Entre febrero del 2025 y enero 2026, parejas tomaron la decisión de la Unión de Hecho para proteger sus derechos patrimoniales y no verse afectados en un futuro.
En el Día del
Amor, cada vez más peruanos toman
conciencia sobre la importancia de inscribir su convivencia, también llamada
Unión de Hecho, en el Registro de Personas Naturales que administra la Sunarp,
como una manera efectiva de proteger sus derechos patrimoniales y no verse
afectados en un futuro. Y esta expresión de voluntad queda respaldada por las
cifras: en el último año un total de 4 731 parejas decidieron inscribir su
convivencia en el registro.
Como se sabe, la convivencia es la unión libre y
voluntaria entre un hombre y una mujer sin vínculo matrimonial entre sí, que
haya durado por lo menos dos años continuos para alcanzar finalidades y cumplir
deberes semejantes a los del matrimonio.
Adicionalmente, ellos deben encontrarse libres de impedimento matrimonial, cuando los convivientes estén de acuerdo en registrar la Unión de Hecho en el Registro Personal de la Sunarp. A diferencia del matrimonio, donde existe la opción de elegir entre el régimen de sociedad de gananciales y régimen patrimonial de separación de bienes, en esta unión el régimen de sociedad de gananciales es único y forzoso, es decir, todos los bienes y rentas obtenidas durante la vigencia pertenecen a los convivientes en partes iguales.
Vale señalar que, una vez inscrito el acto en la Sunarp,
automáticamente se generan los derechos sucesorios entre sus integrantes. La
pareja precisa la fecha de inicio de la relación, así como la de su finalización —en caso se
produjera—, ello con el objetivo de diferenciar con exactitud los bienes
muebles e inmuebles que les corresponden a cada uno y evitar una injusta
redistribución de su patrimonio.
El trámite para formalizar una Unión de Hecho ante un
notario público, inicia con una solicitud que incluya los nombres y firmas de
ambos solicitantes, así como el reconocimiento expreso que conviven no menos de
dos años de manera continua.
Declaración expresa de los solicitantes que se
encuentran libres de impedimento matrimonial y que ninguno tiene vida en común
con otro varón o mujer, según sea el caso.
Certificado domiciliario de los solicitantes.
Certificado negativo de unión de hecho tanto del varón como de la mujer,
expedido por el Registro Personal de la oficina registral donde domicilian los
solicitantes.
Declaración de dos testigos y otros documentos que
acrediten que la unión de hecho tiene por lo menos dos años continuos.
Posterior a ello, el notario público realiza
publicaciones de un extracto de la solicitud. Transcurridos 15 días útiles, de
no presentarse oposición extenderá la escritura pública con la declaración del
reconocimiento de la Unión de Hecho entre los convivientes, la cual se remitirá
al Registro Personal de la Sunarp del lugar indicado por el interesado en la
rogatoria del título.
Este trámite también puede realizarse por vía judicial.







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