El Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Zona Sur, integrado por los magistrados Roberto Carlos Estela Vitteri, Jorge Armando Bonifaz Mere y Hermann Félix Paul Yonz Martínez, emitió sentencia condenatoria imponiendo cadena perpetua contra A. Rojas Riera (nacionalidad venezolana), al hallarlo responsable como coautor del delito de robo agravado, así como del delito contra la salud pública en la modalidad de formas atenuadas de elaboración, comercialización y posesión, en agravio de ciudadanos y del Estado Peruano.
Los hechos ocurrieron el 1 de febrero de 2024 al
promediar las 15:00 horas, en el frontis de un casino ubicado en los Portales
de la Plaza de Armas de Ica, donde los agraviados L. Mendoza V. J. Sender F. y
P. Puza M. ejercían su labor como cambistas. Conforme a lo acreditado en juicio
oral, el sentenciado, junto a otros sujetos armados, ejecutó un asalto a mano
armada.
Durante el ataque, Rojas golpeó con la cacha de un arma
de fuego al agraviado Mendoza, a quien le arrebató un canguro que contenía la
suma de quince mil dólares americanos (US$ 15,000.00). A fin de asegurar el
apoderamiento del dinero y facilitar la huida, los demás integrantes del grupo
criminal efectuaron disparos con arma de fuego, resultando herido por impacto
de bala en la pierna izquierda Sender, mientras que Puza recibió un disparo en la zona abdominal
pélvica, lesión que comprometió órganos vitales y lo obligó a ser sometido a
diversas intervenciones quirúrgicas.
Tras los hechos, personal policial de inteligencia, el
2 de febrero de 2024 logró ubicar e intervenir al sentenciado en un inmueble
del sector conocido como San Joaquincito, distrito de Ica, donde se incautaron
un arma de fuego, cascos, prendas de vestir utilizadas durante el asalto, una
mototaxi presuntamente empleada para la fuga, así como pasta básica de cocaína,
debidamente lacrada conforme a los procedimientos legales.
Luego de una exhaustiva valoración de los medios
probatorios actuados en juicio, el colegiado resolvió imponer al sentenciado
Rojas, pena privativa de libertad de cadena perpetua, además de 360 días-multa,
el pago de S/ 30,000.00 por concepto de reparación civil a favor de las
víctimas del delito de robo agravado y S/ 4,000.00 a favor del Estado Peruano
por el delito contra la salud pública. Asimismo, se dispuso la ejecución
provisional inmediata de la sentencia, ordenándose su internamiento en el
establecimiento penitenciario que designe el INPE.






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