MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE GROCIO PRADO
DECRETO DE ALCALDÍA N° 002-2023/MDGP
Grocio Prado, 4
de julio de 2023.
EL ALCALDE DE LA
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE GROCIO PRADO
CONSIDERANDO:
Que, las municipalidades
son órganos de gobierno local, con personería jurídica de derecho público,
tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia de conformidad con lo establecido con el artículo 194º de la
Constitución Política y sus modificatorias, en concordancia con el artículo II
del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades;
Que, el artículo
42° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los
decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las
ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y
eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden
general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo
Municipal;
Que, el 28 de
julio del presente año se celebra el 202° Aniversario de la Proclamación de la
Independencia del Perú; en tal sentido, siendo fecha de trascendencia nacional,
constituye una oportunidad para fomentar entre los vecinos del distrito de
Grocio Prado, los sentimientos de identidad nacional y revalorización de
principios cívicos, el respeto y amor a la patria;
Que, es deber de
la actual gestión municipal, reforzar y
promover la conciencia cívica de la población grociopradina, por el amor
y respecto a los símbolos patrios;
Que, resaltando
los hechos históricos que remarcan nuestra identidad nacional, a través de la
celebración de actividades y festividades en conmemoración de las próximas
Fiestas Patrias; para ello, es tradicional
y necesario disponer el embanderamiento general, en todas las viviendas,
locales comerciales, instituciones públicas y privadas del distrito de Grocio
Prado, y recomendar la limpieza de fachadas en todos los inmuebles del distrito
de Grocio Prado, como muestra del respeto y civismo hacia la patria;
Estando a los
fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades
conferidas en el numeral 6) del artículo 20°, y artículo 42° de la Ley Orgánica
de Municipalidades, Ley N° 27972; y contando con las visaciones de la Gerencia
Municipal, Subgerencia de Secretaría General y Subgerencia de Asesoría
Jurídica;
SE DECRETA:
ARTÍCULO
PRIMERO. - DISPONER el embanderamiento general, en todas las viviendas, locales
comerciales, instituciones públicas y privadas del distrito de Grocio Prado,
desde el 15 al 31 de julio del año en curso, como acto cívico al conmemorarse
el 202° Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú.
ARTÍCULO
SEGUNDO. - ESTABLECER que las banderas y pabellones nacionales a izar deben
estar en buen estado de conservación como muestra de respeto a los símbolos
patrios.
ARTÍCULO
TERCERO. - RECOMENDAR a los vecinos del distrito a fin de que realicen
mantenimiento de jardines, pintado de las fachadas de las viviendas,
instituciones públicas y privadas, establecimientos comerciales y demás predios
del distrito de Grocio Prado, como muestra de civismo y respeto a la patria.
ARTÍCULO CUARTO.
-ENCARGAR la publicación del presente Decreto de alcaldía, a la Unidad de
Racionalización e Informática, para su efectiva difusión y publicación en el
portal web de la entidad https://munigrocioprado.gob.pe/
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE,
PUBLÍQUESE y CÚMPLASE.
VICTOR HUGO
PACHAS MORAN
ALCALDE
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