Municipalidad Provincial de Pisco
ORDENANZA N° 009-2023-MPP-ALC
Pisco, 18 de agosto del 2023
POR CUANTO:
El Concejo Municipal en Sesión
Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 18 de agosto de 2023, se trató en el
cuarto punto de la orden del día, el proyecto de ORDENANZA MUNICIPAL QUE
APRUEBA LA EJECUCIÓN DEL CENSO VEHICULAR DE TRANSPORTE DE SERVICIO PÚBLICO EN
LA PROVINCIA DE PISCO,
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194° de la
Constitución política del Perú, modificado por la Ley Nº 27680 establece que
las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno
local, tiene autonomía política económica y administrativa en los asuntos de
competencia, concordante con el Art. VIII del título Preliminar de la Ley
Orgánica de Municipalidades Nº 27972;
Que, el Artículo 195° de la
mencionada norma establece que, los gobiernos locales promueven el desarrollo y
la económica local y la prestación de servicios públicos de su responsabilidad,
en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo y
son competentes para desarrollar y regular actividades y/o servicios en materia
de transporte colectivo, circulación y tránsito….;
Que, el Artículo 81° de la Ley
Orgánica de Municipalidades, en materia de tránsito, vialidad y transporte
público, ejercen las siguientes funciones: 1. Funciones específicas exclusivas
de las Municipalidades Provinciales: 1.1 Normar regular y planificar el
transporte terrestre, fluvial y lacustre a nivel provincial. 1.2 Normar y
regular el servicio público de transporte terrestre urbano e interurbano de su
jurisdicción, de conformidad con las leyes y reglamentos nacionales sobre la
materia… 1.6 Norma, regular y controlar la circulación de vehículos menores
motorizados o no motorizados, tales como taxis, mototaxis, triciclos, y otros
de similar naturaleza 1.7 Otorgar autorizaciones y concesiones para la
prestación del servicio público de transporte provincial de personas de su
jurisdicción;
Que, en el año 2010 se aprobó una
ordenanza municipal, la misma que no logro los objetivos deseados, esta
Ordenanza Municipal Nº 006-2010-MPP, aprobado en Sesión extraordinaria de fecha
23 de marzo del 2010, establecido puntos para la realización del estudio
Técnico del Plan Regulador de Ruta y la suspensión de permisos de operación, el
mismo que pretendía formalizar el servicio de transporte público de pasajeros,
así como mejorar el tránsito vehicular en nuestro medio, de esta manera otorgar
seguridad a la colectividad, así como un servicio de transporte rápido,
oportuno y seguro;
Que uno de los objetivos de la actual
administración, es mejorar el Transporte Público de pasajeros en nuestra ciudad
y hacer funcionar institucionalmente las Comisiones Técnica Mixta y Comisión
Consultiva ambas de vehículos menores y regulares; así como también formular un
Plan Vial de Transporte Publico y para ello es necesario saber cuántos
vehículos circulan diariamente por nuestra ciudad y los que brindan transporte
público de pasajeros de taxis, escolar, especial de trabajadores, de turismo,
de carga ligera y pesada, moto taxis y otros, los formales e informales, para
ello es necesario REALIZAR UN CENSO de vehículos que circulan por nuestra
ciudad.
Que, con Informe N°
1232-2023-MPP-GDUT, de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Transporte, remite el
Proyecto de ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA EJECUCIÓN DEL CENSO VEHICULAR DE
TRANSPORTE DE SERVICIO PÚBLICO EN LA PROVINCIA DE PISCO,
Estando a lo opinado por la Oficina
de Asesoría Jurídica mediante Informe Legal Nº1599-2023-MPP-OGAJ; y a lo
expuesto y dentro de sus facultades por los Artículos 9° numeral 8, el artículo
40°, y del artículo 81° de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; el
Artículo Nº 11°, inciso 11.2 el artículo 17° de la Ley General de Transporte y
Tránsito Terrestre Nº 27181 y el nuevo Reglamento Nacional de Administración de
Transporte N° 017-2009-MTC y la Ordenanza N° 016-2011-MPP-ALC, que los miembros
del Pleno del Concejo Municipal de la Provincia de Pisco aprobando por la
siguiente Ordenanza:
ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA
EJECUCION DEL CENSO VEHICULAR DE TRANSPORTE DE SERVICIO PÚBLICO EN LA PROVINCIA
DE PISCO
ARTÍCULO PRIMERO. - APROBAR EL CENSO
VEHICULAR DE TRANSPORTE DE SERVICIO PÚBLICO EN LA PROVINCIA DE PISCO Y SU
REGLAMENTO.
ARTÍCULO SEGUNDO. - Que el censo
vehicular no tendrá costo para los propietarios de vehículos, que se realizará
en las instalaciones de la Municipalidad Provincial de Pisco y/o locales que
designe la Gerencia de Desarrollo Urbano y Transporte, con la finalidad de
brindar las facilidades a los conductores y/o propietarios.
ARTÍCULO TERCERO. - El censo se
realizara entre la etapa inicial y final 90 días, a Vehículos menores
motorizados L05; Vehículos taxis colectivos Remis y estación M1 y M2; Vehículos
transporte de personal, servicio escolar M3.
ARTÍCULO CUARTO.- Solicítese el apoyo
de la Policía Nacional del Perú, a fin de que brinde las garantías que el caso
requiere al personal destinado a realizar el censo en los diferentes puntos que
se establezcan. Asimismo coordinar con la Gerencia de Servicio de la Ciudad y
Ambiente y Seguridad Pública a través de sus divisiones de Serenazgo y Policía
Municipal para que nos apoyen con efectivos y encargar a la Gerencia de
Desarrollo Urbano y Transporte y la Subgerencia de Transporte y Seguridad Vial
la correspondiente difusión del censo y cronograma.
ARTÍCULO QUINTO.- Para efectos de
realizar un Censo Vehicular optimo, suspéndase el otorgamiento de permisos de
operación para nuevas empresas o asociaciones de transporte público en
modalidad de taxis Remisse, estación, taxi colectivo y moto taxis, en el ámbito
de la provincia de Pisco.
ARTÍCULO SEXTO.- Encargar a la Oficina
General de Secretaría la publicación de la presente ordenanza la misma que
entrará en vigencia al día siguiente de la publicación en el Portal de la
Pagina WEB de la Municipalidad y el diario de mayor circulación de la provincia
de Ica.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y
CÚMPLASE
Pedro Edgar Fuentes Hernández
ALCALDE
0 comentarios:
Publicar un comentario