viernes, 20 de febrero de 2026

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE GROCIO PRADO - ORDENANZA MUNICIPAL Nº002-2026-MDGP


MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE GROCIO PRADO

ORDENANZA MUNICIPAL Nº002-2026-MDGP

Grocio Prado, 19 de febrero de 2026

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE GROCIO PRADO

VISTO:

El Informe N° 0221-2026-MDGP/SGPP de fecha 12 de febrero de 2026, emitido por el Sub Gerente de Planificación y Presupuesto; Opinión Legal N° 035-2026-MDGP/SGAJ, de fecha 16 de febrero de 2026, emitido por el Sub Gerente de Asesoría Jurídica; Memorándum N° 909-2026-MDGP/GM de fecha 16 de febrero de 2026, emitido por el Gerente Municipal, deriva actuados a sesión de concejo para su evaluación y debate correspondiente, y;

CONSIDERANDO

Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades;

Que, el artículo 195º de la Constitución Política del Perú de 1993; establece que “Los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local, y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo”;

Que, conforme a los artículos 197º y 199º de la Constitución Política del Perú de 1993: establece que las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participación de la población y rinden cuenta de su ejecución anualmente, bajo responsabilidad, conforme a ley;

Que, el numeral 1 del Artículo 9º de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que es competencia del Concejo Municipal aprobar los Planes de Desarrollo Municipal Concertados y el Presupuesto Participativo; asimismo, la Décimo Sexta Disposición Complementaria de la citada ley, señala que las municipalidades regularán mediante ordenanza los mecanismos de aprobación de sus presupuestos participativos;

Que, el artículo 53º de la Ley Orgánica de Municipalidades: establece que, las muni-cipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de admi-nistración y gestión, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la ley de la materia, y en concordancia con los planes de desarrollo local concertados de su jurisdicción;

Que, el artículo 1º de la Ley N° 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, establece que el proceso del presupuesto participativo es un mecanismo de asignación equitativa, ra-cional, eficiente, eficaz y transparente de los recursos públicos, que fortalece las relaciones Estado–Sociedad Civil; enfatizando que los gobiernos regionales y gobiernos locales pro-mueven el desarrollo de mecanismos y estrategias de participación en la programación de sus presupuestos, así como en la vigilancia y fiscalización de la gestión de los recursos públi-cos;

Que, mediante el Decreto Supremo N° 142-2009-EF, se aprueba el Reglamento de la Ley N° 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, en cuyo artículo 2º, literal a) se precisa que el Presupuesto Participativo es un proceso que fortalece las relaciones Estado - Sociedad, mediante el cual se definen las prioridades sobre las acciones o proyectos de inversión a implementar en el nivel de Gobierno Local, con la participación de la sociedad organizada, generando compromisos de todos los agentes participantes para la consecución de los objetivos estratégicos;

Que, los artículos 7º, 8º, 9º y 10º del Decreto Supremo N° 142-2009-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28056 – Ley Marco del Presupuesto Participativo y su modificatoria la Ley N° 29298, se disponen las Fases del Proceso Participativo: 1) Fase de Preparación, 2) Fase de Concertación, 3) Fase de Coordinación entre niveles de Gobierno y 4) Fase de Formalización;

Que, el Decreto Supremo N° 142-2009-EF, que reglamenta la Ley Marco del Presupuesto Participativo, establece en su artículo 7° numeral 7.3. (…) el Gobierno Regional o Gobierno Local, en coordinación con su Consejo de Coordinación, convoca a la población organizada a participar en el Presupuesto participativo, haciendo uso de los medios de comunicación más adecuados, a fin de garantizar una correcta y eficiente comunicación con los agentes participantes. Asimismo, numeral 7.4) (…) el Gobierno Regional o Gobierno Local, mediante Ordenanza, dispone las medidas necesarias para reglamentar el proceso de identificación y acreditación de agentes participantes;

