martes, 1 de julio de 2025

Municipalidad Distrital de Tambo de Mora - DECRETO DE ALCALDIA N° 002-2025-MDTM

Municipalidad Distrital de Tambo de Mora

DECRETO DE ALCALDIA N° 002-2025-MDTM

Tambo de Mora, 30 de junio del 2025

VISTOS:

              El informe N° 093-2025-SGDH/MDTM emitido por la Sub Gerencia De Desarrollo Humano y, el Informe N° 106-2025-SGAJ/MDTM emitido por la Sub Gerencia de Asuntos Jurídicos, el Informe N° 017-2025-GM/MDTM emitido por la Gerencia Municipal y, las instrumentales Publicas;

CONSIDERANDO:

              Que, estando a lo establecido por el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nro. 27972 “-Ley Orgánico de Municipalidades”, las Municipalidades son Órganos de Gobierno Local que gozan de autonomía Política, Económica y Administrativa en los asuntos de su competencia y, que dicha Autonomía radica en ejercer Actos de Gobierno, Administrativos y, de Administración, con Sujeción al Ordenamiento Jurídico;

              Que, el artículo 6° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que: “El Alcalde es el responsable legal de la Municipalidad y su máxima autoridad administrativa.” Asimismo el numeral 6) de su artículo 20°, señala como una de las atribuciones que tiene al alcalde la de: “Dictar decretos y resoluciones de Alcaldía, con sujeción a las leyes y Ordenanza.”, en tanto, el artículo 42 establece que: “Los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración Municipal y resuelve o regula asuntos de Orden General y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del consejo municipal.”;

              Que, el 28 de julio del presente año se celebrará el 204 Aniversario de Proclamación de la Independencia del Perú; motivo por el cual se debe reforzar y promover la conciencia cívica mediante la participación conjunta de vecinos, comercios, instituciones públicas y privadas, generando el respeto hacia nuestro símbolos patrios, por lo que corresponde disponer el Embanderamiento Genera en todo el Distrito de Tambo de Mora, durante el presente mes de julio, a fin de destaca las festividades con motivo de celebrarse las Fiestas Patrias al conmemorar el Bicentésimo Cuarto Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú;

Estando a lo expuesto, y en el uso de mis facultades conferidas al Alcalde por el artículo 6°, el numeral 6) del artículo 42° de la ley N° 27972, Ley orgánica de Municipalidades;

SE DECRETA:

              ARTICULO PRIMERO. – DISPONER el EMBADERAMIENTO GENERAL de carácter obligatorio en las viviendas, instituciones públicas y privadas, locales comerciales y demás predios del distrito de Tambo de Mora, la misma que entra en vigencia a partir del día 01 hasta el 31 de julio del 2025, con motivo de conmemorarse el 204 Aniversario de Proclamación de la Independencia del Perú.

ARTICULO SEGUNDO. – RECOMENDAR que los pabellones nacionales y banderas a instalarse en las viviendas, instituciones públicas y privadas, locales comerciales y además predios del Distrito de Tambo de Mora, deberán estar en buen estado de conservación, como símbolo de respeto al emblema patrio.

ARTICULO TERCERO. – ENCARGAR la difusión del presente Decreto de Alcaldia a la Sub Gerencia de Desarrollo Humano y a la Sub Gerencia de Seguridad Ciudadana, Medio Ambiente, Salud y Servicios Municipales de la Municipalidad Distrital de Tambo de Mora.

ARTICULO CUARTO. – ENCARGAR A LA Oficina de secretaria general la Publicación del presente Decreto de Alcaldía en el diario “La Verdad Del Pueblo”, a la Oficina de Tecnología de la Información y a la Oficina de Imagen Institucional la publicación del mismo en el mismo en el portal de transparencia y otras páginas institucionales de la municipalidad distrital de Tambo de Mora.

REGISTRESE, COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.

ANA MELVA RAMIREZ VELASQUEZ

ALCALDESA

0 comentarios:

Publicar un comentario

Con la tecnología de Blogger.