jueves, 13 de abril de 2023

Municipalidad Distrital de Grocio Prado ACUERDO DE CONCEJO

 

Municipalidad Distrital de Grocio Prado

ACUERDO DE CONCEJO Nº 011-2023-MDGP

                                           Grocio Prado, 15 de febrero de 2023.

EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE GROCIO PRADO                                            

VISTO:

La Sesión Ordinaria de fecha 15 de febrero del 2023; El Informe N° 002-2023, remitido por la encargada del Programa Municipal EDUCCA, solicitando aprobación del Programa Municipal EDUCCA, mediante ordenanza municipal; El Informe N° 055-2023, remitido por la Sub Gerencia de Seguridad Ciudadana y Medio Ambiente, solicitando la aprobación del Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado; Opinión Legal N° 021-2023-MDGP/SGAJ, el Sub Gerente de  Asesoría Jurídica  opina viable la aprobación del programa municipal de educación y ciudadanía ambiental ,

y;

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo prescrito en el Artículo 194° de nuestra Carta Magna modificado por las Leyes de Reforma Constitucional Nº27680, Nº28607 y Nº30305, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N°27972, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Esta autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico en vigor;

Que, el artículo 8 de la Ley 28611, Ley General del Ambiente, dispone que las políticas y normas ambientales de carácter nacional, sectorial, regional y local se diseñan y aplican de conformidad con lo establecido en la Política Nacional del Ambiente y deben guardar concordancia entre sí;

Que, mediante Decreto Supremo N° 017-2012-ED se aprueba la Política Nacional de Educación Ambiental, para orientar las actividades públicas y privadas sobre promoción de la cultura y la ciudadanía ambiental en el marco del proceso estratégico de desarrollo del país;

Que, la Política Nacional del Ambiente al 2030 aprobada por Decreto Supremo N° 023-2021-MINAM prevé como Objetivo Prioritario N° 9 mejorar el comportamiento ambiental de la ciudadanía, disponiendo en su servicio OP9.S1, que el Ministerio del Ambiente deberá fortalecer las capacidades institucionales a los gobiernos subnacionales, para la incorporación del enfoque ambiental en la educación comunitaria; estableciendo como indicador de cobertura el porcentaje de gobiernos locales que reportan la implementación de su Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental (Programa Municipal EDUCCA);

Que, en los lineamientos: 1. Garantizar la integración del enfoque ambiental en la educación formal y comunitaria, y 2. Mejorar la sostenibilidad de la acción ciudadana en materia ambiental, de la Política Nacional del Ambiente al 2030, permiten alcanzar el Objetivo Prioritario 9. Mejorar el comportamiento ambiental de la ciudadanía;

Que, los artículos 73 y 82 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, otorgan competencias y funciones a los gobiernos locales para promover la educación e investigación ambiental, incentivar la participación ciudadana en todos sus niveles; y promover la cultura de la prevención en la ciudadanía;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 003-2023-MINAM, se aprueba el instructivo para elaborar e implementar el Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental (Programa Municipal EDUCCA);

Que, el numeral 7 del artículo 9° de la precitada Ley concede atribuciones al Concejo Municipal para aprobar el sistema de gestión ambiental local y sus instrumentos, en concordancia con el sistema de gestión ambiental nacional y regional;

Que, la Municipalidad distrital de Grocio Prado, requiere de un instrumento normativo que establezca un marco de acción claro, específico y contextualizado en materia de educación, cultura y ciudadanía ambiental vía lineamientos y actividades que contribuya directamente a los objetivos de desarrollo sostenible local, regional y nacional;

Estando a lo dispuesto en el Art. 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972 y con el voto UNANIME de los Señores Regidores y con la dispensa del Trámite de lectura y aprobación de acta, se aprobó lo siguiente:

ACUERDO:

ARTÍCULO PRIMERO. APROBAR, el Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado.

ARTÍCULO SEGUNDO. -  ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Sub Gerencia de Desarrollo Social y más dependencias competentes el fiel cumplimiento del presente acuerdo, procediendo conforme a sus funciones acorde a Ley.

ARTÍCULO TERCERO. -  ENCARGAR a la Secretaria General, la notificación y trámite respectivo del presente procedimiento.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

VICTOR HUGO PACHAS MORAN

ALCALDE

0 comentarios:

Publicar un comentario

Con la tecnología de Blogger.