Que, mediante Informe N°221-2026-MDGP/SGPP de fecha 12 de febrero de 2026, la Sub Gerencia de Planificación y Presupuesto de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado, remite la propuesta del Reglamento que regula el Proceso del Presupuesto Participativo basado en Resultados para el año fiscal 2027, esta propuesta en línea a las atribuciones conferidas a la Dirección General de Presupuesto Público como órgano rector del Sistema Nacional de Presupuesto, busca perfeccionar la técnica presupuestaria y garantizar la formalización de los acuerdos alcanzados en el presupuesto participativo. Asimismo, remite la propuesta de la Ordenanza Municipal para el Proceso Presupuesto Participativo;

Que, mediante Opinión Legal N°035-2026-MDGP/SGAJ de fecha 16 de febrero de 2026, la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica, opina que es procedente la Ordenanza Municipal que Aprueba el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo basado en resultados para el año fiscal 2027 de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado – Chincha, derivando los actuados a la Gerencia Municipal, para conocimiento del pleno del Concejo Municipal, para el debate correspondiente y su pronunciamiento de conformidad al articulo 9° numeral 8) de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades;

Que, mediante memorándum N°909-2026-MDGP/ GM de fecha 16 de febrero de 2026, el Gerente de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado, deriva los actuados a sesión de concejo, para su evaluación y debate correspondiente;

Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el artículo 9° literal 8 y el artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, con el voto del Pleno del Concejo Municipal y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, se aprobó la siguiente:

ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS PARA EL AÑO FISCAL 2027 DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE GROCIO PRADO

ARTÍCULO PRIMERO. – APROBAR el Reglamento del PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO, Basado en Resultados para el año fiscal 2027, de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado, el mismo que forma parte de la presente Ordenanza.

ARTÍCULO SEGUNDO. – APROBAR el “Cronograma de Actividades del Proceso del Pre-supuesto Participativo, basado en resultados para el año fiscal 2027”, conforme al Anexo N° 1.

ARTÍCULO TERCERO. – FACULTAR al señor alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, apruebe o modifique el Cronograma de Actividades y dicte las disposiciones complementarias y ampliatorias a la presente ordenanza.

ARTÍCULO CUARTO. – CONSTITUIR el Equipo Técnico Municipal del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados.

ARTÍCULO QUINTO. – ENCARGAR al Equipo Técnico Municipal y demás Unidades Orgánicas, el cumplimiento de los fines y objetos de la presente Ordenanza; autorizando, a través de las unidades orgánicas pertinentes, las facilidades logísticas y financieras que sean necesarias para el cumplimiento de las actividades del desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo 2027.

ARTÍCULO SEXTO. – ENCARGAR a la Unidad Racionalización e Informática, la publicación de la presente Ordenanza en el portal institucional de la Municipalidad y a la Unidad de

Imagen Institucional la difusión de la misma.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

VICTOR HUGO PACHAS MORAN

- ALCALDE


ANEXO N°01:

CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES DEL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2027

 

PROCESO

FECHA

RESPONSABLE

GENERA COSTO

PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS PARA EL AÑO FISCAL 2027

FASE DE PREPARACIÓN

1

Conformación del Equipo Técnico

10 de febrero del 2026

SGPP

NO

2

Aprobación del RRPM mediante Ordenanza Municipal

19 de febrero 2026

Alcaldía

NO

3

Publicación y convocación de la Ordenanza [diario, página web (Unidad de Informática – Imagen Institucional)]

20 de febrero de 2026

SGPP

4

Invitaciones a actores (CCL, Entidad Públicas y Privadas, Organizaciones de base, etc.)

