Municipalidad Provincial de Pisco
DECRETO N°006-2023-MPP-ALC
Pisco, 14 de setiembre del 2023
VISTO:
La Ordenanza N°014-2017-MPP, que aprueba el
Reglamento de la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad
Provincial de Pisco,
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú, en sus artículos 197° y 199°, establece que las
Municipalidades promueven apoyan y reglamentar la participación vecinal en el
desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participación de la
población y rinden cuenta de su ejecución, en forma anual y bajo
responsabilidad.
Que, la Ley N°31433, Ley que modifica a la Ley
N°27972 Ley Orgánica de Municipalidades y a la Ley N°27867, Ley Orgánica de
Gobiernos Regionales, respecto a las atribuciones y responsabilidades de
Concejos Municipales y Concejos Regionales, para fortalecer el Ejercicio de su
Función de Fiscalización, Artículo 119-a.- Audiencias Públicas Municipales, las
audiencias públicas constituyen mecanismos de rendición de cuentas cuyo
objetivo es objetivo es dar a conocer la gestión del gobierno local, tanto en
los aspectos presupuestales, como también a los referidos a los logros de
gestión y las dificultades que impidieron el cumplimiento de compromisos;
Que, la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas, es
una modalidad por lo cual ciudadanos ejercen su derecho de participación en el
control de la gestión pública del gobierno local; por su parte, la
Municipalidad cumple con informar a la ciudadanía sobre los logros y avances
alcanzados en la Gestión Municipal del periodo materia de la Convocatoria para
la Audiencia;
Que, la Ordenanza N°014-2017-MPP, aprobó el
Reglamento de la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad
Provincial de Pisco, el cual tiene por objeto normar y regular los mecanismos
de participación de los agentes de desarrollo y los procedimientos para la
realización de la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas, estableciendo el
marco general para su desenvolvimiento;
Que, de conformidad al artículo 10° del Reglamento
precitado, establece que la Audiencia Pública es convocada por Decreto de
Alcaldía, y se realizará el día, hora y lugar que señale el respectivo Decreto
de Alcaldía;
Que, en este contexto es conveniente programar y
convocar a la realización de la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas del
Año Fiscal 2023 de la Municipalidad Provincial de Pisco;
Con la visacion de la Oficina General de Presupuesto,
Planificación y Racionalización, Gerencia Municipal y la Oficina General de
Asesoría Jurídica; en uso de las facultades conferidas por el inciso 6) del
Artículo 20° de la Ley N°27972 – Ley Orgánica de Municipalidades;
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO: CONVOCAR, a la ciudadanía en
general de la Provincia de Pisco, a la SEGUNDA AUDIENCIA PÚBLICA DE RENDICIÓN
DE CUENTAS DEL EJERCICIO FISCAL 2023, a realizarse el día viernes 29 de
setiembre del 2023, a partir de las 18: 00 horas en el Auditorio de la
Municipalidad Provincial de Pisco, en los términos que señala el Cronograma de
Actividades, que en Anexo I forma parte integrante del presente decreto.
ARTÍCULO SEGUNDO: ENCARGUÉSE al Equipo Técnico a
conformarse mediante Resolución de Alcaldía, la organización y realización de
la Audiencia Pública, bajo responsabilidad.
ARTÍCULO TERCERO: ENCARGAR a la Oficina de Secretaria
General la notificación de la presente norma a cada una de las Gerencias y Sub
Gerencias que correspondan, y a la Unidad de Sistemas la publicación en el
portal institucional (www.munipisco.gob.pe)
Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Archívese.
Pedro Edgar Fuentes Hernández
ALCALDE
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