La radiación solar ya no es solo parte del paisaje cotidiano, sino una amenaza silenciosa que se intensifica cada año en nuestro país, donde los niveles de exposición alcanzan rangos peligrosos y obligan a replantear la forma en que la población se protege frente a un riesgo que puede tener consecuencias graves, acumulativas y letales.
En el 2026, el Servicio Nacional de
Meteorología e Hidrología del Perú (Senamhi) reportó que el Índice
Ultravioleta (UV) se mantiene entre niveles “muy altos” y “extremadamente
altos” en la costa, sierra y selva, con registros más intensos en Lima Metropolitana
y zonas altoandinas, lo que expone a millones de personas a una radiación capaz
de afectar la piel y la salud general.
“El problema no es solo la intensidad de
la radiación, sino la falta de una cultura de protección sostenida en el
tiempo. La exposición acumulativa al sol es uno de los factores más importantes
para el desarrollo del cáncer de piel”, advirtió el Dr. Mauricio León Rivera,
director de la Liga Contra el Cáncer y cirujano oncólogo de la Clínica Ricardo
Palma.
Un reglamento que marca un punto de
quiebre en la prevención
Tras más de una década de espera, el
Perú aprobó el reglamento de la Ley N.º 30102, una norma que establece medidas
obligatorias para reducir los efectos nocivos de la radiación solar y que
representa un avance importante en la respuesta del Estado frente a este
problema de salud pública. Este paso se concreta en el marco de la actual
gestión del ministro de Salud, Juan Carlos Velasco Guerrero, cuya intervención
permitió destrabar y viabilizar la aprobación de esta normativa largamente
postergada.
La regulación incorpora acciones como la
educación en fotoprotección en instituciones educativas y centros laborales, la
recomendación de evitar actividades al aire libre en horarios de mayor
radiación, la implementación de señalización obligatoria en espacios expuestos,
la promoción de áreas con sombra natural y la realización de evaluaciones
médicas periódicas para trabajadores con exposición constante.
Asimismo, el reglamento establece una
articulación intersectorial en la que el Ministerio de Salud (MINSA) lidere la
vigilancia y las campañas, el Ministerio de Educación incorpore contenidos
preventivos en la formación, el SENAMHI difunda alertas sobre niveles de
radiación y los gobiernos regionales y locales asuman funciones de
implementación y fiscalización.
Además, el reglamento dispone que la
Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral y la Autoridad Nacional del
Servicio Civil supervisarán su cumplimiento en todo el país. Las entidades
tendrán un plazo de dos años para adecuarse a la norma, hasta abril de 2028,
mientras que las sanciones y procedimientos serán definidos en los próximos
seis meses.
Este enfoque integral busca cerrar
brechas en la prevención del cáncer de piel, en un contexto donde la exposición
solar es constante y muchas veces subestimada, especialmente en actividades
laborales y educativas al aire libre.
“La radiación ultravioleta no es un
riesgo futuro, es una exposición diaria. Si no aplicamos estas medidas de forma
efectiva hoy, seguiremos viendo el aumento de enfermedades que en gran medida
se pueden evitar”, concluyó el Dr. Mauricio León.







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