20 de febrero 2026

Equipo Técnico

5

Sensibilización del proceso (cursar cartas)

Permanente

Equipo Técnico

6

Inscripción de Agentes Participativos

20 al 26 de febrero 2026

SGPP

NO

7

Subsanación de Observación de inscripción AP

27 de febrero

SGPP

 

8

Publicación de relación de Agentes Participativos (Dentro de la Institución y Medios de comunicación)

02 de marzo 2026

SGPP

FASE DE CONCERTACIÓN

1

Desarrollo del Primer Taller

04 de marzo de 2026

Autoridad Local, Eq. Técnico y Sociedad Civil

SI

Exposición de Temario

04 de marzo de 2026

 

Autoridad Local, Eq. Técnico y Sociedad Civil

SI

a. Descripción general del presupuesto participativo y normativa relacionada a su importancia.

b. Invierte. Pe, su importancia y relación con el presupuesto participativo

c. Visión y Objetivos estratégicos actualizados, entre otros.

d. Detalle y fase de ejecución de los proyectos priorizados en el Proceso Participativo del año anterior, 30 diferenciando los que fueron considerados y los que no fueron incluidos en el Presupuesto Institucional, indicando el motivo por el cual no fueron considerados.

e. Ejecución del programa de inversiones, aprobados en los Presupuestos Institucionales.

f. Problemas priorizados por los Agentes Institucionales.

g. Diagnóstico enriquecido con los aportes de los Agentes Participantes

 

2

Identificación de problemas

04 de marzo de 2026

Aut Local, Eq. Técnico  y Sociedad Civil

NO

3

Propuestas y/o alternativas de solución

04 de marzo de 2026

Aut Local, Eq. Téc y Sociedad Civil

NO

4

Desarrollo del Segundo Taller

09 de marzo 2026

Aut. Local, Eq. Téc y Sociedad Civil

Exposición de Temario

 

09 de marzo 2026

 

a. Porcentaje de recursos de inversión que el Gobierno Local destinará al Proceso Participativo; así como la mayor disponibilidad de recursos por cofinanciamiento.

b. La ejecución de ingresos que se viene registrando en el ejercicio vigente.

c. Criterios de evaluación para la priorización de alternativas de solución.

d. Así mismo debe considerar en materia de inversión lo siguiente:

-Los recursos para la continuación de proyectos en ejecución.

-Los recursos para proyectos de inversión destinados a la rehabilitación y reconstrucción de la infraestructura pública señalada.

-Los recursos de contrapartida de proyectos de inversión que se financian mediante operaciones oficiales de crédito.

-Financiamiento compartido de acciones de impacto regional y/o provincial que serán propuestos en procesos de presupuesto participativo de diferentes niveles.

-Recursos para acciones de prevención de desastres, proyectos de emergencias por daños o por peligro inminente de ocurrencia o similares, declarados por el organismo público técnico respectivo.

e. Informe de los compromisos asumidos por la sociedad civil y otras entidades del Estado, en procesos participativos anteriores y su nivel de cumplimiento:

-Situación de los principales puntos de atención del ciudadano en la prestación de los bienes y servicios públicos (producto); señalando el déficit de infraestructura, recursos humanos, equipamiento y materiales para una adecuada prestación.

5

Desarrollo del Tercer Taller

16 de marzo de 2026

Autoridad Local, Eq. Técnico y Sociedad Civil

SI

Exposición de Temario

16 de marzo de 2026

Autoridad Local, Eq. Técnico y Sociedad Civil

SI

Criterios de evaluación para la priorización de las propuestas de solución

Aut Local, Eq. Téc y Sociedad Civil

NO

Priorización de proyectos

Aut. Local, Eq. Técnico  y Sociedad Civil

NO

Formulación de acuerdos y compromisos

Autoridad Local, Eq. Técnico y Sociedad Civil

NO

FASE DE COORDINACIÓN ENTRE NIVELES DE GOBIERNO

1

Articulación de políticas y proyectos

 16 de marzo de 2026

Autoridad Local, Eq. Técnico y Sociedad Civil

FASE DE FORMALIZACIÓN DE ACUERDOS Y COMPROMISOS

1

Inclusión en el Aplicativo de Presupuesto Participativo del MEF

17 de marzo de 2026

Autoridad Local, Eq. Técnico y Sociedad Civil

NO

2

Coordinación para la inclusión del PIA 2026

18 de marzo del 2026

Autoridad Local, Eq. Técnico y Sociedad Civil

NO

3

CONSOLIDADO DE EXPEDIENTES DE PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO

19 de marzo del 2026

Autoridad Local, Eq. Técnico y Sociedad Civil

NO

 

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