- Colegios privados están obligados a registrar a docentes y administrativos para verificar si tienen condenas
Ley impide laborar a condenados por terrorismo, violación de la libertad sexual, narcotráfico, feminicidio u otros delitos.
Desde el 1 de
abril de 2024 al 27 de febrero de 2025, el Ministerio de Educación (Minedu) ha
separado a 763 personas (651 docentes y 112 administrativos) que tenían
condenas por violación a la libertad sexual y terrorismo, entre otros delitos,
y que trabajaban en 650 colegios públicos y 113 instituciones educativas
privadas.
El Minedu
precisó que 629 personas (543 docentes y 86 administrativos) tienen condenas
por violación a la libertad sexual; 58
(48 docentes y 10 administrativos), por terrorismo y apología del terrorismo, y
22 (17 docentes y 5 adminis-trativos), por tráfico ilícito de drogas.
En vísperas del
inicio de clases en los colegios privados, el Minedu recordó que los directores
deben registrar a su personal docente y administrativo para verificar si tiene
condenas por terrorismo o apología del terrorismo, violación de la libertad
sexual, narcotráfico, feminicidio, pornografía infantil u otros delitos y, en
consecuencia, está impedido de laborar, de acuerdo con la Ley 29988 y su
reglamento.
Para ello, el
Minedu cuenta con el Sistema de Registro de Datos de Personal Docente y
Administrativo de Instituciones Educativas Privadas (REGIEP) y los directores
deben cumplir con este trámite dentro de los 15 días hábiles de iniciadas las
clases. Para el caso de contratación de personal nuevo, deben hacerlo dentro de
los 3 días hábiles de realizada la contratación.
Útiles
escolares
De otro lado, el
Minedu también recordó que las instituciones educativas privadas no pueden
obligar a adquirir determinados textos escolares y que los padres de familia
tienen dercho a participar en la selección de estos. Para ello, el director
debe promover su participación mediante sus representantes (asociaciones de
padres de familia, comités u otras instancias).
Además, los
colegios privados no pueden exigir que los estudiantes lleven todos los
materiales y útiles desde el primer día de clases. El colegio establecerá un
plazo gradual para la entrega de los útiles, el cual no puede ser menor a
treinta días calendario de iniciadas las clases.
De otro lado, si
se presentan irregularidades en la prestación del servicio educativo, los
padres de familia pueden hacer reclamos o consultas ante la plataforma
tecnológica Identicole (https://identicole.minedu.gob.pe), para que sean
atendidos directamente por las unidades de gestión educativa local (UGEL).
Los padres de
familia también pueden recurrir al Instituto Nacional de Defensa de la
Competencia y Protección de la Propiedad Intelectual.
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