Primera Sala Penal de Apelaciones confirmó la sentencia al concluir que los medios probatorios acreditaron el abandono y condiciones de maltrato en que permanecía el animal.
La Primera
Sala Penal de Apelaciones y de Flagrancia de la Corte Superior de Justicia de
Ica confirmó la sentencia con-denatoria impuesta a P. Ccallalli V. por el
delito de abandono y actos de crueldad contra animales domésticos, previsto y
sancionado en el primer párrafo del artículo 206-A del Código Penal. La
decisión fue adoptada al declarar infundado el recurso de apelación interpuesto
por la defensa y ratificar íntegramente la sentencia emitida en primera
instancia.
La investigación se inició a partir de una denuncia
ciudadana que alertó sobre el presunto maltrato de un perro de raza pitbull, el
cual permanecía en un inmueble de la ciudad de Ica en condiciones incompatibles
con su bienestar. Durante las diligencias, la autoridad policial constató que
el animal presentaba lesiones visibles y permanecía en un ambiente insalubre,
hechos que motivaron el inicio del proceso penal por el delito de abandono y
actos de crueldad contra animales domésticos.
El colegiado, integrado por los jueces superiores
Rafael Salazar Peñaloza, presidente de la Sala; Brenda Miriam Mesías
Gandarillas, jueza superior ponente; y Orlando Carbajal Rivas, concluyó que la
sentencia apelada se sustentó en una adecuada valoración de las pruebas
actuadas durante el proceso. Asimismo, determinó que los argumentos expuestos
por la defensa no lograron desvirtuar la
responsabilidad penal de la sentenciada.
Durante el análisis del caso, la Sala Superior
estableció que la constatación policial, el registro fotográfico y la
documentación veterinaria acreditaron que el animal presentaba lesiones
visibles y permanecía en condiciones insalubres, sin recibir los cuidados
mínimos indispensables para garantizar su bienestar. En ese sentido, concluyó
que el acervo probatorio incorporado y actuado durante el juicio oral respaldaba
plenamente la decisión emitida por el juzgado de primera instancia, por lo que
correspondía confirmar la condena.
En consecuencia, el colegiado ratificó la pena de un
año de privación de libertad, suspendida en su ejecución por el período de
prueba de un año, así como el pago de S/ 600,00 por concepto de reparación
civil.
Este pronunciamiento reafirma la importancia de la
protección jurídica de los animales domésticos, cuya integridad y bienestar se
encuentran amparados por el ordenamiento jurídico peruano. Asimismo, pone de
relieve el compromiso del Poder Judicial con una administración de justicia
sustentada en la correcta aplicación de la ley, la valoración objetiva de las
pruebas y el respeto irrestricto de las garantías del debido proceso.







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