ACUERDO No. 044 – 2018 -MPCH
Chincha
Alta, 13 de Agosto de 2018
Visto;
el Oficio No. 597-2018-MINAM/VMGA/GICA, Rgto. 10756-2018, presentado por el
Ing. Alberto Marquina Pozo, Responsable de la U.E. 003- GICA, Coordinador
General del Programa de Desarrollo de Sistemas de Gestión de Residuos Sólidos
en Zonas Prioritarias – Ministerio del Ambiente, sobre Adenda No. 01 al
Convenio de Cooperación Interinstitucional.
CONSIDERANDO:
Que, el
Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por el Artículo Único de la Ley 30305, señala que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, de acuerdo a lo
establecido por el numeral 26 del Artículo 9° de la Ley N° 27972- Ley Orgánica
de Municipalidades, corresponde al Concejo Municipal, aprobar la celebración de
convenios de cooperación nacional e internacional y convenios interinstitucionales.
Que, con fecha 08
de Agosto del 2014, se suscribió el Convenio de Cooperación Interinstitucional
entre la Municipalidad Provincial de Chincha (Municipalidad) y el Ministerio
del Ambiente (MINAM); donde en
la Cláusula Sétima considera "El presente contrato tiene una vigencia de
cuatro años, computados a partir de la fecha de sus suscripción, cuyo plazo
podrá ser renovado de común acuerdo de las partes"; además, considera el segundo
párrafo de dicha Cláusula Sétima que "En caso de vencimiento del plazo de vigencia
expresado en el párrafo precedente, se encontraran pendientes de ejecución,
programas, proyectos y/o actividades derivadas del presente Convenio, estos
continuarán hasta su culminación".
Que, por documentos
de visto, el Ministerio del Ambiente, comunica que encontrándose próximo a
concluir el plazo de vigencia previsto en la Cláusula Setima del Convenio, y
dado que el Proyecto se encuentra aún en ejecución, el Ministerio del Ambiente
ha considerado pertinente se precise mediante adenda que el Convenio se
mantendrá vigente hasta el cierre del Proyecto “Mejoramiento y ampliación
de la gestión integral de residuos sólidos municipales de la ciudad de Chincha
Alta y ampliación de servicio de disposición final de residuos sólidos de las
ciudades de Pueblo Nuevo, Grocio Prado, Alto Laran, Sunampe, Chincha Baja y
Tambo de Mora de la provincia de Chincha – Ica”, identificado con Código SNIP
No. 149867.
Que, con informe N° 213-2018-GSC/MPCH de fecha 08 de Agosto de 2018 la
Gerencia de Servicios al Ciudadano, refiere que según convenio entre la
Municipalidad Provincial de Chincha y el Ministerio del Ambiente, se han
adquirido y entregados bienes muebles (vehículos) y, aún la infraestructura del
Proyecto "Mejoramiento y ampliación de la gestión municipal integral de
residuos sólidos municipales en la ciudad de Chincha Alta y ampliación de
servicio de disposición final de residuos sólidos de las ciudades de Pueblo
Nuevo, Grocio Prado, Alto Larán, Sunampe, Chincha Baja y Tambo de Mora de la
Provincia de Chincha, aún no está en ejecución; indica.
Que, por Informe Legal No. 1973-2018-GAJ/MPCH, de fecha 08 de Agosto de
2018, el Gerente de Asesoría Jurídica de la Entidad, informa que, teniendo en
cuenta el informe N° 213-2018-GSC/MPCH de la
Gerencia de Servicios al Ciudadano y el Oficio
recibido del Ministerio del Ambiente, que señala "Al respecto, encontrándose próximo a
concluir el plazo de vigencia previsto en la Cláusula Sétima del Convenio, y
dado que el Proyecto se encuentra aún en ejecución, el Ministerio del Ambiente
ha considerado pertinente se precise mediante Adenda que, el convenio se mantendrá vigente hasta el cierre del proyecto, que
en este caso es el Proyecto "Mejoramiento y ampliación de la gestión
integral de residuos sólidos municipales de la ciudad de Chincha Alta y
ampliación de servicio de disposición final de residuos sólidos de las ciudades
de Pueblo Nuevo, Grocio Prado, Alto Larán, Sunampe, Chincha Baja y Tambo de
Mora de la Provincia de Chincha-Ica" identificado con Código SNIP N°
149867; por lo que conforme al numeral 26, del artículo 9° de la Ley 27972 Ley
Orgánica de Municipalidades, recomienda se derive el presente al Concejo
Municipal para su determinación que corresponda, respecto a la suscripción de
adenda y autorización de firma del titular del Pliego.
Que, con Informe No. 325-2018-GM/MPCH, de fecha 07 de Agosto de 2018, la
Gerente Municipal, con los informes de la Gerencia de Servicio al Ciudadano,
Informe Legal, remite el presente al pleno del Concejo Municipal para las
consideraciones del caso.
Estando a los
informes emitidos, a las facultades conferidas por la Ley N° 29792 - Ley
Orgánica de Municipalidades, a lo aprobado por UNANIMIDAD en Sesión
Ordinaria de Concejo de fecha 08 de Agosto de 2018, con la dispensa
del trámite de la lectura y aprobación de acta;
ACUERDA:
ARTICULO
PRIMERO.-AUTORIZAR al Ing.
Cesar Antonio Carranza Falla, Alcalde de la Municipalidad Provincial de
Chincha, suscribir la ADENDA N° 01en
el Convenio de Cooperación
Interinstitucional entre la Municipalidad Provincial de Chincha (Municipalidad)
y el Ministerio del Ambiente (MINAM), de fecha 08 de Agosto del 2014, del relacionado a la modificación de la Cláusula
setima del Convenio; en el sentido que el convenio se mantendrá vigente hasta
el cierre del Proyecto “Mejoramiento y ampliación de la gestión integral de
residuos sólidos municipales de la ciudad de Chincha Alta y ampliación de
servicio de disposición final de residuos sólidos de las ciudades de Pueblo
Nuevo, Grocio Prado, Alto Laran, Sunampe, Chincha Baja y Tambo de Mora de la
provincia de Chincha – Ica”, identificado con Código SNIP No. 149867; solo en dicho
extremo.
ARTÍCULO
SEGUNDO.- Encargar a la Gerencia Municipal, en
coordinación con la Gerencia de Asesoría Jurídica el cumplimiento del presente
Acuerdo.
Regístrese,
publíquese, comuníquese y cúmplase.
Ing.
CÉSAR ANTONIO CARRANZA FALLA
ALCALDE
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