sector estatal. Así, se declararon días no laborables
para los empleados públicos, a nivel nacional: el martes 30 de julio, jueves 29
de agosto y jueves 31 de octubre, los cuales serán considerados hábiles para
fines tributarios.
El
D.S. Nº 002-2019-PCM aclara que las horas dejadas de trabajar durante los días
no laborables, serán compensadas en los diez días inmediatos posteriores, o en
la oportunidad que establezca el titular de cada entidad pública, en función a
sus propias necesidades.
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