sábado, 8 de julio de 2023

Sala Superior Penal de Apelaciones y Mixta de Nasca Confirman cadena perpetua a padre que violó a su menor hija

Superior Colegiado corrroboró que se encuentra acreditado el delito y la responsabilidad penal del sentenciado Roberto Gustavo Villalba Sovero

En audiencia privada de apelación de sentencia, la Sala Superior Penal de Apelaciones y Mixta de Nasca, confirmó la sentencia que condena al acu-sado Roberto Gustavo Villalba Sovero, como autor de la comisión del delito Contra la Libertad Sexual, en la modalidad de violación sexual de menor de edad, en agravio de la menor identificada con iniciales A.I.V.F, a la pena de Cadena Perpetua.

Así, el Superior Colegiado conformado por los señores magistrados José Luis Herrera Ramos (Presidente y D.D.), Tania Alicia Peralta Vega y Orlando Fernando Carbajal Rivas, desestimó el recurso de apelación presentado por la defensa legal del sentenciado, que pretendía revocar y/o anular la sentencia emitida por el Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Zona Sur de Ica.

El Colegiado con las pruebas aportadas estableció en el proceso N° 002-2022-98-1409-JR-PE-01, que Villalba Sovero practicó el acto sexual en reiteradas oportunidades a la menor agraviada –quien es su hija- en contra su voluntad, aprovechando la relación de dependencia con la misma, y que su esposa y sus otros hijos se encontraban durmiendo, hechos ocurridos en su domicilio ubicado en Jardines de Bogotaya s/n, distrito de El Ingenio, en el año 2021 cuando la menor  contaba con 13 años.

Aporta a esta decisión, la sindicación de la menor agraviada, la misma que cumple con las garantías de certeza previstas en el fundamento décimo del Acuerdo Plenario Nº 2-2005/CJ-116, como son: a) Ausencia de incredibilidad subjetiva; b) Verosimilitud; y c) Persistencia en la incriminación.

Asimismo, dicha Sala advierte que la sentencia venida en grado ha sido debidamente motivada, habiéndose valorado adecuadamente los medios de prueba actuados en el plenario, no advirtiéndose vulneración alguna al contenido esencial de derechos constitucionales que constituyan causales de nulidad absoluta previstas en el art. 150 inc. d) del N.CPP.

Dicho veredicto precisa que el sentenciado deberá cumplir la cumplir la pena en el Establecimiento Penitenciario que designe el INPE, y fija por concepto de Reparación Civil la suma de S/. 30,000.00 (Treinta Mil Soles), que deberá pagar el sentenciado a favor de la menor agraviada.

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