ORDENANZA N° 024 - 2018 – MPCH
Chincha
Alta, 15 de Octubre de 2018
EL
CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
VISTO;
el Informe No. 0432-2018-GM/MPCH, de fecha 10 de Octubre
de 2018, de la Gerente Municipal, sobre propuesta de ampliación de Ordenanza
No. 019-2018-MPCH, de fecha 13 de agosto de 2018, que otorga beneficios
tributarios municipales.
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución
Política del Perú reconoce en su Artículo 194°, modificado por el Artículo
Único de la Ley N° 30305 concordante con el Artículo II del Título Preliminar
de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley N° 27972, establece que: "Los
gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en
los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del
Perú establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos
de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento
jurídico".
Que, el Artículo 39°
de la Ley Orgánica de Municipalidades, señala que: "Los Concejos
Municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de Ordenanzas
y Acuerdos, ( )" lo cual concordante con lo establecido en el Artículo 9°,
numeral 8. Indica “Aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin
efecto los acuerdos” y, en el numeral 9 establece lo siguiente: “Crear,
modificar, suprimir o exonerar contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y
derechos, conforme a Ley.
Que, asimismo el
Artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972, establece
que: "Las Ordenanzas de las municipalidades, en la materia de su
competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la
estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la
organización interna, la regulación, administración, supervisión de los
servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tienen
competencia normativa. Mediante Ordenanzas se crean, modifican, suprimen o
exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de
los límites establecidos por ley. (. .)".
Que, con Informe No. 1631-2018-GAT/MPCH, la Gerente de
Administración Tributaria de la entidad, haciendo mención de los beneficios
tributarios brindados por la corporación municipal a través de la presente
gestión municipal, en el presente año 2018, con la aprobación de la Ordenanza
N° 019-2018-MPCH, se ha tenido una recaudación en un 79% de lo recaudado el mes anterior.
MES
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TOTAL
IMPUESTOS PREDIAL, ARBITRIOS ALCABALA.
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AGOSTO
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S/. 393,539.13
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SETIEMBRE
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S/. 310,396.46
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Por lo que para una mejor recaudación se ha propuesto
la Ordenanza DE BENEFICIOS TRIBUTARIOS
MUNICIPALES, respecto al: Impuesto Predial, Impuesto Vehicular, Impuesto de
Alcabala y Arbitrios Municipales, de la Municipalidad Provincial de Chincha,
para el Ejercicio Fiscal 2018, para que de esta manera, todos los ciudadanos de
Chincha, que presenten deudas pendientes de pago, ya sea por omisión del
cumplimiento del pago de sus obligaciones, así como por rectificaciones y/ o
fiscalizaciones de campo que han originado recalculo en sus declaraciones
juradas no acordes con la realidad respecto a las propiedades (predios) de los
ciudadanos, tengan un incentivo de formalización en la obligación que tipifica
la norma de la presentación de las declaraciones juradas anuales, y las cuales
muchos ciudadanos por desconocimiento, tiempo, medios económicos o temor a la
formalidad aun no regularizan sus obligaciones tributarias; recomendando que la
vigencia para la aplicación del presente Proyecto de Beneficios Tributarios,
sea de treinta (30) días hábiles (sin contar sábados, domingos ni feriados) a
partir del día siguiente de su publicación; tiempo estimado para cubrir los
objetivos previstos y así poder recuperar la cartera pesada descrita e
incrementar de esta manera los ingresos tributarios de la Municipalidad
Provincial de Chincha para el presente Ejercicio Fiscal 2018.
Que, con Informe
Legal No. 2445-2018-GAJ/MPCH, la Gerencia de Asesoría Jurídica de la Entidad,
considerando el Informe No. 1631-2018-GAT/MPCH, de la Gerente de Administración
Tributaria, por la que solicita la ampliación de la Ordenanza No.
019-2018-MPCH, de fecha 13 de agosto de 2018 que otorga beneficios tributarios
y no tributarios a la Provincia de Chincha, por lo que dada la propuesta
efectuada por la Gerencia de Administración Tributaria de la Entidad, la misma
que ha sido elaborada por el área involucrada, y encontrándose dentro del marco
legal y a las funciones específicas y exclusivas de la Ley 27972 Ley Orgánica
de Municipalidades, recomienda que se derive el pedido de ampliación de
Ordenanza al Pleno del Concejo para su determinación.
Que, con Informe No.
432-2018-GM/MPCH, de la Gerente Municipal, teniendo en consideración el Informe
No. 1631-2018-GAT/MPCH, la Gerente de Administración Tributaria y el Informe
Legal No. 2445-2018-GAJ/MPCH, la Gerencia de Asesoría Jurídica de la Entidad;
así como que con la Ordenanza No. 019-2018-MPCH, de fecha 13 de agosto de 2018,
remite el presente al pleno del Concejo Municipal para las consideraciones del
caso.
Que, contando con los
informe emitidos y estando a lo dispuesto por el Artículo 9° incisos 8) y 9) de
la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972, en concordancia con el
Artículo 40° de la precitada norma, y con el voto por unanimidad de los Señores
Regidores en la Sesión Ordinaria de
concejo de fecha 10 de Octubre de 2018,
con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se aprobó la
siguiente:
ORDENANZA
QUE OTORGA BENEFICIOS TRIBUTARIOS Y NO
TRIBUTARIOS EN LA JURISDICCION DEL DISTRITO DE CHINCHA ALTA
Artículo Primero.- AMPLIAR los alcances de la Ordenanza No.
019-2018-MPCH, de fecha 13 de Agosto de 2018, por el plazo de (30) treinta días
hábiles más; computados a partir de la fecha de
la publicación de la presente ordenanza.
Artículo Segundo.- Encargar a la Secretaria General realizar la
publicación de la presente ordenanza en el diario de mayor circulación de la ciudad
y en la página Webb de la entidad.
Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento de la presente a la
Gerencia de Administración Tributaria de la entidad.
REGISTRESE, COMUNIQUESE Y ARCHIVESE
Ing.
César Antonio Carranza Falla
Alcalde
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