miércoles, 24 de diciembre de 2025

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA - ACUERDO DE CONCEJO Nº 087-2025-MPCH


MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA

ACUERDO DE CONCEJO Nº  087-2025-MPCH

Chincha, 17 de diciembre de 2025

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA

POR CUANTO:

El Concejo Provincial de Chincha, en Sesión Ordinaria de fecha 16 de diciembre de 2025;

VISTO: El Oficio Nº 345-2025-MDGP/A registro N° 21504-2025 de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado  que solicita ratificar la Ordenanza Municipal 018-2025-MDGP que aprueba la ratificación para el año fiscal 2026 de la vigencia de la Ordenanza Municipal N° 020-2024-MPCH-CM de fecha 15 de noviembre de 2024, ratificada con Acuerdo de Concejo Provincial  N° 078-2024-MPCH de la Municipalidad Provincial de Chincha, por la cual se aprobó el régimen tributario de los arbitrios municipales de limpieza pública, parques y jardines y serenazgo para el ejercicio fiscal 2025 en el distrito de Grocio Prado; el Informe N° 2011-2025/GAT/MPCH de fecha 15 de diciembre de 2025 de la Gerencia de Administración Tributaria; el Informe N° 005226-2025-GAJ/MPCH de fecha 16 de diciembre de 2025 de la Gerencia de Asesoría Jurídica e Informe N° 0238-2025-GM/MPCH de fecha 16 de diciembre de 2025 de la Gerencia Municipal, que remite el expediente de ratificación de la Ordenanza Nº 020-2024-MDGP/CM, que aprueba el régimen tributario de los arbitrios municipales de limpieza pública, parques, jardines y serenazgo para el ejercicio fiscal 2025 en el distrito de Grocio Prado, y;

CONSIDERANDO:

Que, en los artículos 74 y 195 de la Constitución Política del Perú y en la Norma IV del del TUO del Código Tributario aprobado por el D.S N° 133-2013-EF, se establece que los gobiernos locales mediante ordenanza pueden crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar éstas, dentro de su jurisdicción, y con los límites que señala la Ley; asimismo el artículo 40 de la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, dispone que las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratificadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción, para su vigencia y exigibilidad;

Que, en aplicación de la normatividad vigente, se emite el Informe N° 2011-2025-GAT/MPCH de fecha 15 de diciembre de 2025 la Gerencia de Administración Tributaria determina que técnicamente y dentro del marco jurídico del sistema tributario nacional que la Ordenanza Municipal N° 018-2025-MDGP que ratifica la Ordenanza N° 020-2020-2024-MDGP/CM,  presentado para su ratificación cumple con todos los requisitos para su ratificación y remite lo actuado para opinión legal y pase al Concejo Municipal para que se apruebe su ratificación;

Que, mediante Informe N° 005226-2025-GAJ/MPCH la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que resulta viable la ratificación de la Ordenanza Municipal N° 018-2025-MDGP “Ordenanza que aprueba la ratificación para el año fiscal 2026 de la vigencia de la Ordenanza Municipal N° 020-2024-MPCH-CM de fecha 15 de noviembre de 2024, ratificada con Acuerdo de Concejo Provincial  N° 078-2024-MPCH de la Municipalidad Provincial de Chincha, por la cual se aprobó el régimen tributario de los arbitrios municipales de limpieza pública, parques y jardines y serenazgo para el ejercicio fiscal 2025 en el distrito de Grocio Prado,  se derive el presente  a fin de que sed eleve a Sesión de Concejo para su conocimiento y determinación;

Estando a lo señalado en los considerandos que anteceden, en uso de las facultades previstas según los artículos 9 y 41 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; el Concejo Provincial de Chincha, por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación del acta;

ACORDÓ:

Artículo 1.- RATIFICAR la Ordenanza N° 018-2025-MDGP de fecha 10 de diciembre de 2025 que aprueba la ratificación para el Año Fiscal 2026 de la vigencia de la Ordenanza Municipal N.º 020-2024-MDGP/CM de fecha 15 de noviembre de 2024, ratificada por Acuerdo de Concejo N° 078-2024-MPCH de la Municipalidad Provincial de Chincha, por el cual se aprobó el régimen tributario de los arbitrios municipales de limpieza pública, parques-jardines y serenazgo para el ejercicio fiscal 2025 en el distrito de Grocio Prado, por las consideraciones expresadas en el presente acuerdo;

Artículo 2.- El presente acuerdo ratificatorio para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicación hasta el 31 de diciembre de 2025, así como del texto íntegro de la ordenanza ratificada, incluido el informe técnico. La aplicación de la ordenanza materia de la presente ratificación, sin la condición antes señalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de dicha municipalidad distrital de Grocio Prado.

Artículo 3.- ENCARGAR a la Gerencia de Secretaria General notificar el presente acuerdo a la Municipalidad Distrital de Grocio Prado para el cumplimiento del citado requisito de publicación, conforme a ley.

Artículo 4.- ENCARGAR a la Gerencia de Sistemas y Procesos de la entidad la publicación del presente acuerdo en el Portal Institucional (www.munichincha.gob.pe).

POR TANTO:

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

ING. CÉSAR ANTONIO CARRANZA FALLA

ALCALDE

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