Municipalidad Distrital de Tambo de Mora
DECRETO DE ALCALDIA N° 002-2025-MDTM
Tambo de Mora, 30 de junio del 2025
VISTOS:
El informe N°
093-2025-SGDH/MDTM emitido por la Sub Gerencia De Desarrollo Humano y, el
Informe N° 106-2025-SGAJ/MDTM emitido por la Sub Gerencia de Asuntos Jurídicos,
el Informe N° 017-2025-GM/MDTM emitido por la Gerencia Municipal y, las
instrumentales Publicas;
CONSIDERANDO:
Que, estando a lo
establecido por el artículo 194 de la Constitución Política del Perú,
modificado por la Ley Nro. 27972 “-Ley Orgánico de Municipalidades”, las
Municipalidades son Órganos de Gobierno Local que gozan de autonomía Política,
Económica y Administrativa en los asuntos de su competencia y, que dicha
Autonomía radica en ejercer Actos de Gobierno, Administrativos y, de
Administración, con Sujeción al Ordenamiento Jurídico;
Que, el artículo 6° de
la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que: “El Alcalde es
el responsable legal de la Municipalidad y su máxima autoridad administrativa.”
Asimismo el numeral 6) de su artículo 20°, señala como una de las atribuciones
que tiene al alcalde la de: “Dictar decretos y resoluciones de Alcaldía, con
sujeción a las leyes y Ordenanza.”, en tanto, el artículo 42 establece que:
“Los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de
las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y
eficiente administración Municipal y resuelve o regula asuntos de Orden General
y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del consejo
municipal.”;
Que,
el 28 de julio del presente año se celebrará el 204 Aniversario de Proclamación
de la Independencia del Perú; motivo por el cual se debe reforzar y promover la
conciencia cívica mediante la participación conjunta de vecinos, comercios,
instituciones públicas y privadas, generando el respeto hacia nuestro símbolos
patrios, por lo que corresponde disponer el Embanderamiento Genera en todo el
Distrito de Tambo de Mora, durante el presente mes de julio, a fin de destaca
las festividades con motivo de celebrarse las Fiestas Patrias al conmemorar el
Bicentésimo Cuarto Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú;
Estando a lo expuesto, y en el uso de mis facultades conferidas al
Alcalde por el artículo 6°, el numeral 6) del artículo 42° de la ley N° 27972,
Ley orgánica de Municipalidades;
SE DECRETA:
ARTICULO PRIMERO. –
DISPONER el EMBADERAMIENTO GENERAL de carácter obligatorio en las viviendas,
instituciones públicas y privadas, locales comerciales y demás predios del
distrito de Tambo de Mora, la misma que entra en vigencia a partir del día 01
hasta el 31 de julio del 2025, con motivo de conmemorarse el 204 Aniversario de
Proclamación de la Independencia del Perú.
ARTICULO SEGUNDO. – RECOMENDAR que los pabellones nacionales y banderas a
instalarse en las viviendas, instituciones públicas y privadas, locales
comerciales y además predios del Distrito de Tambo de Mora, deberán estar en
buen estado de conservación, como símbolo de respeto al emblema patrio.
ARTICULO TERCERO. – ENCARGAR la difusión del presente Decreto de Alcaldia
a la Sub Gerencia de Desarrollo Humano y a la Sub Gerencia de Seguridad
Ciudadana, Medio Ambiente, Salud y Servicios Municipales de la Municipalidad
Distrital de Tambo de Mora.
ARTICULO CUARTO. – ENCARGAR A LA Oficina de secretaria general la
Publicación del presente Decreto de Alcaldía en el diario “La Verdad Del
Pueblo”, a la Oficina de Tecnología de la Información y a la Oficina de Imagen
Institucional la publicación del mismo en el mismo en el portal de transparencia
y otras páginas institucionales de la municipalidad distrital de Tambo de Mora.
REGISTRESE, COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.
ANA MELVA RAMIREZ VELASQUEZ
ALCALDESA
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