Municipalidad Distrital de Grocio Prado
ACUERDO DE CONCEJO Nº 018-2023-MDGP
Grocio Prado, 25 de enero de 2023.
EL
CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE GROCIO PRADO
VISTO:
La
Sesión Ordinaria de Concejo Municipal, de fecha 25 de enero 2023;
CONSIDERANDO:
Que,
conforme a lo prescrito en el Artículo 194° de nuestra Carta Magna modificado
por las Leyes de Reforma Constitucional Nº27680, Nº28607 y Nº30305, en
concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de
Municipalidades - Ley N°27972, los Gobiernos Locales gozan de autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Esta
autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y
de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico en vigor;
Que,
los artículos 39º y 41° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley 27972,
establecen que los concejos municipales ejercen funciones de gobierno mediante
la aprobación de ordenanzas y acuerdos; y que los acuerdos son decisiones que
toma el concejo referidas a asuntos específicos de interés público vecinal o
institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar
un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;
Que,
el numeral 15) del Art. 9 o de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley 27972,
faculta al Concejo Municipal a constituir Comisiones Ordinarias y Especiales
conforme a su reglamento;
Que,
el numeral 5) del Art. 10° de la norma antes acotada, señala que son
atribuciones y obligaciones de los Regidores el de Integrar, concurrir y
participar en las sesiones de las comisiones ordinarias y especiales que
determine el Reglamento Interno de Concejo y en las reuniones de trabajo que
determine o apruebe el Concejo Municipal;
Que,
el Art. 38° y siguientes del Reglamento Interno de Concejo de la Municipalidad
distrital de Grocio Prado, aprobado mediante Ordenanza Municipal N°
004-2019-MDGP, señala que: “El concejo municipal contará con las siguientes
comisiones permanentes: Comisión de desarrollo urbano; comisión de educación,
cultura, deporte y recreación. Las Comisiones se constituyen a propuesta del
alcalde o de los Regidores, propuesta que debe ser aprobada por el Concejo
mediante Acuerdo;
Que,
en Sesión Ordinaria de Concejo Municipal, de fecha 10 de enero de 2023, se
conformaron cinco comisiones ordinarias de regidores de la Municipalidad
distrital de Grocio Prado, conforme al artículo 38° de Reglamento Interno de
Concejo de la Municipalidad distrital de Grocio Prado (...);Los integrantes del
pleno del concejo municipal, manifestaron que
en los las últimas elecciones generales, se eligieron siete regidores
para el periodo 2023-2026, por lo que deberían modificarse diversos artículos
del RIC, siendo el más urgente el
artículo 38°, que solo establece cinco comisiones ordinarias; por lo que
solicitan se adicionen al citado artículo 38°, dos comisiones
ordinarias a las cinco comisiones existentes, a fin de que cada uno de los
regidores presida una comisión ordinaria,
proponiéndose en este acto las siguientes comisiones : F).-COMISIÓN DE
JUVENTUD, DEPORTE Y RECREACIÓN y G).- COMISIÓN DE MODERNIZACIÓN DE GESTIÓN
PÚBLICA. En el debate del pleno de concejo municipal se propuso modificar el
literal c) del artículo 38° del RIC, Comisión de Educación, Cultura, Deporte y
Recreación, por la de “COMISION DE EDUCACION Y CULTURA”, suprimiéndose DEPORTE
Y RECREACIÓN”;
Que,
estando a las consideraciones antes expuestas y en virtud a las facultades
conferidas en el artículo 9° y 41° de la Ley N° 27972- Ley Orgánica de
Municipalidades y con el voto UNANIME del pleno del Concejo y con la dispensa
del trámite de lectura y aprobación de acta, se aprobó lo siguiente:
ACUERDO:
ARTICULO
PRIMERO. - APROBAR, la modificación del artículo 38° literal c) del Reglamento
Interno de Concejo, de COMISIÓN DE EDUCACIÓN, CULTURA, DEPORTE Y RECREACIÓN, por
la de “COMISION DE EDUCACION Y CULTURA”, suprimiéndose DEPORTE Y RECREACIÓN”; quedando
de ésta manera:
C.-
COMISIÓN DE EDUCACIÓN Y CULTURA.
ARTICULO
SEGUNDO. - APROBAR, la modificación del artículo 38° del Reglamento Interno de
Concejo, al que se le adicionaran dos comisiones ordinarias: Comisión de
Juventud, Deporte y Recreación; y Comisión de Modernización de Gestión Pública,
quedando de esta manera:
A. Comisión de Desarrollo Urbano (obras)
espacio físico y uso de suelo;
B. Comisión de comercialización de
productos y servicios-transito, viabilidad, transporte público y comunicación.
C. Comisión de educación y cultura.
D. Comisión de programas sociales, defensa
y promoción de derechos y salud,
E. Comisión de rentas, promoción de
desarrollo económico y local.
F. Comisión de juventud, deporte y
recreación.
G. Comisión de modernización de gestión
pública.
ARTICULO
TERCERO. - APROBAR, la conformación de las Comisiones Ordinarias de Regidores
de la municipalidad distrital de Grocio Prado, para el Ejercicio Fiscal año
2023, las mismas que estarán integradas
de la siguiente manera: 1).- COMISIÓN DE JUVENTUD, DEPORTE Y RECREACIÓN,
Presidente Regidora Leonela Paola Castilla Avalos; Secretario, Regidor Nicolás
Pavel Yataco Fox; 2) COMISIÓN DE MODERNIZACIÓN DE GESTIÓN PÚBLICA, Presidente
Regidor Nicolás Pavel Yataco Fox; Secretario, Regidor Juan Carlos Yataco
Sifuentes.
ARTICULO
CUARTO.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y a todos los Órganos estructurados
de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado, brindar las facilidades que el
caso amerite a cada Comisión en aras del cumplimiento de su labor de
fiscalización entre otros conforme a ley, así como brindar el apoyo técnico a
las Comisiones Ordinarias según su competencia establecida en el Reglamento
Interno de Concejo y conforme a lo estipulado en el Articulo precedente del
presente Acuerdo.
ARTICULO
TERCERO. - NOTIFICAR, el presente Acuerdo a los señores Regidores, Gerencia
Municipal, y demás órganos estructurados de la Municipalidad para su
conocimiento y fines pertinentes.
REGÍSTRESE,
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
VICTOR
HUGO PACHAS MORAN
ALCALDE
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