La medida para el uso obligatorio de chaleco distintivo regirá exclusivamente en los lugares declarados en estado de emergencia
Mediante Resolución Directoral N.°
012-2025-MTC/15 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC),
modificada por Resolución Directoral N.° 018-2025-MTC/15, se establecieron las
especificaciones técnicas para el uso de chalecos distintivos y cascos de seguridad
por parte de los conductores y acompañantes de motocicletas, disponiéndose
también un periodo de implementación previo a la entrada en vigencia de las
sanciones por su incumplimiento.
Con relación al chaleco distintivo,
las sanciones se aplicarán desde el 17 de noviembre, exclusivamente en los
lugares que, hasta el 18 de abril de 2025, hayan sido declarados en estado de
emergencia por orden interno, informa el MTC.
Es importante precisar que el
estado de emergencia por orden interno es una medida excepcional que el
Gobierno adopta cuando la paz social y la seguridad ciudadana se ven gravemente
comprometidas.
En ese marco, el MTC busca reforzar
la seguridad vial y ciudadana en contextos críticos, garantizando la
trazabilidad de las motocicletas y facilitando la labor de identificación que
realiza la Policía Nacional del Perú (PNP).
Es preciso señalar que las
infracciones sobre el uso de chalecos distintivos en motociclistas se sancionan
mediante el código G.68 (no portar el chaleco) y G.69 (impedir la visibilidad
de la placa consignada en el chaleco). En ambos casos, la multa asciende a
S/428 (8 % de la UIT), implica la acumulación de 20 puntos en el récord del
conductor y la retención del vehículo.
Respecto al casco de seguridad, se
dispone que conductores y acompañantes de motocicletas deben portar cascos
certificados y, además, el conductor debe usar anteojos protectores
transparentes cuando el casco no tenga protector cortaviento o el vehículo
carezca de parabrisas.
Las sanciones se aplicarán de la
siguiente forma:
• Desde el 18 de noviembre de 2025
en los lugares que, hasta el 18 de abril de 2025, hayan sido declarados en
estado de emergencia por orden interno.
• Desde el 18 de diciembre de 2025
en el resto del país.
Estos implementos deben cumplir con
las especificaciones técnicas establecidas mediante Resolución Directoral N°
012-2025-MTC/15. Es preciso señalar que la infracción sobre el uso de cascos de
seguridad asciende a S/428, la acumulación de 40 puntos en el récord del
conductor y la retención del vehículo.







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